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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de marzo de 2007 341736 COMISION PARA LA PROMOCION DE EXPORTACIONES Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de publicidad para la promoción a nivel nacional del evento Perú Moda RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 012-2007-PROMPEX/DE Lima, 8 de marzo del 2007 Vistos los Memorandos Nº 048-2007-PROMPEX/ OGAF del 6 de marzo del 2007 de la Ofi cina General de Administración y Finanzas y Nº 088-2007-PROMPEX- GCSP-TEX del 8 de marzo de 2007, emitido por la Gerencia del Sector Textil, Confecciones y Accesorios, así como los Informes Nº 001-2007-PROMPEX/OGAF-LOG del 5 de marzo del 2007, emitido por el Departamento de Logística y Servicios Auxiliares, Nº 002-2007-PROMPEX/OCI del 2 de marzo del 2007, emitido por la O fi cina de Comunicaciones e Imagen y Nº 007-2007-PROMPEX/OAL del 8 de marzo del 2007, emitido por la O fi cina de Asesoría Legal; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 082-2006-PROMPEX/DE del 21 de diciembre de 2006, se aprobó el Plan Operativo Institucional para el año 2007, el cual establece como objetivo general de la Gerencia Textil, Confecciones y Accesorios, el incrementar las exportaciones en dichos rubros en base a la diversi fi cación de mercados; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 002-2007- PROMPEX/OGAF del 17 de enero del 2007, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el año 2007, donde constan las actividades materia del presente Informe, es decir, del proceso de selección para la contratación de servicio de publicidad para la difusión del evento Perú Moda 2007, con el objetivo de promover e incentivar las exportaciones de los sectores textil, confecciones, calzado, cuero, accesorios y otros complementarios; Que, mediante Memorándum Nº 075-2007-PROMPEX/ GCSP-TEX, del 28 de febrero de 2007, la Gerencia de Textil, Confecciones y Accesorios solicita mediante Pedido de servicio Nº 357.06, la contratación del servicio de publicidad a través de medios de difusión impresa del evento Perú Moda 2007 que PROMPEX realiza; Que, el inciso f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que están exonerados de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen para los servicios personalísimos; Que, el artículo 148º del Reglamento de la referida Ley aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM establece que las Entidades efectuarán las adquisiciones o contrataciones exoneradas, en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriéndose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las características y condiciones establecidas en las bases; Que, el tercer párrafo del artículo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, modifi cado mediante Decreto Supremo Nº 063-2006- EF del 18 de mayo de 2006, de fi ne expresamente a los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicación televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicación, en atención a las características particulares que los distinguen, como servicios personalísimos; Que, en los artículos 146º y 148º del Reglamento de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, se establecen los procedimientos a que deben someterse tales contrataciones; Que, los Informes Técnicos Nº 001-2007-PROMPEX- OGAF/LOG, de fecha 5 de marzo del 2007, emitido por el Departamento de Logística y Servicios Auxiliares y Nº 002-2007/PROMPEX-OCI, del 2 de marzo de 2007, emitido por la Ofi cina de Comunicación e Imagen, señalan la necesidad de la contratación del servicio de publicidad en medios de comunicación escrita, a fi n de realizar una adecuada promoción a nivel nacional del evento de Perú Moda que PROMPEX realiza, a fi n de posicionar este importante evento a nivel internacional; Que, el medio de comunicación seleccionado y propuesto a través los informes técnicos antes señalados, es la empresa Editora El Comercio, tomando en cuenta su prestigio, tiraje y nivel de lectoría, así como la cobertura en los diversos sectores comprometidos con el desarrollo del país; Que, el valor referencial para la contratación del diario El Comercio asciende a Treinta mil setecientos sesenta y uno con 38/100 nuevos soles (S/. 30,761.38), incluido el Impuesto General a las Ventas, cuya fuente de fi nanciamiento es por Tesoro Público; Que, el Informe Legal Nº 007-2007-PROMPEX/OAL del 8 de marzo de 2007, indica que resulta procedente la emisión de una Resolución de Dirección Ejecutiva por medio de la cual se declare exonerada del proceso de selección correspondiente, toda vez que se ha sustentado la causal de exoneración del proceso de adquisición prevista en el literal f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y que fuera precisado en el artículo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Que, lo expuesto en dichos informes justi fi ca técnica y legalmente la exoneración señalada de conformidad con lo establecido en el artículo 146º del mencionado Reglamento; Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-2003- MINCETUR, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión para la Promoción de Exportaciones - PROMPEX, cuyo artículo 16º establece que el Director Ejecutivo es la máxima autoridad ejecutiva de la entidad, titular de la entidad y del pliego presupuestario; Que, mediante Resolución Suprema Nº 029-2006- MINCETUR, se designó al señor José Gerardo Néstor Ezeta Carpio, como Director Ejecutivo de PROMPEX; Que, el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dispone que las exoneraciones previstas en el artículo 19º de la norma en mención se aprobarán mediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 145º, 146º, 147º y 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, los artículos 19º y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y el artículo 16º y el numeral 15) del artículo 17º del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPEX, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2003-MINCETUR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar del proceso de selección correspondiente (Adjudicación Directa Selectiva), la contratación del servicio de publicidad, con el diario El Comercio, por un valor referencial de Treinta mil setecientos sesenta y uno con 38/100 nuevos soles (S/. 30,761.38), cuya fuente de fi nanciamiento será