Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 2007 (26/03/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 24

342218

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 26 de marzo de 2007

sustenta la aprobacion y modificacion del Reglamento de Organizacion y Funciones, el Cuadro de Asignacion de Personal y el Presupuesto Analitico de Personal, acorde a la nueva Estructura Organica de la Municipalidad; Que, en el referido informe se senala que el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) es el documento normativo de gestion Municipal que permitira cumplir con los lineamientos de politica institucional trazados por la actual gestion; Que, el Cuadro de Asignacion de Personal (CAP) es el instrumento de prevision, organizacion y de regulacion para la prevision de plazas contenidas en el Presupuesto Analitico de Personal (PAP); Que, el Presupuesto Analitico de Personal (PAP), es un documento de gestion que sustenta los egresos para los servicios especificos del personal permanente asi como tambien del personal contratado para labores de naturaleza permanente y labores especificas, en funcion a la disponibilidad presupuestal y al cumplimiento de las metas propuestas en el Plan Operativo Institucional; Que, para la elaboracion de los documentos de gestion se ha aplicado la normatividad pertinente, incluyendo el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM mediante el cual se aprueban los lineamiento para la elaboracion y aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones- ROF, que se aplicaran a las entidades de la Administracion Publica, en concordancia con la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado; Que, siendo los documentos de gestion, una normatividad que debera ser materia de evaluacion en el MORDAZA de implementacion, podra ser objeto de modificacion previo pronunciamiento del Concejo Municipal, de conformidad con lo dispuesto por el Numeral 8) del Art. 20 de la Ley Organica de Municipalidades; En uso de las facultades conferidas en los Numerales 3) y 6) del Articulo 20° de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, ha emitido el presente; DECRETO: Articulo Primero.- APROBAR con eficacia anticipada al 1° de febrero del presente ano, el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Municipalidad de Miraflores, que consta de 72° (setenta y dos) Articulos, el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) y el Presupuesto Analitico de Personal (PAP) los mismos que en anexo forman parte del presente Decreto. Articulo Segundo.- ENCARGAR al Gerente Municipal el cumplimiento de lo dispuesto por el presente Decreto. Articulo Tercero.- DISPONER la publicacion del anexo del presente Decreto en la pagina Web de la Municipalidad www.miraflores.gob.pe ores.gob.pe. Articulo Cuarto.- DEJAR SIN EFECTO toda disposicion que se oponga a lo dispuesto en el presente Decreto. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA OYANGUREN MORDAZA 41260-1

para todos, estableciendo en su articulo 63º que la gestion del sistema educativo nacional es descentralizada, simplificada, participativa y flexible. Que la misma Ley establece en su Art. 82° que "En materia educativa, el Ministerio de Educacion, la Direccion Regional de Educacion y las Unidades de Gestion Educativa Local, coordinan sus acciones con las Municipalidades de acuerdo a lo establecido en su Ley Organica y en la presente ley. En este MORDAZA las municipalidades apoyan la prestacion de servicios de las instituciones Educativas y contribuyen al desarrollo educativo en el ambito de su jurisdiccion. Que, la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, establece en su Art. 82°, como atribucion de las municipalidades, entre otras asumir competencias y funciones en materia de educacion, en forma compartida con el Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales; promover el desarrollo humano sostenible en el nivel local, propiciando el desarrollo de comunidades educadoras y contribuyendo a la politica educativa regional y nacional con un enfoque y accion intersectorial; Que, mediante Decreto Supremo Nº 078-2006PCM, la Presidencia de Consejo de Ministros autoriza al Ministerio de Educacion a llevar a cabo, a partir del primero de enero del 2007 y con la participacion de las Municipalidades, un Plan Piloto de Municipalizacion de la Gestion Educativa de niveles educativos de inicial y primaria; senalando ademas que en el Plan Piloto tambien participaran los Gobiernos Regionales y las instancias de gestion educativa descentralizadas; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0031-2007ED, el Ministerio de Educacion resuelve, aprobar el "Plan de Municipalizacion de la Gestion Educativa y Lineamientos del Plan Piloto 2007", de los niveles educativos de Inicial y Primaria. Que, las circunscripciones sujetas al Plan Piloto de Municipalizacion de la Gestion Educativa a nivel de MORDAZA Metropolitana son los distritos de: Miraflores, MORDAZA de MORDAZA, La MORDAZA, Surquillo y Los Olivos. Que, conforme lo dispone la Resolucion Ministerial Nº 0031-2007-ED, en el Item I, del Plan de Municipalizacion de la Gestion Educativa, numeral 10, preve: "En cada municipalidad se conformara un Consejo Educativo Municipal (CEM), organo directivo de la Gestion Educativa en el ambito local"; precisando en el MORDAZA parrafo que el Consejo Educativo Municipal (CEM), es presidido por el MORDAZA de cada municipalidad distrital e integrado por un representante de los Consejos Educativos Institucionales (CONEI) de las instituciones educativas de la jurisdiccion municipal;. Que, ante esta situacion, la Municipalidad de Miraflores, considera necesario constituir el Consejo Educativo Municipal (CEM) en cumplimiento de los precitados dispositivos legales. Estando a lo expuesto, y de conformidad con las atribuciones conferidas por el Articulo 20º Numeral 6) de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; DECRETA : Articulo Primero.- Constituir el CONSEJO EDUCATIVO MUNICIPAL (CEM), representado y presidido por el MORDAZA Distrital de Miraflores e integrado de la siguiente manera: Sr. MORDAZA Distrital de Miraflores Sr. Director de la I.E.P.Nº 6003 "Rebeca MORDAZA Sr. Director de la I.E.P.Nº 7001 "Andres MORDAZA Sr. Director de la I.E.P .Nº 7003 "Manuel MORDAZA MORDAZA Sr. Director de la I.E.I Nº 06 Sr. Director de la I.E.Nº 15 "Virgen de Lourdes" Sr. Director de la I.E.I "Municipal MORDAZA Cruz" : Presidente : Miembro : Miembro : Miembro : Miembro : Miembro : Miembro

Constituyen Municipal

el

Consejo

Educativo

DECRETO DE ALCALDIA Nº 005-2007-MM Miraflores, 19 de marzo de 2007 EL MORDAZA DE MIRAFLORES CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado Peruano en sus Articulos 13º y 16º establece que la educacion tiene como finalidad el desarrollo integral de la persona humana, senalando que tanto el sistema como el regimen educativo son descentralizados y que el Estado coordina la politica educativa, formula los lineamientos generales de los planes de estudios, y supervisa su cumplimiento y la calidad de la educacion; Que, la Ley Nº 28044 - Ley General de Educacion, prescribe que la educacion es un derecho fundamental de la persona y de la sociedad, que el Estado garantiza el ejercicio del derecho a una educacion integral y de calidad

Articulo Segundo.- Encargar al Gerente de Educacion, Deporte y Recreacion de la Municipalidad de Miraflores como Secretario Tecnico y encargar a dicho funcionario la conformacion de la Secretaria Tecnica del Consejo Educativo Municipal. POR TANTO Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA OYANGUREN MORDAZA 41260-2

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.