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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 26 de marzo de 2007 342205 especialidad de la ciudad de Arequipa, del mismo Distrito Judicial; Que, el Consejo Nacional de la Magistratura, mediante Ofi cio Nº 544-2007-P-CNM, de fecha 27 de febrero de 2007, solicitó al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República y del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, tenga a bien informar la plaza exacta a que ha sido trasladado el mencionado magistrado, a fi n de expedirle el título correspondiente; Que, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante O fi cio Nº 1010-2007-CE-PJ, recibido con fecha 16 de marzo de 2007, informó que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, mediante Resolución Administrativa de Presidencia Nº 70-2007-R-PRES/CSA, designó al señor magistrado Jorge Luis Pinto Flores, como Juez Titular del Tercer Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Mariano Melgar; Que, de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, 37º incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 –Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura-, y 4º del Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolución Nº 238-2006-CNM; SE RESUELVE:Primero.- Cancelar el título otorgado a favor del doctor JORGE LUIS PINTO FLORES, como Juez del Juzgado Mixto de Caravelí, Distrito Judicial de Arequipa. Segundo.- Expedir el título a favor del doctor JORGE LUIS PINTO FLORES, como Juez del Tercer Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Mariano Melgar, Distrito Judicial de Arequipa. Tercero.- Remitir copia de la presente resolución al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República y del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese.MAXIMILIANO CÁRDENAS DÍAZ Presidente 41282-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Autorizan a procurador interponer acciones legales a presuntos responsables de la comisión de delito contra la fe pública RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 248-2007-JEF/RENIEC Lima, 19 de marzo de 2007 VISTOS: El O fi cio Nº 696-2007/GPDR/RENIEC, emitido por la Gerencia de Procesamiento y Depuración Registral y el Informe Nº 394-2007-GAJ/RENIEC de fecha 15 de marzo del 2007, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, con el Sistema Automatizado de Identi fi cación Dactilar- AFIS (Automatic Fingerprint Identi fi cation System), se puede detectar la identidad de una persona comparando la impresión dactilar con la base de datos del registro; a efectos de detectar de esta manera, suplantaciones, identidades múltiples y otros casos; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 1231- 2006-JEF/RENIEC, de fecha 6 de diciembre del año 2006, se autorizó a la Subgerencia de Depuración de Identi fi cación, para que proceda a la inmediata cancelación de las inscripciones detectadas como dobles o múltiples; así como, las suplantaciones, en mérito a los Informes Sumarios del Departamento de Dactiloscopía y Grafotecnia de la Entidad; habiéndose detectado dentro de este nuevo proceso los siguientes casos: 1.- Informe de Homologación Monodactilar Nº 210/ AFIS/2007/DDG/GPDR/RENIEC.- Establece que la ciudadana PACIENCIA FELIPA BUSTINCIO PARI, titular de la Inscripción Nº 00430714, obtuvo de manera indebida la Inscripción Nº 42633371 bajo el nombre de INOCENCIA ROMERO HUAYNA, hecho que se encuentra veri fi cado mediante el Examen Pericial Sumario AFIS Nº 314-MIG, determinándose que se trata de una misma persona biológica con dos inscripciones. Disponiéndose mediante Resolución AFIS Nº 05-2007/SGEDI/GEDR/RENIEC, la exclusión de fi nitiva en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales, de la Inscripción Nº 42633371, por duplicidad; 2.- Informe de Homologación Monodactilar Nº 193/ AFIS/2007/DDG/GPDR/RENIEC.- Establece que el ciudadano LAZARO LEON GAMBOA, titular de la Inscripción Nº 18034944, obtuvo de manera indebida la Inscripción Nº 43055457 bajo el nombre de JUAN DARIO TANAMACHI VILLAR, hecho que se encuentra veri fi cado mediante el Examen Pericial Sumario AFIS Nº 311-MIG, determinándose que se trata de una misma persona biológica con dos inscripciones. Disponiéndose mediante Resolución AFIS Nº 05-2007/SGEDI/GEDR/RENIEC, la exclusión de fi nitiva en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales, de la Inscripción Nº 43055457, por duplicidad; 3.- Informe de Homologación Monodactilar Nº 194/ AFIS/2007/DDG/GPDR/RENIEC.- Establece que el ciudadano EMILIO SANTOS JULCA SANCHEZ, titular de la Inscripción Nº 18078939, obtuvo de manera indebida la Inscripción Nº 42999048 bajo el nombre de ALDRIN STEVEN JAVIEL LOPEZ, hecho que se encuentra verifi cado mediante el Examen Pericial Sumario AFIS Nº 321-MIG, determinándose que se trata de una misma persona biológica con dos inscripciones. Disponiéndose mediante Resolución AFIS Nº 05-2007/SGEDI/GEDR/RENIEC, la exclusión de fi nitiva en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales, de la Inscripción Nº 42999048, por duplicidad; 4.- Informe de Homologación Monodactilar Nº 198- AFIS/2007/DDG/GPDR/RENIEC.- Establece que la ciudadana SOCIMA FIDELINA SÁNCHEZ SUSANIBAR, titular de la Inscripción Nº 10720783, obtuvo de manera indebida la Inscripción Nº 43288741 bajo el nombre de CAROLINA MERCEDES VELARDE MORAN, hecho que se encuentra veri fi cado mediante el Examen Pericial Sumario AFIS Nº 319-MIG, determinándose que se trata de una misma persona biológica con dos inscripciones. Disponiéndose mediante Resolución AFIS Nº 05-2007/SGEDI/GEDR/RENIEC, la exclusión de fi nitiva en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales, de la Inscripción Nº 43288741, por duplicidad; 5.- Informe de Homologación Monodactilar Nº 189/ AFIS/2007/DDG/GPDR/RENIEC.- Establece que la ciudadana LETICIA PIRCA OLANO, titular de la Inscripción Nº 20967120, obtuvo de manera indebida la Inscripción Nº 43249515 bajo el nombre de ANA MARIA RAYMUNDO MATTA DE COLLANTES, hecho que se encuentra verifi cado mediante el Examen Pericial Sumario AFIS Nº 250-MIG, determinándose que se trata de una misma persona biológica con dos inscripciones. Disponiéndose mediante Resolución AFIS Nº 07-2007/SGEDI/GEDR/ RENIEC, la exclusión de fi nitiva en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales, de la Inscripción Nº 43249515, por duplicidad; 6.- Informe de Homologación Monodactilar Nº 081- AFIS/2007/DDG/GEDR/RENIEC.- Establece que la ciudadana YHOSIE DE LA FLOR MORENO MEDINA, titular de la Inscripción Nº 42566353, obtuvo de manera indebida la Inscripción Nº 43616555 bajo el nombre de JHOSIE OYAMA MEDINA, hecho que se encuentra verifi cado mediante el Examen Pericial Sumario AFIS Nº 253-MIG, determinándose que se trata de una misma