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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 26 de marzo de 2007 342217 u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situación faculta a la Entidad a la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda; Que, la aprobación de la exoneración en virtud de la causal de situación de desabastecimiento inminente, no constituye dispensa, exención o liberación de las responsabilidades de los funcionarios o servidores de la entidad cuya conducta hubiese originado la presencia o confi guración de dicha causal. Constituye agravante de responsabilidad si la situación fue generada por dolo o culpa inexcusable del funcionario o servidor de la entidad. En cualquier caso la autoridad competente para autorizar la exoneración deberá ordenar, en el acto aprobatorio de la misma, el inicio de las acciones que correspondan, de acuerdo al artículo 47° de la Ley; Que, la Gerencia de Servicios a la Ciudad, mediante documento de vistos, emite su Informe Técnico señala que el desabastecimiento inminente es como resultado de que se vienen produciendo constantes paralizaciones de lafl ota vehicular, por el mal estado en que se encuentra, lo que termina afectando los procesos de manejo de residuos sólidos. Asimismo, se señala que la fl ota vehicular no cuenta con autorización de circulación que otorga la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, en el mismo informe, la Gerencia de Servicios a la Ciudad señala que la planta de transferencia de Mira fl ores no cuenta con Autorización de Funcionamiento, y que la infraestructura de esta planta está muy deteriorada, estando la zona de descarga a punto de colapsar; Que, en el mencionado informe se concluye, que los camiones compactadores y camiones madrina, por los años de antigüedad y el desgaste generado por el trabajo diario, se encuentran a punto de colapsar, generando un peligro para el desarrollo normal del servicio de recolección de residuos sólidos de ámbito municipal, recomendando el reemplazo de tales vehículos, apreciándose una situación de desabastecimiento inminente en el servicio de recolección y transporte de residuos sólidos por la situación de riesgo generado por el estado actual de la fl ota de camiones compactadores y madrinas, así como de la planta de transferencia, estimando en 06 meses el plazo de contratación del servicio para el reemplazo de siete camiones compactadores y dos camiones madrinas, así como de la recolección y planta de transferencia de residuos sólidos; estableciendo como monto referencial un total de S/. 1’835,337,00 (UN MILLÓN OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que la O fi cina de Asesoría Jurídica, mediante Informe N° 67-2007-MM-OAJ, de fecha 7 de marzo de 2007 opina que dadas las características del servicio público de limpieza que los Gobiernos Locales brindan de acuerdo a Ley, es importante que éste sea brindado de manera continua y en forma regular; Que, el órgano de asesoría municipal señala también que la inminencia de un hecho (desabastecimiento) está dado en función a su proximidad a realizarse, es decir, que está próximo a suceder y re fi ere casi siempre un riesgo, por lo que no se puede hablar de inminencia cuando un hecho o suceso ya se produjo y se están evaluando sus consecuencias, lo cual consideramos correcto si tenemos en cuenta que el peligro de desabastecimiento es inminente toda vez que los vehículos con los cuales se presta el servicio público están inoperativos de manera defi nitiva o próximos a estarlos, por lo que opina que resulta atendible el pedido de exoneración solicitado, al encontrarse éste previsto en el TUO del D.S. Nº 083- 2004-PCM y su Reglamento, centrándonos a opinar por la procedencia legal de dicha exoneración; Que, la Gerencia de Plani fi cación, con Memorándum Nº 081-2007-GP/MM, de fecha 7 de marzo de 2007, mani fi esta que, el importe solicitado no fue considerado en el Presupuesto Institucional de Apertura del presente año fi scal; sin embargo, el importe requerido por la Gerencia de Servicios a la Ciudad, será fi nanciado con la reducción en los conceptos de: combustible, lubricantes, repuestos, personal contratado, y servicios de terceros, gastos presupuestados para el ejercicio 2007; según montos que detalla; En uso de las facultades conferidas por el artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo por mayoría y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, adoptó el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- DECLARAR en Situación de Desabastecimiento Inminente el Servicio de Recolección, Transporte y Planta de Transferencia de Residuos Sólidos, que viene prestando la Municipalidad de Mira fl ores, por el lapso de seis (06) meses, en tanto se concreta el proceso de privatización del servicio de Recolección, Transporte y Planta de Transferencia de Residuos Sólidos. Artículo Segundo.- EXONÉRESE del proceso de selección correspondiente la contratación en la modalidad de arrendamiento de cinco (05) camiones compactadores de 20 m3, dos (02) camiones compactadores de 12 m 3 y dos (02) camiones madrina, así como la recolección, y planta de transferencia de aproximadamente 110 toneladas de residuos sólidos (promedio diario), de acuerdo a las normas previstas en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Tercero.- ESTABLECER como valor referencial la suma de S/. 1’835,337.00 (UN MILLON OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE Y 00/100 DE NUEVOS SOLES). Artículo Cuarto.- PRECISAR que el pago de los servicios materia de contratación indicada, será fi nanciado con cargo a las partidas 5.3.11.52 y 5.3.11.39, del presupuesto municipal 2007. Artículo Quinto.- DISPONER que Secretaría General remita copia certi fi cada del acuerdo y de los informes técnico-legales de exoneración a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación, así como su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Sexto.- ENCARGAR al Gerente Municipal el cumplimiento del presente Acuerdo y dar inicio a las medidas conducentes al establecimiento de las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales de los funcionarios o servidores públicos que resulten responsables por la inacción o demora en adoptar las acciones pertinentes con elfi n de asegurar la provisión y continuidad del servicio de Recolección y Transporte de Residuos Sólidos. Artículo Sétimo.- ENCARGAR a la Gerencia de Logística la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el SEACE, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 147° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MANUEL MASÍAS OYANGUREN Alcalde 41260-3 Aprueban Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de Miraflores DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2007-MM Mira fl ores, 26 de febrero de 2007 EL ALCALDE DE MIRAFLORESCONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y que dicha autonomía consagrada en la Constitución Política del Perú radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ordenanza N° 249-MM, se aprobó la nueva Estructura Orgánica de la Municipalidad de Mira fl ores, delegando en el señor Alcalde la facultad de aprobar el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Cuadro de Asignación de Personal (CAP), Presupuesto Analítico de Personal (PAP) y Manual de Organización y Funciones (MOF); Que, mediante Informe N° 010-2007-MM/GP, de fecha 26 de febrero de 2007, la Gerencia de Plani fi cación