Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 2007 (26/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, lunes 26 de marzo de 2007

2003-PRODUCE y publicado por Resolucion Ministerial Nº 341-2005-PRODUCE; En uso de las facultades establecidas en el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.Aprobar a favor de la empresa INDUSTRIAL PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A., el cambio de titular del permiso de pesca otorgado a la empresa PESQUERA HERMANOS MORDAZA S.R.Ltda. por la Resolucion Directoral Nº 262-2001-PE/DNEPP, en tanto mantenga vigente el Contrato de Arrendamiento Financiero suscrito, para operar la embarcacion pesquera MORDAZA II, con matricula N° PT-3977CM, de 102.78 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion del recurso merluza con destino el consumo humano directo, utilizando red de arrastre de fondo con longitud minima de malla de 110 mm. en el copo, y MORDAZA con hielo como sistema de preservacion a bordo, en el ambito maritimo peruano, fuera de las cinco (5) millas costeras. Articulo 2º.Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a traves de la Resolucion Directoral Nº 262-2001-PE/DNEPP a la empresa PESQUERA HERMANOS MORDAZA S.R.Ltda., para operar la embarcacion pesquera MORDAZA II, con matricula N° PT-3977-CM. Articulo 3º.- Incorporar a la empresa INDUSTRIAL PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A., como titular del permiso de pesca otorgado para operar a la embarcacion pesquera MORDAZA II, con matricula N° PT-3977-CM, y la presente Resolucion, en el literal F) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE. Articulo 4º.- Excluir a la empresa PESQUERA HERMANOS MORDAZA S.R.Ltda., como titular del permiso de pesca otorgado para operar a la embarcacion pesquera MORDAZA II, con matricula PT-3977-CM. Articulo 5º.- La vigencia del permiso de pesca otorgado por la presente resolucion esta supeditada a la operatividad de la embarcacion pesquera, a la realizacion de actividad extractiva en el ejercicio previo, a la instalacion del Sistema de Seguimiento Satelital SISESAT a bordo de la referida embarcacion, al pago por concepto de derechos de pesca que acredite el armador o empresa con la respectiva MORDAZA y al cumplimiento de la normatividad en materia de ordenamiento juridico pesquero, de sanidad y de medio ambiente. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 41278-5

Otorgan licencia de operacion a Servicios Generales Integrales EIRL para desarrollar actividades de procesamiento de productos hidrobiologicos
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 113-2007-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 26 de febrero de 2007 Visto el expediente con escrito de Registro Nº 00069229, del 25 de octubre del 2006 y adjuntos 3 y 4 del 5 y 9 de febrero del 2007 respectivamente, presentado por la empresa SERVICIOS GENERALES INTEGRALES EIRL.

Que el inciso d) del Articulo 43º, Articulo 45º y Articulo 46º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establecen que para la operacion de plantas de procesamiento de productos pesqueros las personas naturales o juridicas requeriran de licencia, la que sera otorgada a nivel nacional por el Ministerio de Pesqueria, hoy Ministerio de la Produccion; Que el Articulo 49º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que las personas naturales o juridicas que se dediquen al procesamiento de recursos hidrobiologicos para consumo humano directo, indirecto o al uso de industrial no alimenticio, requeriran de licencia para la operacion de cada planta de procesamiento; Que por Resolucion Directoral Nº 207-2005-PRODUCE/ DNEPP, del 19 de MORDAZA del 2005, se otorgo a la empresa SERVICIOS GENERALES INTEGRALES EIRL., autorizacion para la instalacion de un establecimiento industrial pesquero para desarrollar la actividad de procesamiento de productos hidrobiologicos, a traves de una planta de congelado, a ubicarse en el Km. 9.5 de la carretera MORDAZA - Catacaos, distrito de Catacaos, provincia y departamento de MORDAZA, con la capacidad proyectada de 30 t/dia; Que mediante el escrito del visto de fecha 25 de octubre del 2006, la Administrada solicita se le otorgue licencia de operacion a fin de proceder con el inicio de sus operaciones de procesamiento de recursos hidrobiologicos a traves de su planta de congelado, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en el Km. 9.5 de la carretera MORDAZA - Catacaos, distrito de Catacaos, provincia y departamento de Piura; por lo que en consideracion a los hechos expuestos por la recurrente en sus recursos adjuntos 3 y 4 materia del visto, y a lo Informado por el Area Legal Pesquera de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero a traves del Informe Nº 1532007-PRODUCE/ALPA se declaro fundada las causales de fuerza mayor y caso fortuito. Que la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria mediante MORDAZA de Verificacion Nº 0142006-PRODUCE/DIGAAP, de fecha 16 de octubre del 2006, senala que la empresa SERVICIOS GENERALES INTEGRALES EIRL. ha cumplido con implementar las medidas de mitigacion presentadas en su Estudio de Impacto Ambiental para su planta de congelado de productos hidrobiologicos, asimismo indica que la mencionada empresa durante el desarrollo de su actividad esta obligada a cumplir con los compromisos de EIA y la normatividad vigente; Que el Instituto Tecnologico Pesquero del Peru ­ ITP mediante Protocolo Sanitario Nº PSL - 008-06-CG-SANIPES, de fecha 9 de junio del 2006, declara que la citada planta se adecua a los requerimientos de diseno, construccion y equipamiento, segun lo establecido en la MORDAZA Sanitaria para las Actividades Pesqueras y Acuicolas, aprobada por Decreto Supremo Nº 040-2001-PE; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante su Informe Nº 027-2007PRODUCE/DGEPP-Dch, que sustenta la procedencia tecnica de lo solicitado y senala que la recurrente ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 28, del Texto Unico de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 0352003-PRODUCE respectiva; y con la opinion favorable del Area Legal respectiva. De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, Ley Nº 27789 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion y el Procedimiento Nº 28 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas en el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar fundadas las causales de fuerza mayor y caso fortuito interpuestas por la empresa SERVICIOS GENERALES INTEGRALES EIRL y en consecuencia Otorgar a dicha empresa, licencia de operacion para que desarrolle

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