Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 2007 (26/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

El Peruano MORDAZA, lunes 26 de marzo de 2007

persona biologica con dos inscripciones. Disponiendose mediante Resolucion AFIS Nº 07-2007/SGEDI/GEDR/ RENIEC, la exclusion definitiva en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, de la Inscripcion Nº 43616555, por duplicidad; 7.- Informe de Homologacion Monodactilar Nº 074AFIS/2007/DDG/GEDR/RENIEC.Establece que la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, titular de la Inscripcion Nº 43348770, obtuvo de manera indebida la Inscripcion Nº 43464871 bajo el nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, hecho que se encuentra verificado mediante el Examen Pericial Sumario AFIS Nº 247-MIG, determinandose que se trata de una misma persona biologica con dos inscripciones. Disponiendose mediante Resolucion AFIS Nº 07-2007/SGEDI/GEDR/RENIEC, la exclusion definitiva en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, de la Inscripcion Nº 43464871, por duplicidad; 8.- Informe de Homologacion Monodactilar Nº 125AFIS/2007/DDG/GPDR/RENIEC.Establece que la ciudadana MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA, titular de la Inscripcion Nº 08083533, obtuvo de manera indebida la Inscripcion Nº 15282237 bajo el nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, hecho que se encuentra verificado mediante el Examen Pericial Sumario AFIS Nº 263-MIG, determinandose que se trata de una misma persona biologica con dos inscripciones. Disponiendose mediante Resolucion AFIS Nº 07-2007/SGEDI/GEDR/ RENIEC, la exclusion definitiva en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, de la Inscripcion Nº 15282237, por duplicidad; 9.- Informe de Homologacion Monodactilar Nº 076AFIS/2007/DDG/GEDR/RENIEC.Establece que el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, titular de la Inscripcion Nº 42752496, obtuvo de manera indebida la Inscripcion Nº 43216322 bajo el nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, hecho que se encuentra verificado mediante el Examen Pericial Sumario AFIS Nº 240-MIG, determinandose que se trata de una misma persona biologica con dos inscripciones. Disponiendose mediante Resolucion AFIS Nº 07-2007/SGEDI/GEDR/ RENIEC, la exclusion definitiva en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, de la Inscripcion Nº 43216322, por duplicidad; 10.- Informe de Homologacion Monodactilar Nº 093AFIS/2007/DDG/GPDR/RENIEC.Establece que el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, titular de la Inscripcion Nº 15707533, obtuvo de manera indebida la Inscripcion Nº 43624391 bajo el nombre de MORDAZA MORDAZA ICHIJI HUAPALLA, hecho que se encuentra verificado mediante el Examen Pericial Sumario AFIS Nº 264-MIG, determinandose que se trata de una misma persona biologica con dos inscripciones. Disponiendose mediante Resolucion AFIS Nº 07-2007/SGEDI/GEDR/ RENIEC, la exclusion definitiva en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, de la Inscripcion Nº 43624391, por duplicidad; Que, si bien se ha dispuesto la exclusion definitiva del Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, de las inscripciones afectadas por duplicidad de inscripcion; ante el comportamiento evidenciado por los ciudadanos mencionados, al haber obtenido una MORDAZA inscripcion declarando datos falsos en el registro, se concluye validamente la presunta comision del delito contra la Fe Publica, en la modalidad de falsedad ideologica, previsto y sancionado en el articulo 428º del Codigo Penal vigente, por cuanto ninguna persona puede tener dos inscripciones distintas; Que, en atencion a los fundamentos que anteceden y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; y. De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497;

Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado, interponga las acciones legales que correspondan por la presunta comision del delito contra la Fe Publica, en la modalidad de falsedad ideologica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra: 01.- MORDAZA MORDAZA BUSTINCIO MORDAZA o MORDAZA MORDAZA HUAYNA. 02.- MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA TANAMACHI VILLAR. 03.- MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o ALDRIN MORDAZA JAVIEL LOPEZ. 04.- SOCIMA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORAN. 05.- MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE COLLANTES. 06.- YHOSIE DE LA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o JHOSIE OYAMA MEDINA. 07.- MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA PENA. 08.- MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA CAYETANO. 09.- MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA VASQUEZ. 10.- MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA ICHIJI HUAPALLA. Articulo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 41237-4

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA
Retiran la condicion de Monumento a inmueble ubicado en el distrito de Barranco, provincia y departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL N° 319/INC MORDAZA, 8 de marzo de 2007 Vistos los expedientes N°s 04793/2004, 07621/2004, 13579/2004, 15796/2005, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe N° 319-2006-INC/OAJ la Oficina de Asuntos Juridicos del Instituto Nacional de Cultura se pronuncia en relacion a la solicitud de retiro de condicion de Monumento del inmueble ubicado en Jr. Union N° 108, distrito de Barranco, provincia y departamento de MORDAZA, propiedad de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Arredondo Penafiel de Teves; Que, se trata de un inmueble declarado Monumento mediante Resolucion Jefatural N° 191-89-INC/J de fecha 26 de MORDAZA de 1989 y conformante de la MORDAZA Monumental de Barranco declarada mediante Resolucion Suprema N° 2900-72-ED de fecha 28 de diciembre de 1972, siendo modificada mediante Resolucion Ministerial N° 0928-80ED de fecha 23 de MORDAZA de 1980 y ampliada mediante

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