Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2007 (30/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 30 de marzo de 2007

Articulo 8°.- La Licencia de Operacion sera expedida por la Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones, conforme lo dispuesto en el ultimo parrafo del articulo 2º de la presente Resolucion y previa aprobacion del Estudio Teorico de Radiaciones No Ionizantes. Articulo 9°.- La autorizacion a que se contrae el articulo 1º de la presente Resolucion podra renovarse por igual periodo. La renovacion debera solicitarse hasta el dia del vencimiento del plazo de vigencia indicado en el MORDAZA mencionado articulo 1º y se sujeta al cumplimiento de las condiciones previstas en el articulo 69º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 10°.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, el titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion y canon anual, caso contrario la autorizacion quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente. Articulo 11°.- La autorizacion a la que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ALJOVIN GAZZANI Viceministra de Comunicaciones 43170-1

Otorgan autorizacion a la empresa Diario Regional E.I.R.L. para prestar servicio de radiodifusion por television comercial en UHF
RESOLUCION VICEMINISTERIAL N° 085-2007-MTC/03 MORDAZA, 23 de marzo de 2007 VISTO, el Expediente Nº 2004-014561 presentado por la empresa DIARIO REGIONAL E.I.R.L., sobre otorgamiento de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion por television comercial en UHF, en el distrito de Calleria, provincia de MORDAZA Portillo, departamento de Ucayali; CONSIDERANDO: Que, el articulo 14° de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion, en cualquiera de las modalidades, se requiere de autorizacion, la cual se otorga por Resolucion del Viceministro de Comunicaciones, segun lo previsto en el articulo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0052005-MTC; Que, asimismo el articulo 14º de la Ley de Radio y Television establece que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de radiodifusion. Ademas, senala que la instalacion de equipos en una estacion de radiodifusion requiere de permiso, el cual es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusion; Que, el articulo 26º de la Ley de Radio y Television establece que otorgada la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion improrrogable de doce (12) meses; Que, el articulo 183º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones senala que para obtener autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dicha MORDAZA se detallan, asimismo debe acompanarse la documentacion tendiente a verificar el cumplimiento del articulo 25º del

Reglamento de la Ley de Radio y Television; normas aplicables en virtud del mandato contenido en la Primera Disposicion Final y Transitoria del acotado Reglamento; Que, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 210-2004-MTC/03, incluye dentro de la localidad denominada Pucallpa al distrito de Calleria, provincia de MORDAZA Portillo, departamento de Ucayali; Que, mediante Informe Nº 867-2006-MTC/17.01. ssr, MORDAZA con Informe Nº 0293-2007-MTC/17.01. ssr, la Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones, senala que la solicitud presentada por la empresa DIARIO REGIONAL E.I.R.L. cumple con los requisitos tecnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida empresa la autorizacion y permiso solicitados; senalandose ademas que debe establecerse como obligacion, a cargo de la referida administrada, la MORDAZA del proyecto de comunicacion dentro del periodo de instalacion y prueba, documento que es requerido por la administracion a efectos de evaluarse el cumplimiento de las obligaciones legales derivadas del otorgamiento de la autorizacion; De conformidad con el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278, la Primera Disposicion Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobada por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias, aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 210-2004-MTC/03, la Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 que aprueba las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion y el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones, modificada por el Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC; y, Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion a la DIARIO REGIONAL E.I.R.L., por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion por television comercial en UHF, en la localidad de Pucallpa, departamento de Ucayali; de acuerdo a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas que se detallan a continuacion:
Condiciones Esenciales: Modalidad MORDAZA : : : Finalidad Caracteristicas Tecnicas: Indicativo Emision : : : RADIODIFUSION POR TELEVISION EN UHF 51 BANDA: V EN VIDEO: 693.25 MHz EN AUDIO: 697.75 MHz COMERCIAL OAV-8B EN VIDEO: 5M45C3F EN AUDIO: 50K0F3E EN VIDEO: 500 W EN AUDIO: 50 W Jr. MORDAZA MORDAZA Nº 600, Pucallpa, distrito de Calleria, provincia de MORDAZA Portillo, departamento de Ucayali. Longitud Oeste Latitud Sur : 74° 32' 29'' : 08° 23' 05''

Potencia Nominal del Transmisor : Ubicacion de la Estacion: Estudio

:

Coordenadas Geograficas Planta

: :

Sector San MORDAZA, distrito de Calleria, provincia de MORDAZA Portillo, departamento de Ucayali. Longitud Oeste Latitud Sur : 74° 33' 46'' : 08° 23' 53''

Coordenadas Geograficas MORDAZA de Servicio

: :

El area comprendida dentro del contorno de 74 dB V/m

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