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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de marzo de 2007 342467 Que, de conformidad con lo dispuesto por el literal d) del artículo 30º del Reglamento de los Regímenes de Garantía a la Inversión Privada; y, el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 136-97-EF, la suscripción del Convenio de Estabilidad Jurídica, tratándose de una empresa receptora de inversión, se efectuará conjuntamente por el Ministro del Sector correspondiente o quien éste designe y por la Comisión Nacional de Inversiones y Tecnologías Extranjeras - CONITE (hoy, PROINVERSIÓN); Que, asimismo, PROINVERSIÓN fundamentó la viabilidad de la suscripción de un Convenio de Estabilidad Jurídica celebrado con la COMPAÑÍA MINERA MISKI MAYO S.A.C., mediante el Informe Nº 48/2006/DE- JAI/PROINVERSIÓN, de fecha 16 de agosto de 2006, elaborado por la Jefatura de Atención al Inversionista de PROINVERSIÓN; y, el Informe Legal Nº 208-2006-LEG-AR, de fecha 17 agosto de 2006, visado por la Jefatura de la Ofi cina Legal de PROINVERSION; Que, en consecuencia, corresponde autorizar a la doctora Rosario Padilla Vidalón, Viceministra de Minas del Ministerio de Energía y Minas, a suscribir en representación del Estado, el mencionado Convenio de Estabilidad Jurídica, para los fi nes antes expuestos; Con la opinión favorable de la Viceministra de Minas; De conformidad con lo dispuesto por el literal j) del artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 025-2003-EM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la doctora Rosario Padilla Vidalón, Viceministra de Minas, a suscribir el Convenio de Estabilidad Jurídica celebrado entre el Estado a través del Ministerio de Energía y Minas y PROINVERSIÓN con la COMPAÑÍA MINERA MISKI MAYO S.A.C.. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 43639-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 110-2007-MEM/DM Mediante O fi cio N° 384-2007-MEM/SG el Ministerio de Energía y Minas solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial N° 110-2007-MEM/DM, publicada en la edición del 23 de marzo de 2007 - En el primer considerando: DICE:“Que, Generación Eléctrica Cahua S.A. ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesión temporal...;” DEBE DECIR:“Que, Empresa de Generación Eléctrica Cahua S.A. ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesión temporal...;” - En el artículo 1° DICE: “Otorgar concesión temporal a favor de Generación Eléctrica Cahua S.A., que se identi fi cará con el código N° 21130103, para desarrollar estudios relacionados a la actividad de generación...” DEBE DECIR:“Otorgar concesión temporal a favor de Empresa de Generación Eléctrica Cahua S.A., que se identi fi cará con el código N° 21130103, para desarrollar estudios relacionados a la actividad de generación...” 42811-1JUSTICIA Modifican el artículo 2º de la R.S. Nº 018-2007-JUS, en extremo referido al monto de pasajes aéreos de agente titular del Estado Peruano RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 076-2007-JUS Lima, 29 de marzo de 2007VISTOS, el O fi cio Nº 146-2007-JUS/OGA-OAS y el Informe Nº 0057-2007-OGA-OAS, de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Suprema Nº 018-2007-JUS, de fecha 18 de enero de 2007, publicada en el Diario O fi cial El Peruano con fecha 19 de enero de 2007, se autorizó el viaje del señor abogado Luis Alberto Salgado Tantte, Secretario Ejecutivo del Consejo Nacional de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia, del 22 al 25 de enero de 2007, y del señor abogado Ángel Marín Lozada, Agente Titular del Estado Peruano para el caso Cantoral Huamaní y García Santa Cruz - Nº 10.435 CDH, del 20 al 25 de enero de 2007, a la ciudad de San José - Costa Rica, asignándoles por concepto de pasajes la suma de US$ 1,722.42 (Mil setecientos veinte y dos y 42/100 dólares americanos) y US$ 1,533.00 (Mil quinientos treinta y tres y 00/100 dólares americanos), respectivamente; Que, mediante los documentos de vistos, la O fi cina General de Administración del Ministerio de Justicia solicita la modi fi cación de la Resolución Suprema Nº 018- 2007-JUS, en lo referido al monto por concepto de pasajes correspondiente al señor abogado Ángel Marín Lozada; Que estando a lo solicitado por la O fi cina General de Administración del Ministerio de Justicia, resulta pertinente modi fi car el artículo 2º de la Resolución Suprema Nº 018- 2007-JUS, sustentado en el Informe Nº 0057-2007-OGA- OAS, y a la disponibilidad presupuestal establecida mediante Ofi cio Nº 148-2007-JUS/OGED-OPRE de la O fi cina General de Economía y Desarrollo y al O fi cio Nº 194-2007-JUS/OGA- OAS, de la O fi cina General de Administración, precisando que corresponde al señor abogado Ángel Marín Lozada, la suma de US$ 1,722.42 (Mil setecientos veinte y dos y 42/100 dólares americanos) por concepto de pasajes; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modi fi car, con e fi cacia anticipada, el artículo 2º de la Resolución Suprema Nº 018-2007-JUS, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución, en el extremo del monto de los pasajes aéreos correspondientes al señor abogado Ángel Marín Lozada, de la siguiente manera: Señor abogado ÁNGEL MARÍN LOZADA: Pasajes: US$ 1 722.42 Artículo 2º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros MARÍA ZAVALA VALLADARES Ministra de Justicia 43754-7