Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2007 (30/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, viernes 30 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES

342481

CONSIDERANDO: Que, al MORDAZA de la Ley Nº 26264, Ley que declara de necesidad y utilidad publica el saneamiento fisico-legal de Asentamientos Humanos posesionados en terrenos de propiedad fiscal, municipal o privada en el periodo Junio de 1990 a Octubre de 1993, se adjudicaron terrenos de propiedad fiscal mediante Contratos de Compra Venta, a favor de posesionarios de los Asentamientos Humanos de: Los MORDAZA, 10 de Agosto y El Porvenir ubicados en el distrito de Tarapoto y el Progreso ubicados en el distrito de la Banda de Shilcayo, sujetos por tanto a hipoteca legal a favor del Estado, en tanto se cumpla con la condicion contractual; Que, mediante Oficio Nº 112-2006-A/MPSM el MORDAZA de la Municipalidad de San MORDAZA solicita el Levantamiento de Hipoteca, a favor de los posesionarios de los Asentamientos Humanos: Los MORDAZA, 10 de Agosto y El Porvenir ubicados en el distrito de Tarapoto y el Progreso ubicados en el distrito de La Banda de Shilcayo, quienes han procedido a cancelar la deuda provenientes de los contratos de Compra Venta celebrados al MORDAZA de la Ley Nº 26264; Que, de otro lado, mediante Decreto Supremo Nº 063-71VI se autorizo la expropiacion del terreno de 165 950,00 2 m que formaba parte del entonces Fundo MORDAZA ubicado en el cercado de MORDAZA, a fin de llevar a cabo la construccion de 658 departamentos incluidos en los programas de viviendas economicas, facultandose a la Empresa de Administracion de Inmuebles del Peru (EMADIPERU) efectuar adjudicaciones, otorgar arrendamientos, y expedir contratos, en representacion del entonces Ministerio de Vivienda; Que, culminadas las obras de construccion, y en ejercicio de las facultades precitadas, la Empresa EMADIPERU adjudico via sorteo los 658 departamentos y suscribio los respectivos contratos de compra venta, los cuales consignaron por error al Banco de Vivienda como propietario de los citados inmuebles; a cuyo efecto, se emitio la Resolucion Suprema Nº 003-2005-VIVIENDA, precisando que el unico propietario de dichos inmuebles era el Ministerio de Vivienda Construccion y Saneamiento; en tal sentido le corresponde otorgar el Levantamiento de Hipoteca de los inmuebles ubicados en el ahora denominado "Urbanizacion MORDAZA III Manzanilla" a los adjudicatarios que han procedido a cancelar la deuda; Que, la precitada Resolucion Suprema, entre otros, encargo a COFOPRI, para que en ejercicio de sus facultades proceda con el tramite de inscripcion ante el Registro respectivo, de las transferencias efectuadas mediante la suscripcion de los Contratos de Compra Venta, de los departamentos edificados en la "Urbanizacion MORDAZA III ­ Manzanilla", para lo cual se requiere la suscripcion de la Minuta de Levantamiento de Hipoteca; Que, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el la Ley Nº 26264 y lo dispuesto en el Resolucion Suprema Nº 003-2005-VIVIENDA, es necesario determinar el organo encargado de realizar todos los actos administrativos necesarios para suscribir los contratos de cancelacion de deuda, y levantamiento de hipoteca, segun corresponda, en aplicacion del MORDAZA de desconcentracion de los procesos a que se refiere la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con las atribuciones conferidas, mediante Ley Nº 26264, y la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, y su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Delegacion de facultades para el cumplimiento de la Ley Nº 26264 Delegar en el Director de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, la facultad de suscribir Constancias de Cancelacion de Deuda y Minuta de Levantamiento de Hipoteca, a favor de los posesionarios de los Asentamientos Humanos de: Los MORDAZA, 10 de Agosto y El Porvenir ubicados en el distrito de Tarapoto y el Progreso ubicados en el distrito de la Banda de Shilcayo que

hayan cumplido con cancelar las obligaciones contraidas mediante contratos de Compra Venta al MORDAZA de lo dispuesto en la Ley Nº 26264. Articulo 2º.- Delegacion de facultades para el cumplimiento de lo dispuesto en la Resolucion Suprema Nº 003-2005-VIVIENDA Delegar en el Director de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, la facultad de suscribir Minutas de Levantamiento de Hipoteca a favor de los adjudicatarios de los departamentos ubicados en la "Urbanizacion MORDAZA III Manzanilla". Articulo 3º.- Tramite de Inscripcion Registral dispuesta en la Resolucion Suprema Nº 003-2005VIVIENDA Una vez culminado con lo dispuesto en el articulo 2º de la presente Resolucion, remitir lo actuado a COFOPRI para que proceda con el tramite de inscripcion ante el Registro respectivo, dispuesto en el articulo 5º de la Resolucion Suprema Nº 003-2005-VIVIENDA. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GARRIDO-LECCA MONTANEZ Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 43653-1

Modifican Reglamento Operativo del MORDAZA Familiar Habitacional
RESOLUCION MINISTERIAL N° 094-2007-VIVIENDA MORDAZA, 28 de marzo de 2007 CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 054-2002VIVIENDA, se declaro de interes nacional la creacion y desarrollo del Proyecto Techo Propio, en el ambito del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, bajo la administracion del Fondo MIVIVIENDA S.A.; Que, mediante Ley Nº 27829, modificada por Ley Nº 28210, se creo el MORDAZA Familiar Habitacional - BFH como parte de la politica sectorial del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, otorgado por una sola vez al grupo familiar beneficiario, con criterio de utilidad publica, sin cargo de restitucion por parte de estos, y que constituye un incentivo y complemento de su ahorro, y de su esfuerzo constructor; Que, asimismo, mediante el Decreto Supremo Nº 0442006-VIVIENDA, se aprueba el MORDAZA Reglamento del MORDAZA Familiar Habitacional con la finalidad de agilizar el MORDAZA de postulacion, asignacion y desembolso del mismo; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 05-2007VIVIENDA, se aprueba el MORDAZA Reglamento Operativo del MORDAZA Familiar Habitacional mediante el cual se regula el detalle de los temas tratados en el Reglamento del MORDAZA Familiar Habitacional; Que, para un mejor entendimiento y aplicacion de la MORDAZA es necesario hacer algunas modificaciones al Reglamento Operativo del MORDAZA Familiar Habitacional, en aspectos relacionados a la inscripcion de los grupos familiares, las garantias de los promotores y entidades tecnicas, entre otros, que facilitaran el acceso al Programa Techo Propio a mas grupos familiares; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27829, y las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- De las modificaciones Modificar los articulos 13º, 17º, 35º, 40º y 42º, la Primera y Decima Disposicion Transitoria, y el ANEXO 2 GARANTIAS, que como adjunto forma parte de la presente Resolucion, del Reglamento Operativo del MORDAZA

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