Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2007 (30/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 30 de marzo de 2007

Familiar Habitacional, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 05-2007-VIVIENDA, en los siguientes terminos: "Articulo 13º.- Inscripcion en el Registro El GF representado por el Jefe de Familia puede inscribirse en el Registro, con el Formulario de Postulacion en cualquier momento, en el FMV o Centro Autorizado. En la modalidad de Adquisicion de Vivienda Nueva, el Jefe de Familia debe solicitar su inscripcion en el Registro, para lo cual es necesaria la MORDAZA de lo siguiente: a. El Formulario de Postulacion en el Registro debidamente suscrito por el Jefe de Familia. b. MORDAZA del DNI del Jefe de Familia. En la modalidad de Construccion en Sitio Propio Postulacion Colectiva, el Jefe de Familia debe estar asociado a una Organizacion. Para este efecto es necesaria la MORDAZA por la Organizacion de lo siguiente: a. Los Formularios de Postulacion en el Registro debidamente suscritos por los Jefes de Familia; y, b. MORDAZA del DNI del Jefe de Familia, asociado a la Organizacion integrante del Grupo Familiar. En las modalidades de Construccion en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda Postulacion Individual debe presentar lo siguiente: a. Formulario de Postulacion, debidamente suscrito por el Jefe de Familia; y, b. MORDAZA del DNI del Jefe de Familia. En el caso de convivientes sin impedimento matrimonial, el Formulario de Postulacion debe estar suscrito por ambos convivientes. Para todas las modalidades el formulario tiene caracter de Declaracion Jurada." "Articulo 17°.- Requisitos de Asignacion (...) Para acceder al BFH en las modalidades de Construccion en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda Postulacion Individual, el GFE tiene que presentar o acreditar lo siguiente: a. Formulario de Asignacion debidamente suscrito por el Jefe de Familia y en el caso de convivientes sin impedimento matrimonial debera estar suscrito por MORDAZA personas." (...) "Articulo 35°.- Requisitos para el Registro de Proyectos 1. Formulario de solicitud de registro, Declaracion Jurada de Datos y de Compromiso de Cumplimiento de desarrollo del proyecto suscrito por el Promotor. (...) c. Carta de intencion emitida por una IFI senalando la viabilidad en el otorgamiento de carta fianza o financiamiento a favor del promotor, o carta de intencion del Banco de Materiales S.A.C. senalando la viabilidad de que el proyecto sea incluido en su programa de Apoyo de Generacion de Oferta Inmobiliaria, o carta de intencion de un fiduciario senalando la viabilidad de suscribir un contrato de fideicomiso inmobiliario para la ejecucion del proyecto. De optar por trabajar con otra forma de financiamiento, el proyecto sera inscrito a la MORDAZA del Certificado de Finalizacion de Obras y Zonificacion. (...) 3. MORDAZA de la Resolucion de aprobacion del Proyecto de Habilitacion MORDAZA expedida por la Municipalidad respectiva, que incluya la ejecucion de las obras de la Habilitacion MORDAZA, la construccion simultanea de viviendas o la Resolucion de Recepcion de Obras de la Habilitacion Urbana. De no contar con la inscripcion en el Registro de Predios, el Comite Ejecutivo podra aceptar el Certificado Catastral emitido por Registro de Predios donde se especifique que no existe superposicion de linderos con otros predios, o de lo contrario se evaluara la esquela de observacion emitida por dicho Registro, durante

el MORDAZA de inscripcion de la Resolucion de Aprobacion del Proyecto de Habilitacion MORDAZA, con la finalidad de evaluar la viabilidad de la posterior inscripcion." (...) 6. Memoria Descriptiva del Proyecto conteniendo la siguiente informacion: a. MORDAZA de Habilitacion MORDAZA, las obras de Habilitacion MORDAZA para el desarrollo de los proyectos seran como minimo del MORDAZA C, y en el caso de zonas lluviosas sera de MORDAZA B. Para el caso de Proyectos Habitacionales de Vivienda con valores de hasta S/. 13,400.00 (Trece mil cuatrocientos con 00/100 nuevos soles), el Comite Ejecutivo podra considerar Habilitaciones Urbanas de otros tipos siempre y cuando, el diseno contenga soluciones adecuadas. (...) "Articulo 40°.- MORDAZA y Cancelacion de Registro (...) El Comite Ejecutivo podra cancelar la MORDAZA de Registro, si el FMV informa que sin mediar causas justificadas el Promotor no desarrolla el Proyecto. El Comite Ejecutivo MORDAZA por concluidos los compromisos y obligaciones asumidos por el promotor o Entidad Tecnica establecidos en el presente Reglamento, a la MORDAZA del Certificado de Finalizacion de Obra y Zonificacion correspondiente a las etapas activadas del proyecto registrado, emitido por la municipalidad respectiva." "Articulo 42°.- Requisitos para la inscripcion en el Registro de Proyectos (...) b. MORDAZA literal de dominio del predio, donde se ejecutara la obra, inscrito en el Registro de Predios a nombre del Jefe de Familia con una antiguedad no mayor de ciento veinte (120) dias. El predio debe estar libre de cargas y gravamenes, salvo las provenientes de servidumbres de acueducto, electroducto, de luz, vistas y desagues, asi como las servidumbres de paso, las que deberan contemplarse en el desarrollo del proyecto;" (...) " Disposiciones Transitorias Primera.- A partir de la entrada en vigencia de la presente MORDAZA, en el Registro de Proyectos solo pueden inscribir los proyectos con valores de vivienda u obra, segun sea el caso, en Nuevos Soles. (...) Decima.- Para la Asignacion del BFH, el Fondo MIVIVIENDA S.A. tambien aceptara compromisos de contratar suscritos entre el Promotor, propietario del terreno o Entidad Tecnica, segun sea el caso y el beneficiario, hasta 30 dias posteriores a la fecha de publicacion de la presente Resolucion Ministerial." Articulo 2º.- Inclusion de Disposiciones Transitorias Incluyase la Duodecima y la Decimo Tercera Disposicion Transitoria en el Reglamento Operativo del MORDAZA Familiar Habitacional, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 05-2007-VIVIENDA, con el siguiente texto: "Duodecima.- El FMV informara al Comite Ejecutivo sobre la viabilidad de los proyectos que a la fecha de emision del presente reglamento tengan 2 anos desde la emision del primer codigo de registro y que no hayan solicitado desembolsos de bonos o iniciado la construccion de las viviendas, con la finalidad que el Comite Ejecutivo evalue su retiro del registro de proyectos del Programa Techo Propio. El FMV debera reubicar en otro proyecto a los beneficiarios remanentes de los proyectos retirados. Decimo Tercera.- Para efectos del desembolso del Ahorro, o BFH, o la liberacion de garantias, ademas de los documentos senalados en el Anexo 2 Garantias, de la Resolucion Ministerial Nº 05-2007-VIVIENDA los Promotores pueden presentar acta de recepcion de vivienda terminada hasta 60 dias posteriores a la fecha de publicacion de la presente Resolucion Ministerial." Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GARRIDO-LECCA MONTANEZ Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento

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