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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de marzo de 2007 342471 Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de marzo del año dos mil siete ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República RAFAEL REY REY Ministro de la Producción HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento Encargado del despacho del Ministerio de Defensa LUIS ALVA CASTRO Ministro del Interior CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN Ministro de Salud SUSANA PINILLA CISNEROS Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo VIRGINIA BORRA TOLEDO Ministra de la Mujer y Desarrollo Social JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación MARÍA ZAVALA VALLADARES Ministra de Justicia 43754-2 RELACIONES EXTERIORES Ratifican Convenio para Combatir el Uso, la Producción y el Tráfico Ilícitos de Drogas y Delitos Conexos entre el Perú y la República Dominicana DECRETO SUPREMO Nº 020-2007-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que el “Convenio para Combatir el Uso, la Producción y el Trá fi co Ilícitos de Drogas y Delitos Conexos entre la República del Perú y la República Dominicana” , fue suscrito el 13 de julio de 2006, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y rati fi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el “Convenio para Combatir el Uso, la Producción y el Trá fi co Ilícitos de Drogas y Delitos Conexos entre la República del Perú y la República Dominicana” , suscrito el 13 de julio de 2006, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de marzo del año dos mil siete. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 43754-3Crean el Consulado del Perú en Sacramento, California, Estados Unidos de América DECRETO SUPREMO N° 021-2007-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, es prioridad del Gobierno del Perú mantener una activa labor de protección y promoción de los intereses y derechos de los peruanos, a través de un constante apoyo y asistencia consular a las comunidades peruanas en el exterior, especialmente en las zonas en donde se encuentra el mayor número de connacionales; Que, la ciudad de Sacramento, Capital del Estado de California, Estados Unidos de América, es sede del poder político estatal y punto creciente de migración peruana proveniente del área de la Bahía de San Francisco; Que, el Consulado General del Perú en San Francisco ha manifestado la conveniencia de abrir una o fi cina consular en la ciudad de Sacramento, que permita atender la demanda por servicios consulares de la comunidad peruana residente en esa ciudad, así como efectuar labores de apoyo y promoción cultural, comercial y turística; Que, mediante mensaje N° 1502 del 14 de octubre de 2006, la Embajada del Perú en Washington ha informado que el Departamento de Estado de los Estados Unidos de América ha otorgado conformidad para la apertura del Consulado del Perú en Sacramento; Con la opinión favorable de la Secretaría de Comunidades Peruanas en el Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, de la Embajada del Perú en Washington y del Consulado General en San Francisco, Estados Unidos de América; en el sentido que es conveniente la creación del Consulado del Perú en la ciudad de Sacramento, con circunscripción en la localidad, afi n de atender e fi ciente y oportunamente las necesidades de la comunidad peruana, así como también promover los intereses del país, especialmente los vinculados a las inversiones y el turismo; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118° incisco 11) de la Constitución Política del Perú; en los artículos 37° y 38° del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 076-2005-RE del 5 de octubre de 2005; así como en la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; DECRETA: Artículo Primero.- Crear el Consulado del Perú en Sacramento, California, Estados Unidos de América, con circunscripción en el área metropolitana de la ciudad. Artículo Segundo.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de marzo del año dos mil siete. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 43754-4 Delegan facultades al Cónsul General del Perú en Nueva York para suscribir documentos concernientes a la actualización del “Registration Statement” inscrito en la SEC RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 096-2007-RE Lima, 29 de marzo de 2007