Norma Legal Oficial del día 06 de mayo del año 2007 (06/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 6 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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informacion relativa a las acciones sobre la presunta comision de delitos aduaneros y contra la propiedad intelectual. Promover campanas publicitarias con la finalidad de crear conciencia tributaria aduanera y el respeto a los derechos de la propiedad intelectual. Entablar relaciones con instituciones del exterior con la finalidad de coordinar acciones e intercambiar informacion que conduzcan a una mejor eficacia de su labor. Supervisar y evaluar permanentemente la ejecucion de las tareas que las instituciones responsables deberan llevar a cabo de acuerdo al Plan Estrategico Nacional que se apruebe.

SEGUNDA.- Vigencia La presente Ley entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". POR TANTO: Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la Republica, aceptandose las observaciones formuladas por el senor Presidente de la Republica, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 108° de la Constitucion Politica del Estado, ordeno que se publique y cumpla. En MORDAZA, a los cuatro dias del mes de MORDAZA de dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica 56966-1

Articulo 4º.- Del informe de la Secretaria Tecnica La Secretaria Tecnica tiene la obligacion de presentar trimestralmente, bajo responsabilidad, un informe detallado ante las Comisiones de Economia, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera; de Comercio Exterior y Turismo; de Produccion y Micro y Pequena Empresa; y de Justicia y Derechos Humanos del Congreso de la Republica, sobre las acciones y resultados obtenidos en la lucha contra los delitos aduaneros y la pirateria. En el caso del informe que se presente a la Comision de Produccion y Micro y Pequena Empresa, este es sustentado por el Presidente de La Comision o por quien este designe, semestralmente, ante el grupo de trabajo encargado del tema de lucha contra el contrabando y pirateria que se constituya en cada periodo legislativo en esta Comision." Articulo 2º.- Caracter permanente de La Comision La Comision funciona con caracter permanente. Se encuentra adscrita al Ministerio de la Produccion. Articulo 3º.- De las decisiones Los Acuerdos que adopte La Comision tienen caracter vinculante para todos los sectores y organismos publicos y privados que, a traves de sus representantes, componen La Comision. Respecto de estos puede expresarse el parecer discrepante, si lo hubiera, de algun miembro de La Comision que asi lo considere conveniente, debidamente fundamentado. Articulo 4º.- Quorum y votacion Las sesiones de La Comision son ordinarias y extraordinarias. El quorum para sesionar es el de mayoria simple del numero legal de miembros de La Comision. Sin embargo, para adoptar los Acuerdos a que se refiere el articulo 3º, se requiere el MORDAZA conforme de no menos del sesenta por ciento (60%) del numero legal de miembros. Articulo 5º.- Efectos y cumplimiento Las instituciones publicas que se encuentran debidamente representadas en La Comision quedan obligadas a viabilizar el cumplimiento de los Acuerdos a traves del ejercicio de sus respectivas competencias, bajo responsabilidad del titular. Articulo 6º.- Participacion de altos funcionarios El Ministro de la Produccion podra invitar a ministros de Estado y a representantes de entidades publicas y privadas, para que participen o asistan a las sesiones de la Comision de Lucha contra los Delitos Aduaneros y la Pirateria. Articulo 7º.- Reglamentacion Mediante decreto supremo, refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de la Produccion, deben dictarse las disposiciones reglamentarias necesarias para la mejor aplicacion de la presente Ley. DISPOSICIONES FINALES PRIMERA.- Derogacion Deroganse las Leyes nums. 27726, 27869, 28020 y el articulo 2º de la Ley Nº 28289 y demas normas que se opongan a lo dispuesto en la presente Ley.

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Autorizan viaje de funcionarios de OSITRAN para realizar pasantia en MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA N° 075-2007-PCM MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2007 Vistos, el Oficio N° 131-07-GG-OSITRAN, del Gerente General del Organismo Supervisor de la Inversion en Infraestructura de Transportes de Uso Publico - OSITRAN y el Acuerdo N° 954-239-07-CD-OSITRAN, del Consejo Directivo del OSITRAN; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio N° 012-07-GRE-OSITRAN, el Organismo Supervisor de la Inversion en Infraestructura de Transportes de Uso Publico - OSITRAN, solicito al Ministerio de Obras Publicas de MORDAZA la aprobacion del intercambio de informacion y experiencia chilena en Concesiones Aeroportuarias mediante reuniones y entrevistas con las autoridades pertinentes, asi como tambien la posibilidad de visitar la infraestructura concesionada; Que, el Ministerio de Obras Publicas de MORDAZA por intermedio de la Direccion Nacional de Aeropuertos y mediante la comunicacion ORD. DAP N° 126, confirmo la disponibilidad para llevar a cabo el programa de trabajo propuesto entre el 7 y el 11 de MORDAZA del presente ano en el referido pais; Que, el Gobierno del Peru ha firmado un Convenio de Prestamo BIRF N° 7177-PE con el Banco Internacional de Reconstruccion y Fomento - BIRF para financiar la ejecucion del Proyecto de Apoyo para Mejorar la Oferta Productiva y facilitar el Comercio Exterior - PAMC, con el objetivo de mejorar la oferta productiva y facilitar el comercio exterior, logrando un incremento en la competitividad del pais; Que, dentro de la estructura del precitado proyecto se encuentra el subproyecto "Mejoramiento de la Supervision y Regulacion de los Servicios Publicos", donde se consignan las actividades que competen al Organismo Supervisor de la Inversion en Infraestructura de Transportes de Uso Publico - OSITRAN; Que, dentro de las actividades a desarrollar estan los estudios para optimizar el MORDAZA legal, reglamentario y contractual para la supervision del transporte privatizado,

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