Norma Legal Oficial del día 06 de mayo del año 2007 (06/05/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 6 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

344753

determina conforme a Ley. Cada Sala esta integrada por tres (3) Vocales a tiempo completo, quienes no podran brindar servicios a terceros en materia de contrataciones y adquisiciones del Estado ni, en general, desempenar otra actividad que resulte incompatible con la funcion encomendada, con excepcion de la docencia. Cada Sala tiene un Presidente, uno de los cuales es ademas Presidente del Tribunal, siendo este cargo rotativo entre los miembros vocales, cuyo funcionamiento sera regulado en el Reglamento de funcionamiento del Tribunal que sera aprobado por Resolucion de la Presidencia de CONSUCODE. El Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado cuenta con una Secretaria que depende de la Presidencia del Tribunal. La Secretaria brinda soporte tecnico, legal y administrativo al Tribunal para el cumplimiento de sus funciones. Esta a cargo de un Secretario que depende directamente de la Presidencia del Tribunal. Articulo 20º. FUNCIONES Las funciones del Presidente del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado son las siguientes: 1. Convocar, por lo menos trimestralmente a sesion de Sala Plena o cuando lo considere necesario. 2. Convocar Audiencias Publicas. 3. Verificar el quorum para sesionar en Sala Plena y acreditar la adopcion de los acuerdos tomados en esta, de acuerdo con el Reglamento del Tribunal. 4. Disponer la ejecucion de los acuerdos adoptados por la Sala Plena y de ser necesaria, su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, el SEACE y la pagina Web del CONSUCODE; los que constituiran criterios que sientan precedente de observancia obligatoria. 5. Convocar reuniones de coordinacion con los Vocales del Tribunal y demas organos del CONSUCODE, para unificar los criterios de interpretacion de la normativa de contratacion publica. 6. Asignar los expedientes que seran de conocimiento de cada Sala. 7. Supervisar el desempeno de los organos del Tribunal y de su personal, de acuerdo con las metas, estandares de desempeno y procedimientos establecidos por la Presidencia del CONSUCODE. 8. Poner en conocimiento de la Presidencia del CONSUCODE, con la periodicidad que esta determina, sobre la situacion de los asuntos del Tribunal y los casos que hayan sido objeto de pronunciamiento. 9. Aprobar Reglamentos internos sobre la aplicacion de sancion y los procedimientos administrativos de su competencia. 10. Otras que se le asigne. Articulo 21º. FUNCIONES DE LA SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO Las funciones de la Secretaria del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado son las siguientes: 1. Administrar los procedimientos que se someten a conocimiento del Tribunal y de sus Salas. 2. Brindar apoyo tecnico, legal y administrativo al Tribunal y sus MORDAZA, realizando las coordinaciones necesarias con los demas organos del CONSUCODE. 3. Asistir al Tribunal durante sus sesiones, levantando el acta correspondiente. 4. Custodiar y velar por el optimo estado de los expedientes que se encuentran en el Archivo del Tribunal. 5. Centralizar, analizar, elaborar y mantener actualizados las estadisticas del Tribunal de manera confiable y oportuna, para la toma de decisiones de la Presidencia. 6. Producir la informacion estadistica e indicadores de eficiencia y eficacia de los procesos internos, administrativos y de gestion. 7. Las demas que le asigne la Presidencia del Tribunal. Articulo 22º. ACUERDOS DE SALA PLENA. El Tribunal establecera criterios de observancia obligatoria en base a los Acuerdos de Sala Plena, derivados de las sesiones de Sala Plena. Dichos criterios deben establecerse de modo expreso y con caracter

general, interpretando el sentido de la normativa sobre contrataciones y adquisiciones del Estado. Las MORDAZA deberan pronunciarse en sentido concordante con los criterios de observancia obligatoria, establecidos mediante los Acuerdos de Sala Plena, los mismos que son publicados en el Diario Oficial El Peruano. Las resoluciones que impliquen la necesidad de modificar los criterios establecidos en Sala Plena, seran sometidas previamente a la consideracion de esta, de acuerdo con los procedimientos establecidos en el reglamento del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo 23º. CAUSALES DE REMOCION Y VACANCIA. De conformidad con lo dispuesto en el articulo 63º de la Ley, los vocales del Tribunal podran ser removidos de su cargo por permanente incapacidad fisica o moral sobreviniente o debido a la falta grave declarada con la formalidad del articulo 60º de la Ley. Se considera falta grave: 1. Aprovecharse del cargo para obtener ventajas personales o a favor de terceros; 2. La ausencia injustificada de un Vocal del Tribunal a tres (3) sesiones consecutivas o cinco (5) alternadas en un ano calendario; 3. Ser condenado a pena privativa de la MORDAZA por delito doloso, o haber devenido en incapaz con arreglo al Codigo Civil; y, 4. Haber incurrido en algun caso de negligencia, incompetencia o inmoralidad, debidamente acreditada. La vacancia en el cargo tambien se produce por renuncia o por sobrevenir alguna de las incompatibilidades o prohibiciones establecidas en la normatividad aplicable al sector publico. CAPITULO VII ORGANOS DE ASESORAMIENTO SUBCAPITULO I OFICINA DE ASESORIA JURIDICA Articulo 24º. OFICINA DE ASESORIA JURIDICA. Es el organo encargado de brindar asesoramiento legal a la Alta Direccion y demas organos y unidades organicas del CONSUCODE, en asuntos de caracter juridico. La Oficina de Asesoria Juridica depende jerarquicamente de la Presidencia. Articulo 25º. FUNCIONES Las funciones de la Oficina de Asesoria Juridica son las siguientes: 1. Brindar asesoramiento legal al Presidente, Secretaria General y organos y unidades organicas del CONSUCODE. 2. Emitir opinion legal en los recursos impugnativos que deban ser resueltos por la Presidencia del CONSUCODE. 3. Mantener informadas a las areas y dependencias de las disposiciones legales, reglamentarias y demas normas relacionadas a las actividades del CONSUCODE. 4. Compilar, sistematizar y mantener actualizados las disposiciones legales de los procesos de gestion que tengan incidencia en el funcionamiento del CONSUCODE. 5. Proyectar y visar las resoluciones y directivas en el ambito de su competencia. 6. Visar y revisar los convenios interinstitucionales que hayan sido proyectados y negociados con la participacion de los organos involucrados del CONSUCODE. 7. Brindar apoyo a la Procuraduria en los aspectos legales que requieran. 8. Mantener actualizada la informacion de los sistemas informaticos implementados, en el ambito de su competencia. 9. Las demas que le asigne la Presidencia. SUBCAPITULO II OFICINA DE PLANEAMIENTO, PRESUPUESTO Y COOPERACION Articulo 26º. OFICINA DE PLANEAMIENTO, PRESUPUESTO Y COOPERACION

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.