Norma Legal Oficial del día 06 de mayo del año 2007 (06/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 6 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y las otras normas legales que expresamente lo senalen. 25. Otras que le asigne la normativa de la materia. SUBCAPITULO II LA SECRETARIA GENERAL Articulo 8º. LA SECRETARIA GENERAL Es el organo encargado de la coordinacion interinstitucional. Tiene a su cargo el despacho con la Presidencia de CONSUCODE y la imagen institucional. La Secretaria General depende jerarquicamente de la Presidencia. Articulo 9º. FUNCIONES La Secretaria General tiene las siguientes funciones: 1. Proponer planes y programas de comunicacion e imagen que difundan las actividades del CONSUCODE. 2. Coordinar y supervisar con las Oficinas y Direcciones del CONSUCODE, las estrategias de informacion e imagen institucional. 3. Representar al Presidente de CONSUCODE en actos oficiales. 4. Aprobar las politicas de comunicaciones, informaciones, protocolo y otras de naturaleza analoga. 5. Revisar, proponer, aprobar, visar y/o dar tramite, segun corresponda, a los documentos de gestion que MORDAZA sometidas a su consideracion. 6. Mantener actualizada la informacion de los sistemas informaticos implementados, en el ambito de su competencia. 7. Reemplazar internamente al Presidente del CONSUCODE en caso de impedimento o ausencia del pais. 8. Asesorar al Presidente de CONSUCODE en el planeamiento, programacion, ejecucion y supervision de las acciones de seguridad y defensa nacional y mantener relacion tecnica con la Direccion General de Politica y Estrategia del Ministerio de Defensa; y, 9. Las demas que le MORDAZA asignadas por el Presidente, en el ambito de sus funciones. CAPITULO III ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL Articulo 10º. OFICINA DE CONTROL INTERNO (OCI) Es el organo encargado de conducir, programar, ejecutar y evaluar las acciones de control, de conformidad con las normas del Sistema Nacional de Control, asi como ejecutar el control interno posterior y el control gubernamental externo. Articulo 11º. DESIGNACION Esta a cargo de un jefe que es designado por la Contraloria General de la Republica, manteniendo vinculacion y dependencia funcional y administrativa con la Contraloria General de la Republica, en su condicion de ente rector del Sistema Nacional de Control y se sujeta a sus lineamientos y disposiciones. Asimismo, en el desempeno de sus labores, actua como independencia tecnica dentro del ambito de su competencia. Informa directamente al titular de CONSUCODE, sobre los requerimientos y resultados de las acciones y actividades de control inherentes a su ambito de competencia. Es responsabilidad del jefe de la OCI, administrar el organo sujetandose a las politicas y normas de CONSUCODE y de la Contraloria General de la Republica. Articulo 12º. FUNCIONES Son funciones de la Oficina de Control Institucional las siguientes: 1. Ejercer el control interno posterior a los actos y operaciones del CONSUCODE sobre la base de los lineamientos y el cumplimiento del Plan Anual de Control. 2. Efectuar auditorias a los estados financieros y presupuestarios del CONSUCODE, asi como a la gestion de la misma, de conformidad con las pautas que senale

la Contraloria General de la Republica. Alternativamente estas auditorias podran ser contratadas por el CONSUCODE con sociedades de auditoria externa, con sujecion al reglamento de la materia. 3. Ejecutar las acciones y actividades de control a los actos y operaciones del CONSUCODE que disponga la Contraloria General de la Republica, asi como las que MORDAZA requeridas por el Presidente del CONSUCODE. Cuando estas ultimas tengan caracter de no programadas, su realizacion sera comunicada a la Contraloria General de la Republica por el jefe de la OCI. Se consideran actividades de control, entre otras, las evaluaciones, diligencias, estudios, investigaciones, pronunciamientos, supervisiones y verificaciones. 4. Efectuar control preventivo sin caracter vinculante, al organo de mas alto nivel del CONSUCODE con el proposito de optimizar la supervision y mejora de los procesos, practicas e instrumentos de control interno, sin que ello genere prejuzgamiento u opinion que comprometa el ejercicio de su funcion, via el control posterior. 5. Remitir los informes resultantes de las acciones a la Contraloria General, asi como al Presidente del CONSUCODE y del Sector cuando corresponda, conforme a las disposiciones sobre la materia. 6. Actuar de oficio, cuando en los actos y operaciones del CONSUCODE, se advierten indicios razonables de ilegalidad, de omision o de incumplimiento, informando al Presidente del CONSUCODE para que adopte las medidas correctivas pertinentes. 7. Recibir y atender las denuncias que formulen los funcionarios y servidores publicos y ciudadanos sobre actos y operaciones que realiza el CONSUCODE, otorgandole el tramite que corresponda a su merito y documentacion sustentatoria respectiva. 8. Formular, ejecutar y evaluar el Plan Anual de Control aprobado por la Contraloria General, de acuerdo a los lineamientos y disposiciones vigentes. 9. Efectuar el seguimiento de las medidas correctivas que adopte el CONSUCODE, como resultado de las acciones y actividades de control, comprobando su materializacion efectiva, conforma a los terminos y plazos respectivos. Dicha funcion comprende efectuar el seguimiento de los procesos judiciales y administrativos derivados de las acciones de control. 10. Apoyar a las comisiones que designe la Contraloria para la ejecucion de las actividades de control en el ambito del CONSUCODE. Asimismo, colaborara por disposicion de la Contraloria General, en otras acciones de control externo, por razones operativas o de especialidad. 11. Verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y normativa interna aplicables al CONSUCODE, por parte de los organos, unidades organicas y personal de estas. 12. Formular y proponer el presupuesto anual del OCI para su aprobacion correspondiente por el CONSUCODE. 13. Participar en la preparacion de los documentos de gestion del CONSUCODE. 14. Cumplir diligentemente con los encargos, citaciones y requerimientos que le formule la Contraloria General de la Republica. 15. Otras funciones u objetivos funcionales que establezca la Contraloria General de la Republica. CAPITULO IV ORGANO DE DEFENSA JUDICIAL Articulo 13º. OFICINA DE PROCURADURIA Es el organo que ejerce la representacion y defensa judicial del CONSUCODE ante los organos jurisdiccionales en los procesos civiles, penales, laborales, arbitrales y especiales, en los que actue como demandante, denunciante o parte civil a nivel nacional, asi como ante el Ministerio Publico. La Oficina de Procuraduria depende jerarquicamente de la Presidencia. Articulo 14º .FUNCIONES Las funciones de la Oficina de Procuraduria son las siguientes: 1. Formular, ejecutar y evaluar los planes de la Procuraduria Publica.

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