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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE MAYO DEL AÑO 2007 (10/05/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 10 de mayo de 2007 344908 CONSIDERANDO: Que, mediante Facsímil (DGS) Nº 494 de fecha 4 de mayo de 2007, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Chile, sin armas de guerra; Que, en la IV Reunión de Estados Mayores y XIX Reunión Bilateral de Inteligencia entre la Armada de Chile y la Marina de Guerra del Perú, se acordó la realización de intercambios profesionales y académicos para el año 2007, dentro de los cuales se consideró el embarco de un Ofi cial Subalterno de la Armada de Chile en una unidad de la Amazonía; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modi fi cado por Ley Nº 28899 establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la con fi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especi fi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y, Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de la República de Chile, cuyo nombre se indica en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 18 de mayo al 3 de julio 2007, para participar en el embarco de una unidad de la Amazonía, conforme al programa de intercambio de pasantías suscrito entre la Marina de Guerra del Perú y la Armada de Chile. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modi fi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 58592-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 313-2007-DE/SG Lima, 9 de mayo de 2007CONSIDERANDO:Que, con Facsímil (DGS) Nº 486 de fecha 4 de mayo de 2007 el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, el Ejército de los Estados Unidos de América, bajo el “Programa de Intercambio de Información para países del Hemisferio Occidental (WHIX)”, tiene la iniciativa de realizar evaluaciones de sistemas de energía micro-hidro que puedan apoyar los requerimientos de energía de las guarniciones militares y sus operaciones; Que, mediante Oficio Nº 167-CCFFAA/SG de fecha 2 de abril de 2007,el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas opina favorablemente sobre el ingreso de personal militar estadounidense que realizará el estudio inicial de los posibles lugares en los que se ejecutaría el “Programa de Intercambio de Información para países del Hemisferio Occidental (WHIX)”; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la Autorización y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República, modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la con fi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especi fi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; Con la opinión favorable del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de los Estados Unidos de América, cuyo nombre se indica en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 19 al 26 de mayo de 2007, para realizar una visita de estudio inicial de los posibles lugares donde se podría realizar la iniciativa denominada “Plantas de Poder Ribereñas” bajo el auspicio del “Programa de Intercambio de Información para países del Hemisferio Occidental (WHIX)”. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modi fi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 58592-2 Autorizan al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas proceder a la impresión, fotocopiado y publicaciones a color a fin de cumplir con diversas actividades RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 315-2007-DE/CCFFAA Lima, 9 de mayo de 2007 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 050-2006-PCM de fecha 8 agosto 2006, se prohíbe en las entidades del