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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 10 de mayo de 2007 344909 Sector Público comprendidas en los anexos de la Ley Nº 28652 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, la impresión, fotocopiado y publicaciones a color para efectos de comunicaciones y/o documentos de todo tipo, debiendo éstos efectuarse en blanco y negro; Que, el Artículo 2º del referido Decreto Supremo establece que el Titular de la Entidad o quien éste delegue podrá autorizar, excepcionalmente, impresos a color para casos debidamente justi fi cados; Que, el Artículo 5º la Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, señala que el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas es un órgano de línea del Sector Defensa; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado con Decreto Supremo Nº 009-2006-DE/SG de fecha 5 junio 2006; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, a proceder a la impresión, fotocopiado y publicaciones a color, para cumplir con las actividades que se detallan por anexo y que forma parte de la presente resolución. Artículo 2º.- El Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas realizará las acciones administrativas correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 58592-3 ECONOMIA Y FINANZAS Exceptúan del estudio de factibilidad de la fase de preinversión del ciclo del proyecto del SNIP , al proyecto Mejoramiento de Riego y Generación Hidroenergético del Alto Piura, componente: Construcción de la Presa Derivadora Tronera Sur y el Túnel de Trasvase de las aguas del Río Huancabamba a la Cuenca del Río Piura DECRETO SUPREMO Nº 055-2007-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27293 crea el Sistema Nacional de Inversión Pública - SNIP, con la fi nalidad de optimizar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 6.3, referida a las Fases de los Proyectos de Inversión, la elaboración del Per fi l es obligatoria, y según el numeral 9.1 referida a la Fase de Preinversión, los estudios de prefactibilidad y factibilidad pueden no ser requeridas dependiendo de las características del proyecto; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 10.4 del artículo 10º de dicha norma, la observancia del Ciclo del Proyecto es obligatoria y tal como lo señala el numeral 10.5 del artículo 10º de la misma Ley, cualquier excepción a éste se realiza a través de un Decreto Supremo refrendado por el Ministro del Sector correspondiente y por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, el Proyecto “Mejoramiento de Riego y Generación Hidroenergética del Alto Piura”, se encuentra registrado en el Banco de Proyectos del SNIP con el código 32861, y a través del Informe Técnico Nº 134-2006-EF/68.01, la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público autorizó la elaboración del Estudio de Factibilidad; Que, el proyecto Mejoramiento de Riego y Generación Hidroenergética del Alto Piura tiene estudios su fi cientes de factibilidad; Que, el Gobierno Regional Piura, considera esencial la ejecución del Proyecto de Inversión Pública “Mejoramiento de Riego y Generación Hidroenergética del Alto Piura”, referido al componente: Construcción de la Presa Derivadora Tronera Sur y el Túnel de Trasvase; Que, existen razones de interés Sectorial y Regional para proceder a la ejecución del Proyecto de Inversión Pública: Mejoramiento de Riego y Generación Hidroenergética del Alto Piura, componente: Construcción de la Presa Derivadora Tronera Sur y el Túnel de Trasvase, que justi fi can su tratamiento excepcional; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA:Artículo 1º.- Exceptúan del cumplimiento del Estudio de Factibilidad de la Fase de Preinversión del ciclo del proyecto al Proyecto de Inversión Pública denominado Mejoramiento de Riego y Generación Hidroenergético del Alto Piura, componente: Construcción de la Presa Derivadora Tronera Sur y el Túnel de Trasvase. Exceptúese del cumplimiento del Estudio de Factibilidad de la fase de preinversión del Ciclo del Proyecto a que se re fi ere la Ley Nº 27293, ley que crea el Sistema Nacional de Inversión Pública, incluida la declaración de viabilidad, al Proyecto de Inversión Pública, denominado Mejoramiento de Riego y Generación Hidroenergética del Alto Piura, componente: Construcción de la Presa Derivadora Tronera Sur y el Túnel de Trasvase. Artículo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Agricultura. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima a los nueve días del mes de mayo del año dos mil siete. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de MinistrosEncargado del despacho del Ministerio de Economía y Finanzas JUAN JOSÉ SALAZAR GARCÍA Ministro de Agricultura 58696-1 EDUCACION Aprueban Convenio suscrito entre el IPD y el PNUD, destinado a la adquisición e implementación de diversos bienes y servicios de carácter deportivo RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 013-2007-ED Lima, 9 de mayo de 2007 CONSIDERANDO: Que la promoción y el desarrollo de la educación física, la recreación y el deporte son actividades consideradas de interés nacional;