Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2007 (10/05/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, jueves 10 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

344923

Otorgan renovacion de autorizacion de instalacion de establecimiento industrial pesquero a Pesquera MORDAZA MORDAZA S.A.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 181-2007-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 29 de marzo del 2007 Visto los escritos con registro Nº CE-06466003 de fechas 21 de noviembre de 2006, 19 de febrero y 21 de marzo de 2007, presentados por la empresa PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A.; CONSIDERANDO: Que el articulo 49º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que las personas naturales o juridicas que se dediquen al procesamiento de recursos hidrobiologicos para consumo humano directo, indirecto o al uso industrial no alimenticio, requeriran de autorizacion para la instalacion o aumento de la capacidad de operacion del establecimiento industrial y de licencia para la operacion de cada planta de procesamiento; Que el articulo 149º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que la autoridad responsable de instruccion, por propia iniciativa, o a instancia de los administrados, dispone mediante resolucion irrecurrible la acumulacion de los procedimientos en tramite que guarden conexion; Que a traves de Resolucion Directoral Nº 249-2003PRODUCE/DNEPP, de fecha 15 de agosto de 2003, se autoriza entre otro, a PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A., en su condicion de asociante a ejecutar la instalacion de la restante capacidad instalada de 50 t/h, de la autorizacion contenida en la Resolucion Ministerial Nº 693-97-PE, Resolucion Directoral Nº 128-2002-PRODUCE/DNEPP y en la Resolucion Directoral Nº 149-2003-PRODUCE/ DNEPP para el procesamiento de harina de pescado de alto contenido proteinico en el Sublote A, MORDAZA Industrial III, MORDAZA Tierra Colorada, distrito y provincia de Paita, departamento de Piura; Que asimismo, en los articulos 4º, 5º y 6º de la Resolucion indicada en el considerando precedente, se autoriza a PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A. a instalar una planta de harina de pescado de alto contenido proteinico de 50 t/h de procesamiento de materia prima, una planta de enlatado con una capacidad de 3000 cajas/turno, en el referido establecimiento industrial pesquero y asimismo, comprenden parte de proyectos de inversion pesquera que propician la industrializacion del recurso atun y especies afines, para tal efecto los titulares de las autorizaciones implementaran una infraestructura de desembarque y almacenes en frio de 2,000 toneladas como minimo; Que por articulo 2º de la Resolucion Directoral Nº 386-2006-PRODUCE/DGEPP, de fecha 23 de octubre de 2006, se declaro improcedente las solicitudes presentadas por PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A., en su condicion de asociante sobre renovacion de autorizacion de instalacion y licencia de operacion de un establecimiento industrial pesquero, para desarrollar la actividad de procesamiento pesquero de productos hidrobiologicos, a traves de una planta de harina de pescado de alto contenido proteinico y una planta de enlatado, ubicados en el Sublote A, MORDAZA Industrial III, MORDAZA Tierra Colorada, distrito y provincia de Paita, departamento de MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la misma; Que mediante escritos del visto, la recurrente interpone recurso de reconsideracion, contra la Resolucion Directoral Nº 386-2006-PRODUCE/DGEPP, presentando sus argumentos por los cuales no concluyo con la instalacion autorizada, como es el de no contar con la autorizacion para el tendido de tuberias para abastecerse de agua, la misma que dependia de autorizaciones previas de terceras entidades, y que ultimamente fue aprobado a traves de Resolucion Suprema Nº 312-2006-DE/MGP, de fecha 7 de MORDAZA de 2006 y asimismo, sustenta con la inversion efectuada superior al 50% del proyecto total y un avance aproximado del 94% del proyecto total, verificado en la inspeccion tecnica efectuada en fechas 21 y 22 de febrero

de 2007, lo que conlleva a comprobar una sustantiva inversion economica; por lo que es procedente declarar fundado en parte, el citado recurso de reconsideracion y autorizar la renovacion de autorizacion de instalacion del establecimiento industrial pesquero, a fin de que la recurrente concluya con la instalacion de su proyecto; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto, a traves del Informe Nº 1002007-PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion legal respectiva; De conformidad con los articulos 43º inciso b), numeral 4, 44º y 46º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar fundado en parte el recurso de reconsideracion presentado por la empresa PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A., en contra de la Resolucion Directoral Nº 386-2006-PRODUCE/DGEPP, de fecha 23 de octubre de 2006, que declaro entre otros, Inadmisible el pedido de otorgamiento de plazo adicional solicitado por la recurrente, para concluir con la instalacion de su establecimiento industrial pesquero. Articulo 2º.- Otorgar a la empresa PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A., renovacion de autorizacion de instalacion de un establecimiento industrial pesquero, ubicado en el Sublote A, MORDAZA Industrial III, MORDAZA Tierra Colorada, distrito y provincia de Paita, departamento de MORDAZA, por unica vez; el plazo excepcional de nueve (09) meses, contados a partir de la fecha de notificada la presente resolucion, para que la interesada concluya con la instalacion de su establecimiento industrial pesquero. Previo al inicio de su actividad productiva, solicitara la inspeccion tecnica correspondiente para la determinacion de la capacidad instalada y el otorgamiento de la licencia de operacion, la cual estara acorde con lo dispuesto en el articulo 8º de la Resolucion Directoral Nº 249-2003-PRODUCE/ DNEPP. Articulo 3º.- La empresa PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A., debera instalar su establecimiento industrial pesquero, con sujecion a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como las relativas a la preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo, debera implementar los compromisos asumidos en el Estudio de Impacto Ambiental. Articulo 4º.- El incumplimiento de lo senalado en los articulos 2º y 3º de la presente resolucion seran causales de caducidad del derecho otorgado o de la aplicacion de las sanciones que pudieran corresponder, segun sea el caso. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a la Direccion Regional de la Produccion de MORDAZA y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 57869-2

SALUD
Designan Director de la Oficina de Asesoria Juridica del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplasicas
RESOLUCION MINISTERIAL N° 378-2007/MINSA MORDAZA, 9 de MORDAZA del 2007

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.