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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MAYO DEL AÑO 2007 (23/05/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 51

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 23 de mayo de 2007 345829 Cooperación Internacional, autorizando el viaje en comisión de servicios a la ciudad de Miami-Florida de los Estados Unidos de Norteamérica a los señores regidores José del Carmen Del Castillo Paz, Patricia Rosa Chirinos Venegas y Del fi na Nelly Barboza Castillo de Briceño, los días 10, 11, 13 y 14 de junio para asistir a la XIII Conferencia “Construyendo el Municipio Competitivo: Cooperación Nacional, Regional y Local para el Desarrollo Económico”, autorizándose el egreso de US $ 6,594,75 (seis mil quinientos noventa y cuatro y 75/100 dólares americanos), para los representantes de la Municipalidad; Que, mediante el Memorando N° 010-2007-MPC- SR-DBC, la Regidora Del fi na Nelly Barboza Castillo de Briceño, pide se le exima del viaje a Miami-Florida al no haber obtenido la visa correspondiente; Que, el señor Alcalde solicitó que se modi fi que el Acuerdo N° 000038, reemplazando a la regidora Nelly Barboza Castillo de Briceño por la regidora Aída Naldy Sotomayor García, Presidenta de la Comisión de la Mujer, el Niño, el Adolescente y el Adulto Mayor en el viaje en comisión de servicios a la ciudad de Miami-Florida de los Estados Unidos de Norteamérica, los días 10, 11, 13 y 14 de junio para asistir a la XIII Conferencia “Construyendo el Municipio Competitivo: Cooperación Nacional, Regional y Local para el Desarrollo Económico”, Estando a lo expuesto, de conformidad a lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades N°27972, el Concejo Municipal Provincial del Callao; ACUERDA :1.Autorizar el viaje en comisión de servicios a la ciudad de Miami-Florida de los Estados Unidos de Norteamérica a la regidora Aída Naldy Clotilde Sotomayor García para asistir a la XIII Conferencia Interamericana de Alcaldes y Autoridades Locales en reemplazo de la regidora Del fi na Nelly Barboza Castillo de Briceño. 2. Modi fi car el numeral 1 del Acuerdo N° 00038 del 5 de marzo de 2007, incluyendo a la regidora Aída Naldy Clotilde Sotomayor García, Presidenta de la Comisión de la Mujer, el Niño, el Adolescente y el Adulto Mayor en el viaje en comisión de servicios a la ciudad de Miami-Florida de los Estados Unidos de Norteamérica, del 10 al 14 de junio para asistir a la XIII Conferencia “Construyendo el Municipio Competitivo: Cooperación Nacional, Regional y Local para el Desarrollo Económico” y modi fi car el numeral 2 de dicho Acuerdo, el cual quedará redactado en los siguientes términos: “2. Autorizar el egreso de US $ 6,594.75 (seis mil quinientos noventa y cuatro y 75/100 dólares americanos) para los representantes de la Municipalidad. Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente acuerdo estarán a cargo de la Municipalidad Provincial del Callao, conforme se detalla a continuación: José del Carmen Del Castillo PazPasajes : US $ 1,068.00Viáticos (US $220 x 5 días) : US $ 1,100.00Tarifa CORPAC : US $ 30.25 Patricia Rosa Chirinos Venegas Pasajes : US $ 1,068.00Viáticos (US $220 x 5 días) : US $ 1,100.00Tarifa CORPAC : US $ 30.25 Aída Naldy Clotilde Sotomayor García Pasajes : US $ 1,068.00Viáticos (US $220 x 5 días) : US $ 1,100.00Tarifa CORPAC : US $ 30.25 3 Dispensar el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO: Mando se registre y cumpla.FELIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao 63592-1MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCABAMBA Fijan monto de remuneración mensual del Alcalde ACUERDO DE CONCEJO N° 01/S.O. N° 08-2007/MPH-CM Huancabamba, 24 de abril del 2007VISTO:En Sesión Ordinaria de Concejo Nº 08-2007, de fecha 23 de abril del 2007, el O fi cio NÚM. 159-2007-MPH- GM, el mismo que adjunta el Informe Legal referido a la remuneración del señor Alcalde y Dietas de los Regidores de la Municipalidad Provincial de Huancabamba; CONSIDERANDO.Que, el día 22 de marzo del 2007, se publicó en el Diario O fi cial El Peruano el Decreto Supremo Nº 025-2007- PCM, por el cual se establecen las normas que permiten a los Concejos Municipales determinar los ingresos por todo concepto de los Alcaldes Provinciales y Distritales en el marco de la Ley Nº 28212 modi fi cada por el Decreto de Urgencia Nº 038-2006; Que, analizado el Decreto Supremo, se establece que para la determinación de los Ingresos por todo concepto de los Alcaldes Provinciales, se debe tener en cuenta de conformidad al Artículo 3º del D.S. Nº 025-2007-PCM, el anexo que es parte integrante de la norma con lo cual se determina: la proporción de la población electoral de la circunscripción de acuerdo a la información emitida por la RENIEC; Ubicando la proporción electoral en la escala para determinar el monto del ingreso máximo, se debe otorgar a los Alcaldes de capitales provinciales una asignación adicional conforme a los porcentajes y límites establecidos en el anexo del D.S. Nº 025-2007-PCM, veri fi cando que en ningún caso la sumatoria de los montos determinados superen las 4 ¼ Unidades del Ingreso del Sector Público de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº 28212 modi fi cado por el D.U. Nº 038-2006; Teniendo en cuenta que la proporción de la población electoral de la provincia de Huancabamba, conforme a la RENIEC, es de 14,968 electores, según el anexo del D.S. Nº 025-2007-PCM, la remuneración del Alcalde equivale a S/. 3,250.00 Nuevos Soles, precisando que al ser el distrito capital de la provincia, le corresponde una boni fi cación que no supere el 30% de la remuneración (3,250.00 x 30% = S/. 975.00), totalizando en el importe de S/. 4,225.00 la remuneración mensual del Alcalde de la Municipalidad Provincial de Huancabamba; Que, en la Sesión Ordinaria Nº 08 de fecha 23 de abril del 2007, el Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial de Huancabamba, de conformidad con lo establecido en el D.S. Nº 025-2007-PCM , el Concejo Municipal en forma unánime y con la dispensa del trámite de la aprobación y suscripción del acta; ACORDÓ: Primero.- FIJAR en la suma de S/. 4,225.00, (CUATRO MIL DOSCIENTOS VEINTE y CINCO CON 00/100 NUEVOS SOLES) la remuneración mensual del señor Alcalde de la Municipalidad Provincial de Huancabamba por todo concepto, la misma que regirá a partir del mes de abril del 2007. Segundo.- Dejar sin efecto todas las normas municipales que se opongan al presente acuerdo. Tercero.- Publicar el presente acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano en forma obligatoria. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.VALENTÍN QUEVEDO PERALTA Alcalde 62840-1