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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 6 de noviembre de 2007 356802 MUJER Y DESARROLLO SOCIAL Constituyen Comisión de Investigación y Reorganización de la Sociedad de Beneficencia Pública de Arequipa RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 008-2007-MIMDES Lima, 3 de noviembre de 2007CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 28822 - Ley marco para el fortalecimiento y saneamiento de las Sociedades de Benefi cencia Pública que no reciben transferencias del Tesoro Público, se declaró en Reorganización y Reestructuración a las mencionadas entidades, proceso que incluye a las Sociedades de Benefi cencia Pública de Lima Metropolitana, Trujillo, Arequipa, Huancayo y Cusco, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 8º de la mencionada Ley; Que, el artículo 3º de la norma legal citada establece que mediante Resolución Suprema se constituirán Comisiones de Investigación y Reorganización encargadas de la evaluación de la gestión administrativa, legal, técnica, económica y fi nanciera de determinada Sociedad de Benefi cencia Pública, integradas por representantes del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, la Presidencia del Consejo de Ministros, la Contraloría General de la República, la Sociedad de Benefi cencia Pública y un representante de los trabajadores de la mencionada Sociedad, las que culminarán su labor presentando un Informe Técnico y Legal que contenga las recomendaciones pertinentes; Que, teniendo en cuenta lo señalado en el Oficio Nº 1224-2007-CG/DC del Contralor General de la República, el Oficio Nº 1074-2007-PCM/DM del Presidente del Consejo de Ministros, el Oficio Nº 199-2007-SBA-P del Presidente del Directorio de la Sociedad de Beneficencia de Arequipa; y el Memorándum Nº 041-2007-MIMDES/JGA del Jefe del Gabinete de Asesores del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, resulta necesario constituir la Comisión de Investigación y Reorganización de la Sociedad de Beneficencia Pública de Arequipa, así como designar a los representantes de las entidades que la conforman y al representante de los trabajadores de la citada Sociedad de Beneficencia; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28822 - Ley Marco para el fortalecimiento y saneamiento de las Sociedades de Benefi cencia Pública que no reciben transferencias del Tesoro Público; la Ley Nº 27793 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES y modifi cado por Decreto Supremo Nº 006-2007-MIMDES; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Constitución de la Comisión Constitúyase la Comisión de Investigación y Reorganización encargada de la evaluación de la gestión administrativa, legal, técnica, económica y fi nanciera de la Sociedad de Benefi cencia Pública de Arequipa, a que se refi ere el artículo 3º de la Ley Nº 28822 - Ley Marco para el fortalecimiento y saneamiento de las Sociedades de Benefi cencia Pública que no reciben transferencias del Tesoro Público. Artículo 2º.- Integrantes de la Comisión La Comisión que se constituye por el artículo precedente, estará integrada por: - El señor LUIS DANTE MENDIETA FLORES, Asesor del Despacho Ministerial del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, como representante del MIMDES, quien la presidirá. - El señor DIMAS CONCHA TENORIO, representante de la Presidencia del Consejo de Ministros. - El señor ALBERTO SALARDI BRAMONT, representante de la Contraloría General de la República. - El señor EDSON JOEL DELGADO RODRÍGUEZ, representante de la Sociedad de Benefi cencia Pública de Arequipa. - El señor GUIDO ALFREDO URQUIZO VALDIVIA, representante de los trabajadores de la Sociedad de Benefi cencia Pública de Arequipa. Artículo 3º.- Instalación La Comisión se instalará en el plazo máximo de tres (3) días útiles, contados a partir de la vigencia de la presente Resolución. Artículo 4º.- Informe Final La Comisión culminará su labor en el plazo de ciento veinte (120) días calendario con la emisión de un Informe Técnico y Legal, el cual será presentado al Despacho Ministerial de la Mujer y Desarrollo Social. Artículo 5º.- Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República VIRGINIA BORRA TOLEDO Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 128098-1 RELACIONES EXTERIORES Autorizan al Ministerio de la Producción a efectuar el pago de contribuciones a la ONUDI RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 305-2007-RE Lima, 5 de noviembre de 2007VISTO.El Ofi cio Nº 1688-2007-PRODUCE/SG, de fecha 16 de octubre de 2007, del Ministerio de la Producción por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago del saldo de la cuota 2005 y la cuota 2006 a la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI), CONSIDERANDO:Que el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional, Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de contribuciones al mencionado organismo internacional, con cargo al presupuesto del Ministerio de la Producción; Estando a lo acordado;