Norma Legal Oficial del día 06 de noviembre del año 2007 (06/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

356808
Nº Procedimiento 122 125 Calificacion

NORMAS LEGALES
RESUELVE:
Calificacion automatico "x" Evaluacion Negativo "20 dias" 133 Calificacion automatico "x" Direcciones de Salud de MORDAZA y Callao 3 Evaluacion Positivo "2 dias" 7 Evaluacion Positivo "12 dias" 18 Evaluacion Positivo "12 dias" 19 Evaluacion Positivo "12 dias" 20 Evaluacion Positivo "12 dias" 21 Evaluacion Positivo "12 dias" 22 Evaluacion Positivo "12 dias" 23 Evaluacion Positivo "12 dias" 24 Evaluacion Positivo "12 dias" 25 Evaluacion Positivo "12 dias" Hospitales 1 Evaluacion Positivo "03 dias" 2 Evaluacion Positivo "02 dias" 5 Evaluacion Positivo "07 dias" 6 Evaluacion Positivo "06 dias" 7 Evaluacion Positivo "18 dias" Institutos Especializados 1 Evaluacion Positivo "05 dias" 2 Evaluacion Positivo "05 dias" 4 Evaluacion Positivo "05 dias" 5 Evaluacion Positivo "14 dias" 7 Evaluacion Positivo "25 dias"

El Peruano MORDAZA, martes 6 de noviembre de 2007

Articulo 1°.- Ampliar el plazo senalado en el articulo 3° de la Resolucion Ministerial Nº 809-2007/MINSA, hasta por treinta (30) dias calendario adicionales contados a partir del dia siguiente de publicada la presente Resolucion. Articulo 2°.- Dejar subsistentes los demas aspectos contenidos en la Resolucion Ministerial N° 809-2007/ MINSA. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA SOLOGUREN Ministro de Salud 127755-1

VIVIENDA
Exoneran de MORDAZA de seleccion por situacion de emergencia la adquisicion de modulos de vivienda que se distribuiran en las provincias de Canete, Chincha, MORDAZA e Ica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 561-2007-VIVIENDA MORDAZA, 31 de octubre de 2007 VISTO: El Informe Tecnico Legal Nº 0176-2007/VIVIENDAOGA de la Oficina General de Administracion y el Informe Nº 286-2007-VIVIENDA/OGAJ de la Oficina General de Asesoria Juridica, asi como los antecedentes que lo acompanan; CONSIDERANDO: Que, el inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, establece que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia declaradas segun la citada Ley; Que, de conformidad con el articulo 22º de la MORDAZA citada en el considerando precedente, se entiende como situacion de emergencia aquella en la cual la Entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastroficos, quedando la Entidad exonerada de la tramitacion del expediente administrativo, pudiendo ordenar la ejecucion de lo estrictamente necesario para remediar el evento producido y satisfacer la necesidad sobrevenida, sin sujetarse a los requisitos formales de la citada Ley; Que, por su parte, el articulo 142º del Reglamento de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004PCM, senala que la Entidad debe adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir y atender desastres, asi como para satisfacer las necesidades sobrevivientes, despues de lo cual debera convocar los procesos de seleccion que correspondan; Que, asimismo, el precitado articulo 142º senala que toda contratacion o adquisicion realizada para enfrentar una situacion de emergencia debera regularizarse dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la finalizacion del evento que la produjo, incluyendo el MORDAZA en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad, publicando la Resolucion correspondiente, remitiendolo, junto con el informe tecnico-legal sustentatorio, a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA SOLOGUREN Ministro de Salud 127753-1

Amplian plazo otorgado a comision encargada de formular el "Sistema Nacional de Provision de Sangre Segura"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 924-2007/MINSA MORDAZA, 31 de octubre del 2007 Visto; el Oficio N° 1874-2007-J-OPD/INS de la Jefa del Instituto Nacional de Salud; CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo N° 009-2007-SA se declaro en emergencia a nivel nacional la Red de Centros de Hemoterapia y Bancos de Sangre, Publicos y Privados y su reorganizacion; Que, la Resolucion Ministerial Nº 809-2007/MINSA constituyo la Comision encargada de formular el "Sistema Nacional de Provision de Sangre Segura"; Que, mediante Oficio N° 1860-2007-DM/MINSA del 28 de septiembre de 2007 se designo a la Jefa del Instituto Nacional de Salud como representante del Ministerio de Salud ante la Comision encargada de formular el "Sistema Nacional de Provision de Sangre Segura"; Que, la Resolucion Ministerial N° 888-2007/MINSA, incorporo a la precitada Comision un representante de la Sociedad Peruana de Patologia Clinica; Que, mediante el documento del visto, el Instituto Nacional de Salud propone la ampliacion de plazo otorgado en el articulo 3° de la Resolucion Ministerial N° 809-2007/MINSA para el cumplimiento del encargo encomendado por el Despacho Ministerial de Salud; Con el visado de la Viceministra de Salud, de la Jefa del Instituto Nacional de Salud y del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del articulo 8° de la Ley N° 27657, Ley de Ministerio de Salud;

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