Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 2007 (15/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, jueves 15 de noviembre de 2007

NORMAS LEGALES

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de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, se considera desabastecimiento inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la entidad tiene a sus cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta a la entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios y obras solo por el tiempo o cantidad segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponde; Que, mediante los Oficios numeros 339 y 353DGIE-UNDAC de la Direccion de la Oficina General de Informatica y Estadistica, elevan el informe tecnico mediante la cual se da cuenta que debido a circunstancias de fuerza mayor y por su naturaleza imprevisible el sabado 27 de octubre del presente ano a partir de las 4:00 p.m hasta las 6:00 p.m se ha producido una tormenta y fuertes descargar electricas en la cuidad de Cerro de Pasco, ocasionando aquello danos mayores y serias averias al Swich y Otros dispositivos de la Administracion Central, Facultad de Ingenieria, Registros Academicos Central y demas dependencias perjudicando el sistema de comunicacion en toda la Institucion universitaria; Que, asimismo mediante el Oficio Nº 305.2007. DGOAJ-UNDAC de la Direccion de la Oficina General de la Accesoria Juridica se informa sobre la procedencia de la adquisicion por desabastecimiento inminente de acuerdo a lo normado en los Decretos Supremos 083 y 084-2004-PCM y ello de acuerdo a los hechos expuestos en el precitado considerando; Que, de acuerdo a lo normado en al Art. 21º del D.S Nº 083-PCM y en concordancia a los establecido en el Art. 141º del D.S Nº 084-2004-PCM, se debe efectuar la adquisicion del Swich y otros dispositivos, y ello en cuanto se refiere al procedimiento establecido de acuerdo a la normatividad citada; y El senor Rector en uso de las facultades que le confiere la Ley Universitaria Nº 23733, el Estatuto de la UNDAC y con cargo a dar cuenta al Honorable Consejo Universitario RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar en Situacion de Desabastecimiento Inminente el Sistema de Comunicacion de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la adquisicion del Swich y otros dispositivos, hasta S/. 74,000.00 nuevos soles. Articulo Tercero.- Autorizar a la Direccion de la Oficina General de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA para que efectuara la adquisicion de los respectivos bienes en forma directa mediante acciones inmediatas en concordancia a lo establecido en el Art. 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Cuarto.- Encargar a la Oficina General de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la UNDAC para que publique la resolucion de exoneracion dentro de los diez (10) habiles siguientes a su emision en el diario oficial El Peruano, asi como su publicacion en el SEACE. Articulo Quinto.- Transcribir la presente resolucion al CONSUCODE, SEACE, Oficina de Planificacion y Presupuesto, Organo de Control Institucional y demas dependencias de acuerdo a Ley para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA S. MORDAZA MORDAZA Rector 132341-1

Exoneran a la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA de seleccion para contratar la elaboracion de estudios de pre inversion a nivel de perfil con la Universidad Nacional Agraria - La MORDAZA, para diversos proyectos
UNIVERSIDAD NACIONAL MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA RESOLUCION RECTORAL Nº 1219-2007-UH MORDAZA, 9 de noviembre del 2007 VISTO: El Expediente Nº 029925-07, de fecha 8 de junio de 2007, contenido en el Comunicado Nº 133-07/PEPRI; MORDAZA de las Resoluciones Rectorales Nº 0529-2007-UH, de fecha 29 de MORDAZA de 2007, y Nº 0917-2007-UH, de fecha 18 de setiembre de 2007; el Proveido Nº 38312007-OPyP, de fecha 20 de MORDAZA de 2007; el Informe Nº 037-2007-ACEP/VPV, de fecha 3 de octubre de 2007; el Informe Nº 493-2007-UH, de fecha 11 de octubre de 2007; el Decreto de Rectorado Nº 8454-2007-UNJFSC de fecha 7 de noviembre de 2007, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Rectoral Nº 0529-2007-UH, de fecha 29 de MORDAZA de 2007, se aprueba el Convenio Especifico para la Elaboracion de Estudios entre la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y la Universidad Nacional Agraria-La MORDAZA, que contiene 12 clausulas, estableciendose en su Clausula Setima que la elaboracion de los estudios por la Universidad Nacional Agraria de La MORDAZA se realizara por el monto ascendente a S/ 56,200.00 (Cincuenta y seis mil doscientos nuevos soles), con afectacion a la partida de inversiones para estudios, con Fuente de Financiamiento del Canon y Sobrecanon de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para la elaboracion de los Estudios de Pre Inversion a Nivel de Perfil de los siguientes proyectos: 1.- Implementacion y equipamiento de laboratorios basicos (Microbiologia, Biologia, Quimica y Fisica). 2.- Implementacion y Equipamiento de Laboratorio y Analisis de Aguas y Efluentes. 3.- Construccion y Equipamiento de la Escuela de Postgrado. 4.- Sistema de Riego tecnificado de la MORDAZA Universitaria. 5.- Ampliacion y Equipamiento del Pabellon de la Facultad de Ciencias Contables, Economicas y Financieras (Escuela Academico Profesional de Economia). 6.- Centro de Informacion y Capacitacion Agraria Regional (CICAR) 7.- Ampliacion y Equipamiento del Pabellon de la Facultad de Ciencias Sociales. Que, mediante Resolucion Rectoral Nº 0917-2007UH, de fecha 18 de septiembre de 2007 se aprueba la Addenda al Convenio Especifico suscrito entre la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y la Universidad Nacional Agraria-La MORDAZA, estableciendose la modificacion de la Clausula setima, la misma que pasa a disponer la afectacion, por toda fuente, a la Partida de Inversion para Estudios de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA Carrion; Que, mediante el expediente de visto, el Coordinador del Departamento Academico de Economia y Planificacion de la Universidad Nacional Agraria-La MORDAZA solicita al Rector de esta MORDAZA Superior de Estudios disponga la adopcion de las acciones pertinentes a efectos de que se proceda a girar el 30% de lo pactado en el Convenio precitado, por concepto de Avance de Investigacion, en aplicacion de lo dispuesto en su Clausula Octava; Que, mediante el Proveido Nº 3831-2007-OPyP, de fecha 20 de MORDAZA de 2007, el Jefe de la Oficina de

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