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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 15 de noviembre de 2007 357582 POR CUANTO: El Consejo Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los Artículos 197º y 198º de la Constitución Política del Estado, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización – Ley Nº 27680, Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cado por la Ley Nº 27902, 28968 y demás normas complementarias, en Sesión Ordinaria de fecha 24 de abril del 2007; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 27902, Ley Nº 28968, se modifi có la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, incorporándose el Consejo de Coordinación Regional, como órgano consultivo y de coordinación del Gobierno Regional, integrado por los Alcaldes Provinciales y por los Representantes de la Sociedad Civil; Que, en cumplimiento a la Constitución Política del Perú; la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867, modifi cada por Ley Nº 27902, Ley Nº 28968, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, del Reglamento de la Ley, aprobado con Decreto Supremo N° 171-2003-EF; Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública y disposiciones complementarias y modifi caciones; e Instructivo N° 001-2007-EF/76.01 “Instructivo para el Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2008”, aprobado por Resolución Directoral N° 081-2007-EF/76.01, que establece los lineamientos generales para el Proceso del Presupuesto Participativo; Que, en concordancia al marco legal, antes señalado, es necesario contar con un reglamento que regule los mecanismos y procedimientos, a través del cual se incorporan los Agentes Participantes con énfasis a las organizaciones de la sociedad civil; al Comité de Vigilancia y Control; y Equipo Técnico, en el proceso del Presupuesto Participativo, incluido un cronograma, como marco orientador de las actividades a realizar en cada una de las etapas del proceso; Que, el Consejo Regional tiene la atribución de normar la organización del Gobierno Regional, a través de Ordenanzas Regionales, en concordancia con lo previsto en el Artículo 15° inciso a) y el Artículo 38° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, el desarrollo regional implica desencadenar un proceso promovido y asumido por todos los actores e individuos de un territorio; se orienta a optimizar y racionalizar el potencial humano, los recursos institucionales, ambientales, sociales, económicos y culturales de un territorio, de una forma equilibrada y sostenible. Para tal fi n será importante desarrollar una adecuada defi nición de objetivos estratégicos y priorización de acciones y proyectos que permitan aprovechar los recursos existentes de manera concertada entre los distintos actores públicos y de la sociedad civil, así como la coordinación entre los distintos niveles de gobierno; Que es necesario perfeccionar la interrelación entre los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, a fi n que los procesos en la región se desarrollen de manera articulada. Para ello será importante que desde cada ámbito y nivel de gobierno, tomen en cuenta la visión nacional, regional y local y que consideren los acuerdos alcanzados y las propuestas adoptadas en sus propios procesos participativos, a fi n que se produzca una retroalimentación entre los procesos de las respectivas circunscripciones; De conformidad con las facultades conferidas por el anexo 8) del Art. 192º de la Constitución Política del Estado, texto reformado y por el Inc. a) del Art. 15º, Arts. 37º y 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional; el Consejo Regional de Ucayali, en Sesión Ordinaria de fecha 24 de abril del 2007, aprobó la siguiente: ORDENA: Artículo Primero.- Aprobar el “Reglamento N° 001- 2007-GR Ucayali-P”, Reglamento del Proceso General del Presupuesto Participativo Año Fiscal 2008, que consta de seis (06) Títulos, veintiún (21) artículos y siete (07) Disposiciones Transitorias y Finales, cuyo documento se adjunta y forma parte de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, preparar el Cronograma de actividades y la ejecución del proceso. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Administración, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y en un diario de circulación local.” Artículo Cuarto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de comisiones y del trámite de lectura y aprobación del acta. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Ucayali para su promulgación. En Ucayali, a los veinticuatro días del mes de abril del año dos mil siete. CARLOS FERNANDO HENDERSON LIMAConsejero Delegado del ConsejoRegional de Ucayali POR TANTO:Mando se publique y cumpla Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Ucayali a los 2 días del mes de mayo del año dos mil siete. JORGE VELÁSQUEZ PORTOCARRERO Presidente Regional 127607-5 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Suspenden ejecución de obras en propiedad privada y en vía pública así como la expedición de licencias de obra en diversas zonas DECRETO DE ALCALDÍA Nº 056 Lima, 13 de noviembre de 2007 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMACONSIDERANDO:Que el artículo 194° de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que de acuerdo con el numeral 30 del artículo 20° y el numeral 8.2 del artículo 161º de la Ley Orgánica de Municipalidades, el Alcalde preside el Comité Provincial de Defensa Civil correspondiéndole, en el ámbito metropolitano, desarrollar conjuntamente con el Sistema Nacional de Defensa Civil, el Plan Metropolitano de Contingencia para la prevención y atención de situaciones de emergencia y desastre; Que el artículo 79° en los numerales 3.2 y 3.6.2 de la Ley Orgánica de Municipalidades prevé como funciones específi cas de los gobiernos locales autorizar y fi scalizar la ejecución del plan de obras de servicios públicos o privados que afecten o utilicen la vía pública o zonas aéreas; asimismo normar regular, otorgar autorizaciones y realizar la fi scalización de la construcción, remodelación o demolición de inmuebles y declaratorias de fábrica; Que el Reglamento de Administración del Centro Histórico de Lima y el Plan Maestro Centro de Lima, aprobados por las Ordenanzas Nos. 062 y 201 respectivamente, establecen las políticas de seguridad, prevención y mitigación de desastres en el Centro Histórico de Lima; Que, en consideración a que en los meses de noviembre y diciembre se incrementa el comercio y la presencia de público en la zona del Mercado Central, Mesa Redonda y la zona oeste del Cercado de Lima que comprende las 8 primeras cuadras de la Av. Argentina y la segunda y tercera cuadra del Jr. Amazonas, así como las cuadras del Jr. de la Unión entre la Plaza de Armas y la Plaza San Martín las cuales presentan características de riesgo y a fi n de evitar situaciones de emergencia respecto a la seguridad de las personas, la propiedad privada y pública e impedir accidentes, es necesario adoptar medidas de seguridad y prevención durante la temporada navideña, siendo necesario disponer