TEXTO PAGINA: 4
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 2 de octubre de 2007 354594 Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: Lyda García Cortes- Viáticos (US$ 200,00 x 3 días) : US$ 600,00 - Pasajes Aéreos : US$ 900,00- Tarifa Corpac : US$ 30,25 Patricia Fabiola Rios Mantilla- Viáticos (US$ 200,00 x 6 días) : US$ 1 200,00 - Pasajes Aéreos : US$ 900,00- Tarifa Corpac : US$ 30,25 Artículo 3º.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, las personas cuyo viaje se autoriza mediante el Artículo 1º de la presente Resolución Suprema, presentarán a la Titular de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirán; asimismo, deberán presentar la rendición de cuentas respectivas, de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES ARAOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 115442-4 Designan Secretaria General de PROMPERÚ RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 195-2007-MINCETUR-DM Lima, 1 de octubre de 2007CONSIDERANDO: Que, conforme a los artículos 13º y 14º del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2007-MINCETUR, el Secretario General es la máxima autoridad administrativa de la entidad y Titular del Pliego y es designado por Resolución Ministerial; Que, PROMPERÚ es un organismo público descentralizado del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27790 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y el Decreto Supremo Nº 009 -2007-MINCETUR, antes citado; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha, a doña Pilar Pajares Sayán, en el cargo de Secretaria General de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERU, cargo que será desempeñado con el carácter de con fi anza. Regístrese, comuníquese y publíquese.MERCEDES ARAOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 115432-1ECONOMIA Y FINANZAS Modifican el D.S. Nº 202-92-EF , que aprueba relación de bienes que podrán ser adquiridos al detalle por turistas que visiten la Zona Comercial de Tacna DECRETO SUPREMO Nº 153-2007-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 202-92-EF se aprobó la relación de bienes que podrán ser adquiridos al detalle en los montos y volúmenes establecidos en este dispositivo, por los turistas que visiten la Zona Comercial de Tacna para su traslado al resto del territorio nacional; Que, según lo dispuesto en el artículo 9º de la Ley Nº 28599, que modi fi ca el artículo 20º de la Ley Nº 27688, Ley de Zona Franca y Zona Comercial de Tacna, se señala que en tanto no se apruebe un nuevo dispositivo para la franquicia se continuará aplicando lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 202-92-EF o norma que lo modi fi que o sustituya; Que, en concordancia a lo señalado en el párrafo precedente y teniendo en cuenta los avances tecnológicos y aparición de nuevos productos en el mercado, resulta necesario actualizar el listado de bienes que podrán ser adquiridos al detalle en la Zona Comercial de Tacna; En uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 28599 y el numeral 8º del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA:Artículo 1º.- Modi fi cación del artículo 1º del Decreto Supremo Nº 202-92-EF Inclúyase como Sección A1 en el anexo a que se refi ere el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 202-92-EF, lo siguiente: “Sección A1: Artículos que pueden ser adquiridos libre del pago de tributos por una sola vez en un período de 12 meses: a) Una (1) Lap Top o Note Book. b) Un (1) Televisor hasta 29 pulgadas. Respecto al inciso a) de la presente Sección A1, los menores de 18 años sólo podrán hacer uso de dicha franquicia en caso no opten por la franquicia a que se re fi ere el inciso k) de la sección B, dentro de un período de 12 meses.” Artículo 2º.- Modi fi cación de incisos de la sección A del anexo del Decreto Supremo Nº 202-92-EF Modifíquese los incisos f), h) e i) de la sección A del anexo del Decreto Supremo Nº 202-92-EF, de acuerdo a los textos siguientes: “f) Hasta tres (3) litros de licor. h) Una cámara fotográ fi ca o digital, y hasta 5 rollos de película o un soporte de memoria, respectivamente. i) Maletas, carteras, bolsas y otros envases de uso común, que contengan los objetivos que constituyen el equipaje del turista.” Artículo 3º.- Modi fi cación de la sección B del anexo del Decreto Supremo Nº 202-92-EF Modifíquese los incisos b), d), e), f), k), m), n) y r) e incorpórese los incisos t), u), v) y w) así como un segundo párrafo en la sección B del anexo del Decreto Supremo Nº 202-92-EF, de acuerdo a lo siguiente: “b) Una videograbadora, o grabador o reproductor de imagen y sonido inclusive con ampli fi cador incorporado y parlantes que formen parte de éste. d) Un radiocassette o tocacasette, un tocadiscos o tocadiscos compacto o un minicomponente o equipo de sonido. e) Un autoradio, reproductor de cassette y/o disco compacto, o equipo de audio y/o video para auto que los