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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE OCTUBRE DEL AÑO 2007 (02/10/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 2 de octubre de 2007 354600 Artículo 2º.- La transferencia fi nanciera a que se refi ere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuesto aprobado del presente año fi scal 2007, de la Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos en la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Artículo 3º. - De conformidad con la Ley Nº 28979, los desembolsos sólo se efectivizarán luego que la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHONGOYAPE presente al Programa Agua Para Todos, el contrato de ejecución de estudios, obra o supervisión de los proyectos, así como las valorizaciones, informes de avance de ejecución, u otro documento relacionado a componentes aprobados en la viabilidad de los proyectos, según corresponda; y de conformidad con los artículos 237º, 243º, 246º y demás normas pertinentes del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM que le sean aplicables. El cronograma de desembolsos contenido en el Anexo B podrá ser materia de modi fi cación en función de los resultados de la ejecución de los proyectos, así como por factores externos no previsibles. El cronograma actualizado (o modi fi cado) deberá contar con la conformidad de la Entidad Ejecutora de los Proyectos y del Programa Agua para Todos. Artículo 4º .- Los términos y obligaciones de la presente transferencia fi nanciera se encuentran previstos en el Convenio Especí fi co para el fi nanciamiento de los proyectos de saneamiento a suscribirse entre la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHONGOYAPE y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Artículo 5º.- El Programa Agua para Todos es responsable del cumplimiento de la ejecución del Convenio referido en el artículo 4º de la presente Resolución, así como del seguimiento y monitoreo de los proyectos contenidos en el mismo. Regístrese, comuníquese y publíquese.HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Vivienda,Construcción y Saneamiento ANEXO A PROYECTOS DE INVERSION UNIDAD EJECUTORA : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHONGOYAPE COD SNIP PROYECTOS TIPO DE EJECUCION PRESUPUESTARIAPPTO. PIM 2007TRANS. FINANC. HASTA POR S/. 48991 MEJORAMIENTO DE LA LINEA DE CONDUCCION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE DE CHONGOYAPE, DISTRITO DE CHONGOYAPE - CHICLAYO - LAMBAYEQUE INDIRECTA 1,172,978.00 1,172,978.00 49569 REHABILITACION DEL SISTEMA COLECTOR PRINCIPAL EN LA AV. CHICLAYO CUADRA 13 A 17, AV. BOLÍVAR CUADRA 18 A 22 - DISTRITO DE CHONGOYAPE - CHICLAYO - LAMBAYEQUE INDIRECTA 1,200,000.00 1,200,000.00 56465 INSTALACION DEL SISTEMA DE DESAGUE EN TABLAZOS - DISTRITO DE CHONGOYAPE - CHICLAYO - LAMBAYEQUE INDIRECTA 225,978.00 225,978.00 56472 REHABILITACION Y MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE DESAGUE DEL CENTRO POBLADO HUACA BLANCA - DISTRITO DE CHONGOYAPE - CHICLAYO - LAMBAYEQUE INDIRECTA 973,310.00 973,310.00 TOTAL 3,572,266.00 3,572,266.00 ANEXO B PROYECTOS DE INVERSION UNIDAD EJECUTORA : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHONGOYAPE COD SNIP PROYECTOS TIPO DE EJECUCION PRESU- PUESTARIACRONOGRAMA DE DESEMBOLSOS PROYECTADO S/.TRANS. FINANC. HASTA POR S/.MES 01 MES 02 MES 03 48991 MEJORAMIENTO DE LA LINEA DE CONDUCCION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE DE CHONGOYAPE, DISTRITO DE CHONGOYAPE - CHICLAYO - LAMBAYEQUE INDIRECTA 59,000.00 704,000.00 409,978.00 1,172,978.00 COD SNIP PROYECTOS TIPO DE EJECUCION PRESU- PUESTARIACRONOGRAMA DE DESEMBOLSOS PROYECTADO S/.TRANS. FINANC. HASTA POR S/.MES 01 MES 02 MES 03 49569 REHABILITACION DEL SISTEMA COLECTOR PRINCIPAL EN LA AV. CHICLAYO CUADRA 13 A 17, AV. BOLÍVAR CUADRA 18 A 22 - DISTRITO DE CHONGOYAPE - CHICLAYO - LAMBAYEQUE INDIRECTA 60,000.00 720,000.00 420,000.00 1,200,000.00 56465 INSTALACION DEL SISTEMA DE DESAGUE EN TABLAZOS - DISTRITO DE CHONGOYAPE - CHICLAYO - LAMBAYEQUE INDIRECTA 12,000.00 136,000.00 77,978.00 225,978.00 56472 REHABILITACION Y MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE DESAGUE DEL CENTRO POBLADO HUACA BLANCA - DISTRITO DE CHONGOYAPE - CHICLAYO - LAMBAYEQUE INDIRECTA 49,000.00 584,000.00 340,310.00 973,310.00 TOTAL 180,000.00 2,144,000.00 1,248,266.00 3,572,266.00 Administración Indirecta: El primer desembolso se inciará con la fecha de suscripción del contrato. 115424-1 Aprueban lineamientos para el tratamiento de la Inversión Privada, Nacional o Extranjera, en el Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento y designan Comisionado responsable de la Promoción de la Inversión Privada en el Sector RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 507-2007-VIVIENDA Lima, 1 de octubre de 2007CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, se establece su ámbito, estructura orgánica básica, competencia y funciones, disponiéndose además que el mismo constituye un pliego presupuestal que goza de autonomía administrativa y económica, de acuerdo a Ley; Que, los Decretos Legislativos Nºs. 662 y 757 - Ley de Promoción de la Inversión Extranjera y Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada, respectivamente, contienen las disposiciones esenciales para el crecimiento de la inversión privada nacional y extranjera en todos los sectores de la actividad económica; Que, entre las mencionadas disposiciones se encuentran las referidas al reconocimiento de los derechos de los inversionistas dentro del marco de la economía social de mercado basada en la libre competencia, así como normas orientadas a garantizar dichos derechos; Que, en el Plan Nacional de Saneamiento aprobado por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento se ha estimado que para los próximos cuatro años se requieren más de 4,000 millones de dólares de inversión en los servicios de agua potable, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales, para que el país pueda cumplir con las metas globales del milenio establecidas por las Nacionales Unidas y suscritas por el Perú; razón por la cual resulta indispensable promover las oportunidades de inversión privada que complementen la inversión pública mediante la implementación de Alianzas Público Privadas y Sociales; Que, en ese sentido, resulta necesario encargar a la persona responsable de promover la promoción de la inversión privada en el ámbito del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento y realice las coordinaciones directamente con la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN y demás entidades e instituciones públicas y privadas respectivas; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27792 y los Decretos Legislativos Nºs. 662 y 757; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar los lineamientos para el tratamiento de la Inversión Privada, Nacional o Extranjera,