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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE OCTUBRE DEL AÑO 2007 (02/10/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 17

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 2 de octubre de 2007 354607 UNIVERSIDADES Exoneran de proceso de selección la contratación de servicios de publicidad para el Ciclo 2007-II y Ciclo Extraordinario 2007-2008 del Centro Preuniversitario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS RECTORADO RESOLUCIÓN RECTORAL N° 05330-R-07 Lima, 27 de septiembre del 2007Visto el Expediente, con Registro de Mesa de Partes General N° 11876-SG-07 del Centro Pre Universitario, sobre solicitud de autorización de gasto y exoneración del Proceso de Selección. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Rectoral N° 00015-R- 07 del 10 de enero de 2007, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en el que se encuentra programado la contratación de servicios de publicidad para el Centro Pre Universitario por un monto estimado de S/. 106,147.00 (Ciento seis mil ciento cuarenta y siete y 00/100 Nuevos Soles); Que con O fi cio N° 427-DAF-CEPREUNMSM-2007, el Centro Pre Universitario solicita la contratación de servicios de publicidad por el monto de S/. 176,013.60 (Ciento setenta y seis mil trece y 60/100 nuevos soles); Que, cuenta con la Hoja de Requerimiento y Autorización de Gasto suscrito por la Dirección General de Administración y las O fi cinas Generales de Economía y de Plani fi cación, con visto bueno respecto a la disponibilidad presupuestal para realizar la adquisición descrita; la misma que será fi nanciada con Recursos Directamente Recaudados; Que mediante Informe N° 464-2007-OA/ups, la O fi cina de Abastecimiento de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos emite Informe Técnico considerando que es procedente que se exonere la contratación de servicios de publicidad requeridos por el Centro Pre Universitario en atención a las características particulares que distinguen a cada uno de los medios de publicidad elegidos por la Universidad, en aplicación de lo dispuesto en el literal f) del Artículo 19° de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 083-2004-PCM y el Artículo 145° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 084-2004-PCM y normas modi fi catorias; Que con Informe N° 1362-OGAL-R-2007, la O fi cina General de Asesoría Legal con fi rma que los servicios de publicidad requeridos por el Centro Pre Universitario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos se encuentran inmersos en la clasi fi cación de servicios personalísimos descritos en el Artículo 145° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, opinando por la procedencia de la exoneración respectiva; Que según el Artículo 145° del Reglamento en mención, la Entidad efectuará las adquisiciones o contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriéndose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las características y condiciones establecidas en las Bases, la misma que podrá ser obtenida, por cualquier medio de comunicación, incluyendo el facsímil y el correo electrónico. Agrega dicha norma legal, que la exoneración se circunscribe a la omisión del proceso de selección; por lo que los contratos que se celebren como consecuencia de aquella deberán cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantías que se aplicarían de haberse llevado a cabo el proceso de selección correspondiente; Que mediante Resolución Rectoral N° 03628-R- 06 del 08 de agosto del 2006, se aprobó los Niveles de Autorización de Gasto para la Administración Central y de las Facultades de la Universidad, que señala que montos mayores a 95 y hasta 105 UIT, son aprobados por la Alta Dirección de la Universidad; y, Estando dentro de las atribuciones conferidas al señor Rector por la Ley Universitaria N° 23733, el Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:1°.- Autorizar el gasto por servicios de publicidad para el Ciclo 2007-II y Ciclo Extraordinario 2007-2008 del Centro Preuniversitario, por el valor referencial de S/. 176,013.60 (Ciento setenta y seis mil trece con 60/100 nuevos soles) con cargo a los Recursos Directamente Recaudados por la Universidad. 2°.-Aprobar la Exoneración del Proceso de Selección de Adjudicación Directa Pública concerniente a la contratación de Servicios de Publicidad para el Ciclo 2007-II y Ciclo Extraordinario 2007-2008 del Centro Preuniversitario por la causal de servicios personalísimos en aplicación a lo dispuesto en el literal f) del Artículo 19° de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 083-2004-PCM y el Artículo 145° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 084-2004-PCM y normas modi fi catorias, hasta por el monto equivalente a S/. 176,013.60 (Ciento setenta y seis mil trece con 60/100 nuevos soles). 3°.- Dejar establecido que el tipo y la descripción básica de los servicios de publicidad aludidos en el resolutivo anterior, el tiempo que se re fi ere contratar cada uno mediante exoneración, así como la identi fi cación de las personas jurídicas que prestarán dichos servicios de publicidad, están incluidos en el anexo que en foja uno (01) forma parte de la presente Resolución. 4°.- Establecer que la dependencia encargada de realizar la contratación exonerada por medio del resolutivo que antecede, es la O fi cina de Abastecimiento de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, la misma que debe realizar la publicación de la presente Resolución en el SEACE. 5°.-Encargar a la Secretaría General de la Universidad, la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano dentro del plazo de Ley. 6°.-Encargar a la O fi cina de Abastecimiento remitir a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, copia de la presente Resolución Rectoral y los Informes Técnico y Legal que lo sustentan, así como el Formato EXO dentro del plazo de Ley. 7°.-Encargar a la Secretaría General de la Universidad, a la O fi cina General de Economía y al Comité Especial Permanente de la Universidad, el cumplimiento de la presente Resolución Rectoral. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.LUIS FERNANDO IZQUIERDO VASQUEZ Rector CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE PUBLICIDAD El servicio de publicidad para los ciclos 2007-II y extraordinario 2007-2008 consiste en la publicación y difusión de 18 avisos publicitarios en medios escritos; 486 en medios televisivos y 168 en emisoras radiales en el cual tiene como objetivo difundir y dar a conocer las inscripciones en los ciclos 2007-II y extraordinario 2007-2008, el cual se detalla de la siguiente manera: MEDIOS ESCRITOS: -DIARIO EL COMERCIO: Con el cual se busca llegar a la población de los segmentos B y C de la población; con la publicación de: - 03 (tres) avisos a full color tres (3) días del mes de septiembre en medidas de 21.34 cm alto x 14.449 cm ancho para el ciclo 2007-II y - 03 (tres) avisos a full color los días domingo 18 y 25 de noviembre y 02 de diciembre en medidas de 21.34 cm alto x 14.449 cm ancho para el ciclo extraordinario 2007-2008.