Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2007 (02/10/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 16

354606

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 2 de octubre de 2007

Que, si bien las resoluciones administrativas MORDAZA senaladas, excluyeron definitivamente la MORDAZA inscripcion, del Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, los ciudadanos cuyos nombres aparecen en la primera inscripcion, se presume que habrian cometido el delito contra la Fe Publica, en la modalidad de falsedad ideologica, tipificado en el articulo 428º del Codigo Penal, dado que ninguna persona puede tener dos identidades; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; y en atencion al Informe de Gerencia de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del RENIEC para que interponga las acciones legales que correspondan por la presunta comision del delito contra la Fe Publica, en la modalidad de falsedad ideologica, en agravio del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra los ciudadanos mencionados, en el primer considerando de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Publico del RENIEC, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 114715-2

Que, segun lo dispone la Sexta Disposicion Final del Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM: "la Jefatura Nacional del Registro dictara las directivas necesarias para la debida interpretacion y aplicacion del presente Reglamento"; bajo tal consideracion, cabe efectuar las precisiones respecto a las Resoluciones Jefaturales ya citadas, a fin de que la medida sea razonable con los objetivos de mantener actualizado el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales y de otorgar seguridad juridica a las relaciones que entablen los particulares en virtud a la informacion que conste en tal Registro; Conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil Nº 26497 y el literal h) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 050-2007JEF/RENIEC; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar el Articulo Tercero de la Resolucion Jefatural Nº 492-2007-JNAC/RENIEC de fecha 5 de junio 2007, el mismo que quedara redactado en los terminos siguientes: "Articulo Tercero.- Autorizar a la Gerencia de Informatica a invalidar los DNI de aquellos ciudadanos comprendidos en los articulos precedentes, que incumplan los plazos establecidos sin regularizar su estado civil, y hasta que lo regularicen, conservando su valor identificatorio y el derecho de su titular al sufragio, asi como la realizacion de actos civiles en los que la verificacion del estado civil no sea indispensable, debiendo aparecer en las Consultas en Linea en la imagen de los datos de los ciudadanos, en letras MORDAZA lo siguiente: "DNI INVALIDO POR CONTRAVENIR EL ARTICULO 37º DE LA LEY Nº 26497" Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Imagen Institucional la difusion del contenido de la presente Resolucion para que pueda ser de conocimiento de los interesados a nivel nacional. Articulo Tercero.- Encargar a las Gerencias de Informatica y Operaciones Registrales la implementacion y cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 115422-1

Modifican la R.J. Nº 492-2007-JNAC/ RENIEC, sobre actualizacion de datos del estado civil en el DNI
RESOLUCION JEFATURAL Nº 842-2007/JNAC/RENIEC MORDAZA, 1 de octubre de 2007 VISTOS: el Informe Nº 136-2007/SJNAC/RENIEC, de la Sub Jefatura Nacional y el Informe Nº 1198-2007-GAJ/ RENIEC, elaborado por la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 1º de la Ley Nº 26497, Organica del RENIEC, senala que el Registro Nacional de Identificacion y Estado civil es un organismo MORDAZA que cuenta con personeria juridica de derecho publico interno y goza de atribuciones en materia registral, tecnica, administrativa, economica y financiera; Que, los Articulos 37º y 38º de la Ley Nº 26497, senalan la obligacion de los ciudadanos de efectuar, entre otros, la modificacion de su estado civil en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, caso contrario el DNI perdera su valor identificatorio; en cuya virtud el RENIEC tiene la obligacion de cumplir dicho mandato legal; Que, con Resolucion Jefatural Nº 501-2007/JNAC/ RENIEC, de fecha 7 de Junio de 2007, se amplio el plazo de treinta (30) dias habiles concedidos mediante Resolucion Jefatural Nº 492-2007-JNAC/RENIEC del 05 de junio de 2007, a ciento veinte (120) dias naturales para la actualizacion del MORDAZA del estado civil en el DNI; Que, con Resolucion Jefatural Nº 835-2007/JNAC/ RENIEC de fecha 26 de setiembre de 2007, se amplio hasta el 31 de diciembre de 2007 el plazo otorgado en la Resolucion Jefatural Nº 501-2007/JNAC/RENIEC; Que, a traves del documento del visto de la Sub Jefatura Nacional, se ha recogido las recomendaciones efectuadas por la Defensoria del Pueblo, en el sentido que, la invalidez a que hace mencion el Articulo 37º de la Ley Nº 26497, ocasionaria limitaciones en el ejercicio de los derechos constitucionales de los ciudadanos; en virtud de lo cual, se hace necesario realizar las precisiones correspondientes;

MINISTERIO PUBLICO
FE DE ERRATAS RESOLUCION Nº 1153-2007-MP-FN Mediante Oficio Nº 7557-2007-MP-FN-SEGFIN, el Ministerio Publico solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Nº 1153-2007-MP-FN, publicada en nuestra edicion del dia 28 de setiembre de 2007. DICE: Articulo Tercero.- Nombrar a la doctora MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de MORDAZA, en el Despacho de la MORDAZA Fiscalia Provincial Penal de Piura. DEBE DECIR: Articulo Tercero.- Nombrar a la doctora MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de MORDAZA, en el Despacho de la MORDAZA Fiscalia Provincial Penal de Piura. 115406-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.