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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE OCTUBRE DEL AÑO 2007 (02/10/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 2 de octubre de 2007 354598 23 DE OCTUBRE Ministerio de Educación, excepto USES 01, 03 y 07Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de Educación 24 DE OCTUBRE Ministerio de Energía y MinasMinisterio de Vivienda, Construcción y SaneamientoMinisterio de Trabajo y Promoción del EmpleoMinisterio de SaludMinisterio de Comercio Exterior y TurismoMinisterio de la ProducciónMinisterio de la Mujer y Desarrollo SocialGobiernos Regionales: Todas las Unidades Ejecutoras, excepto las de Educación y de Agricultura 25 DE OCTUBRE Ministerio del Interior Artículo 2º.- La Dirección Nacional del Tesoro Público emitirá las Autorizaciones de Pago con anticipación de un día hábil a la fecha indicada en el Artículo 1º. En los casos de Unidades Ejecutoras que estén realizando el pago de las remuneraciones y pensiones a los servidores públicos, a través de cuentas bancarias individuales, abiertas en el sistema bancario, dichas Autorizaciones serán aprobadas con anticipación de dos días hábiles al programado en el Cronograma; para el efecto las Unidades Ejecutoras requerirán sus habilitaciones con la antelación necesaria. Artículo 3º.- La presentación y/o transmisión de Cartas Órdenes o Giros Electrónicos por los mencionados conceptos se efectuará hasta por los montos límites de las correspondientes Autorizaciones de Pago, bajo responsabilidad del Director General de Administración o quien haga sus veces. La información con el detalle de los montos y cuentas de ahorro de los pensionistas o personal activo a ser abonados, deberá ser exactamente igual al monto considerado en la Carta Orden o Giro Electrónico, debiendo ser transmitida a través del SIAF-SP, o de ser el caso presentada en medio magnético, al Banco con dos días de anticipación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSE BERLEY ARISTA ARBILDO Viceministro de Hacienda 115407-1 VIVIENDA Aprueban suscripción de Convenio de Cooperación entre el Ministerio y el PNUD para la ejecución de los Proyectos “La Calle de Mi Barrio” y “Mejorando Mi Pueblo” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 505-2007-VIVIENDA Lima, 1 de octubre de 2007VISTO:Los Informes Nº 045 y 219 –2007-VIVIENDA-VMVU – PIMBP del Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 017-2007- VIVIENDA se crea el “Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos” bajo el ámbito del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo, y se aprueba la fusión de diversos Programas y Proyectos, entre los que se encuentra el Proyecto Piloto “La Calle de Mi Barrio” y el Proyecto de Mejoramiento Integral de Vivienda y Pueblos Rurales - Mejorando Mi Pueblo; Que, de conformidad con la Vigésima Octava Disposición Complementaria y Final de la Ley Nº 29035, Ley que autoriza el Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 y dicta otras medidas, se autoriza excepcionalmente la suscripción de Adendas de convenios de administración de recursos, a través de Resolución del Titular del Pliego, entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo- PNUD, para la implementación de proyectos, entre estos, el Proyecto Piloto “La Calle de Mi Barrio” y el Proyecto “Mejoramiento Integral de Viviendas y Pueblos Rurales – Mejorando Mi Pueblo”, y si el plazo de los convenios referidos ha caducado a la vigencia de la presente disposición, la entidad podrá suscribir un nuevo Convenio de administración de recursos con el mismo objeto, autorizándose mediante resolución del Titular del Pliego; Que, en el marco de lo dispuesto por la mencionada Disposición Complementaria, se expide la Resolución Ministerial Nº 412-2007-VIVIENDA que autoriza la suscripción de la Adenda Nº 8 al Convenio de Cooperación celebrado entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo – PNUD, y se autorizan transferencias de recursos al PNUD afi n de culminar la ejecución del Proyecto “Mejoramiento de la Av. 9 de Octubre en la Urbanización Miramar, Distrito de Mollendo – Arequipa” del Proyecto “La Calle de Mi Barrio” del “Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos”, procediéndose con fecha 21 de setiembre del año en curso, a la suscripción de la Adenda Nº 8; Que, por Resolución Ministerial Nº 114-2007- VIVIENDA, se aprueba la selección de cuarenta y nueve (49) ciudades y distritos donde se ejecutarán intervenciones del Proyecto “La Calle de Mi Barrio”, con los aportes del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento en un 80%, de la Municipalidad en un 16% y de la Comunidad Barrial en un 4%; precisando que el aporte correspondiente al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento asciende a S/. 29 334 970.00 (Veintinueve Millones Trescientos Treinta y Cuatro Mil Novecientos Setenta y 00/100 Nuevos Soles) con cargo a la fuente de Recursos Ordinarios correspondientes al ejercicio presupuestal 2007, intervenciones que se encuentran pendiente de ejecución; Que, a su vez con Resolución Ministerial Nº 502-2007- VIVIENDA se aprueba la selección de cincuenta y tres (53) ciudades y distritos donde se ejecutarán intervenciones del segundo grupo de intervenciones del Proyecto “La Calle de Mi Barrio” del Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos, que se fi nanciaran con aportes del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la Municipalidad y la Organización Comunitaria, precisando que el aporte total del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento será hasta por un monto de S/. 49 459 840.00 (Cuarenta y Nueve Millones Cuatrocientos Cincuenta y Nueve Mil Ochocientos Cuarenta y 00/100 Nuevos Soles); Que, por Resolución Ministerial Nº 503-2007- VIVIENDA se aprueba la selección de doscientos noventa y cinco (295) Centros Poblados, cuyos proyectos se encuentran en Fase de Inversión, correspondiente al Tercer y Cuarto Trimestre 2007, donde se ejecutarán las intervenciones del Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos -Proyecto “Mejorando Mi Pueblo”; Que, mediante los informes de Visto, el Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos indica que para optimizar la gestión económica, administrativa y técnica de los proyectos a ejecutarse en el marco del Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos, Proyectos “La Calle de Mi Barrio” y “Mejorando Mi Pueblo”, y a fi n de lograr un pronto inicio de su programación y ejecución durante el presente ejercicio presupuestal, y dada la experiencia comprobada del PNUD como unidad administradora de Convenios de Cooperación Técnica, con lo cual se recomienda la suscripción de un nuevo Convenio de Cooperación con el PNUD y las transferencias fi nancieras de recursos al PNUD a fi n de ejecutar los proyectos a que se re fi eren los considerandos precedentes; Que, la Ley Nº 29042, Ley que adiciona una Disposición Complementaria de la Ley Nº 26850 Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las contrataciones y adquisiciones que se encuentran bajo el ámbito de aplicación de Acuerdos, Tratados u otros compromisos internacionales, que implique la aplicación de los principios de trato nacional y no discriminación, se regirán por lo establecido en dichos Tratados, Acuerdos o Instrumentos Internacionales de los cuales el Perú es parte; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27792,