Norma Legal Oficial del día 11 de octubre del año 2007 (11/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, jueves 11 de octubre de 2007

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que el Decreto Legislativo Nº 932 aprobo la implementacion del Sistema de Comunicacion por Via Electronica para que la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria (SUNAT) notifique los embargos en forma de retencion y actos vinculados a las Empresas del Sistema Financiero Nacional; Que el inciso c) del articulo 1º del Decreto Legislativo MORDAZA mencionado, crea el Sistema de Embargo por Medios Telematicos (SEMT) facultando a la SUNAT a senalar las caracteristicas tecnicas y mecanismos de seguridad de este, asi como los requisitos, formas, condiciones y el procedimiento que seguiran las Empresas del Sistema Financiero para implementar y hacer operativo dicho Sistema; Que mediante la Resolucion de Superintendencia Nº 201-2004/SUNAT se dictaron las normas para implementar el SEMT, disponiendose en su articulo 4º que la incorporacion de dichas entidades al uso del citado sistema seria gradual, para lo cual, se incluyo en una primera etapa a un determinado numero de entidades; Que, a traves de la Resolucion SBS Nº 760-2007, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones autorizo el funcionamiento del Banco Falabella Peru S.A. como una empresa bancaria, por lo que se ha considerado necesario incorporar a la citada empresa al SEMT; En uso de las facultades conferidas por el inciso c) del articulo 1º del Decreto Legislativo Nº 932, el articulo 11º del Decreto Legislativo Nº 501 y el inciso q) del articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Incorporacion de empresa del sistema financiero al SEMT Incorporase al Banco Falabella Peru S.A. a la relacion de Empresas del Sistema Financiero incluidas en el Sistema de Embargo por Medios Telematicos (SEMT) por la Resolucion de Superintendencia Nº 201-2004/SUNAT. Articulo 2º.- Implementacion del SEMT El Banco Falabella Peru S.A. debera implementar el SEMT MORDAZA del 2 de noviembre de 2007 en la forma establecida en la Resolucion de Superintendencia Nº 2012004/SUNAT.

son organos del Gobierno Local, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia"; Que, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de El MORDAZA ha solicitado licencia del 11 al 18 del mes de octubre del 2007 por motivos de salud; Que, de acuerdo al articulo 9° inciso 27. de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley N° 27972; es atribucion del concejo municipal aprobar la licencia solicitada por el Alcalde; Que, de acuerdo al Articulo 24° de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley N° 27972; en caso de ausencia del MORDAZA lo reemplaza el MORDAZA Alcalde; El concejo municipal, estando a las consideraciones MORDAZA aludidas y en uso de las facultades que le confiere la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley N° 27972, con la dispensa del tramite de Comisiones, lectura y aprobacion del Acta, por UNANIMIDAD; ACUERDA : Articulo 1° .- AUTORIZAR la licencia solicitada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de El MORDAZA, del 11 al 18 del mes de octubre del 2007. Articulo 2°.- ENCARGAR a partir del 11 al 18 del mes de octubre del 2007, el despacho de Alcaldia a la MORDAZA MORDAZA, senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mientras dure la ausencia del senor MORDAZA, con las facultades y atribuciones inherentes a dicho cargo. Registrese , comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

118277-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA
Amplian vigencia de amnistia para el cumplimiento de obligaciones tributarias y administrativas otorgada mediante Ordenanza N° 011-2007-CDB
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 016-2007-CDB
Bellavista, 28 de setiembre de 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE BELLAVISTA, en Sesion Ordinaria de la fecha, con el MORDAZA mayoritario de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Organica de Municipalidades le confiere y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas; aprobo la siguiente

DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL Unica.- Vigencia La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA REGJO Superintendente Nacional 118208-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE EL MORDAZA
Autorizan licencia solicitada por MORDAZA y encargan su despacho al MORDAZA MORDAZA
ACUERDO DE CONCEJO Nº 104-2007-SEGE -06-MDEA El MORDAZA, 10 de octubre del 2007 EL CONCEJO DISTRITAL DE EL MORDAZA VISTO: La solicitud presentada por el senor MORDAZA sobre Licencia por motivo de salud, en la sesion extraordinaria de la fecha; y CONSIDERANDO: Que, el articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru establece "Las Municipalidades Provinciales y Distritales

ORDENANZA MUNICIPAL
Articulo 1°.- Ampliar la vigencia de la amnistia concedida mediante Ordenanza Municipal Nº 011-2007-CDB, para el cumplimiento de obligaciones tributarias y administrativas, hasta el 31 de octubre de 2007 y extender sus alcances a las personas naturales y juridicas del distrito, propietarias de predios dedicados a MORDAZA habitacion o comercio y/o servicios hasta 100 m2. Articulo 2º.- Establezcase que para la determinacion del monto a pagar por concepto de arbitrios municipales correspondientes al ano 2007, los locales comunales de la jurisdiccion deben ser categorizados en el Rubro 4 ­ Otros 1 del Cuadro de Usos y Categorias, anexo del Informe Tecnico que sustenta la Ordenanza Municipal Nº 0272006-CDB.

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