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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE OCTUBRE DEL AÑO 2007 (11/10/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 11 de octubre de 2007 355182 Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia Municipal y Dirección de Administración Tributaria y Rentas, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal. POR TANTO:Mando se publique y cumpla.JUAN SOTOMAYOR GARCIA Alcalde 118236-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHINCHA BAJA Declaran en situación de emergencia los servicios de remoción de escombros, limpieza de avenidas y calles y eliminación de desmonte ACUERDO DE CONCEJO Nº 0130-07-MDCHB EL CONCEJO MUNICIPAL DE CHINCHA BAJA VISTO:En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 19-09-2007, con antecedentes de la Sesión de Concejo de fecha 07.09.2007 el Informe Técnico Nº 687-07-DAT/MDCHB de fecha 17.09.07 y el Informe Legal Nº 017-2007-DMM-ALE/MDCHB, de fecha 18.09.07, sobre la exoneración del Proceso de Selección para la Adquisición de Maquinaria Pesada para la Municipalidad Distrital de Chincha Baja; CONSIDERANDO.- Que, mediante Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM, modi ficado mediante D.S. Nº 076-2007-PCM, se declara en Estado de Emergencia el Departamento de Ica y la Provincia de Cañete, por los efectos del fuerte sismo registrado el 15 de Agosto del presente año. Que, mediante Ley Nº 29076 de fecha 22 de agosto del 2007 se autorizó a los Gobiernos Locales de las localidades afectadas por el sismo del 15 de Agosto y declaradas en emergencia, a utilizar, previa aprobación del Concejo Municipal, los recursos que perciben por ingresos provenientes de canon, sobrecanon y regalía minera a que se re fiere la Ley Nº 28528 para destinarlos exclusivamente a la asistencia y ayuda de la población damni ficada por dicho desastre natural y así como la reconstrucción, rehabilitación y reparación de la infraestructura afectada. Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, señala que las municipalidades son los órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el Art. VIII de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala que los gobiernos locales están sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público; así como a las normas técnicas referidas a los servicios y bienes públicos, y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio. Que, de acuerdo al artículo 32º de la Ley Nº 27972, Orgánica de Municipalidades es inherente a su gestión la función de brindar los servicios asegurando el equilibrio presupuestario de la Municipalidad. Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 033- 2007-GORE-Ica se declara en situación de emergencia el territorio de la Región Ica. Que, en ese orden de ideas mediante Acuerdos de Concejo Nº 115-07-MDCHB y Nº 116-07-MDCHB, se acordó declarar al Distrito de Chincha Baja en Estado de Emergencia y aprobar una modi ficación presupuestal respecto a los ingresos provenientes de canon, sobrecanon y regalía minera a que se re fiere la Ley Nº 28528 para ser destinados exclusivamente a la asistencia y ayuda de la población damni ficada por dicho desastre natural y así como la reconstrucción, rehabilitación y reparación de la infraestructura afectada hasta por un monto de S/. 551,000.00. Que, mediante el Informe Nº 027-07-GM/MCHB, la Gerencia Municipal da cuenta que la ayuda que se viene recibiendo del Gobierno Central, Gobierno Regional, y entidades particulares no permite solucionar la apremiante necesidad de remoción de escombros y limpiezas de calles y avenidas del distrito, habiendo transcurrido más de treinta días del desastre sin poder solucionar esta situación. Que, la situación descrita pone en riesgo físico y sanitario a la población del distrito, así mismo atenta contra el libre tránsito, la actividad económica y la posibilidad de iniciar la reconstrucción de las zonas afectadas. Que, el informe de Gerencia Municipal señala que es apremiante contar con una Retroexcavadora –Cargador sobre ruedas, 4x4, de mínimo 90 HP y un Volquete de 10m3, a tiempo completo, que sirvan en forma oportuna para atender la emergencia y ayudar a las poblaciones afectadas, acciones que no se pueden cumplir a falta de la maquinaria descrita. Igualmente se da cuenta que el costo de alquiler de dichas unidades, por lo prolongado del tiempo y la alta demanda en la zona, justi fican que sean adquiridos por la Municipalidad y pasen a formar parte de su Patrimonio. Que, mediante el Informe Legal Nº 017-07-DMM-ALEM/ MDCHB, opina sobre la viabilidad a través de Acuerdo de Concejo según lo dispuesto en los Arts. 19º al 22º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el Art. 142º de su reglamento, que establece que las medidas a adoptar deben prever la atención y satisfacción de la necesidad sobrevenida. Que, ante esta situación el marco legal vigente en materia de contrataciones y adquisiciones del Estado, permite adecuarse a la exoneración de Procesos de Selección a través de la declaratoria de situación de emergencia, y estando al amparo de las citadas normas es procedente que el Concejo Municipal, apruebe la adquisición de una Retroexcavadora-Cargador, sobre ruedas, 4x4, de mínimo 90HP, nueva, hasta por un monto de S/. 375,000.00 y un Volquete de 10m3, semi nuevo, hasta por un monto de S/. 176,000.00. Estando a lo expuesto y de conformidad con los artículos 9º, 32º y 74º de la Ley Nº 27972, Orgánica de Municipalidades, y lo previsto en los Arts. 19º a 22º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el Art. 142º de su Reglamento; y demás normas pertinentes con el voto unánime de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa del trámite de la lectura y aprobación del acta. SE ACUERDA: Artículo 1º.- Declarar en situación de emergencia los servicios de remoción de escombros, limpieza de avenidas y calles, y eliminación de desmonte del distrito de Chincha Baja, Provincia de Chincha, Departamento de ICA, por un período de 180 días. Artículo 2º.- En ejecución de las acciones que corresponde adoptarse por el Estado de emergencia a nivel del ámbito distrital de Chincha Baja, declarar de urgente necesidad la adquisición de los bienes que se requieren para afrontar la situación de emergencia que corresponde a los servicios de salubridad, asistencia, reconstrucción, reforzamiento de las vías, ductos y de transporte en el territorio y para la población afectada del distrito de Chincha Baja, por el período precisado en el Artículo Primero de esta norma. Artículo 3º.- Exonerar del proceso de selección que corresponda a la adquisición una Retroexcavadora-Cargador, nueva, sobre ruedas, 4x4, de mínimo 90HP, hasta por un monto de S/. 375,000.00 (Trescientos setenta y cinco mil y 00/100 nuevos soles) y un Volquete de 10 m3, semi nuevo, hasta por un monto de S/. 176,000.00 (ciento setenta y seis mil y 00/100 nuevos soles), que se efectuarán conforme a los procedimientos establecidos en los artículos 19º y 22º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, con cargo a los fondos de Canon y Sobrecanon Rubro 18; los montos señalados incluyen el IGV. Artículo 4º.- Autorizar a la O ficina de Abastecimiento de la Municipalidad Distrital de Chincha Baja, realizar todas las acciones y trámites conducentes a la formalización y ejecución de la adquisición de los Bienes descritos en el numeral 3º del presente Acuerdo conforme a los procedimientos establecidos en los artículos 19º, 20º y 22º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo 5º.- Encargar a la Secretaría General de la Municipalidad Distrital de Chincha Baja la publicación del presente Acuerdo en el Diario O ficial El Peruano conforme lo dispone el inciso c) del artículo 20º del Decreto Supremo Nº 003-2004-PCM, y se remita una copia del mismo y los informes que lo sustentan a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Adquisiciones y Contrataciones del Estado dentro de los plazos establecidos en la Ley. Dado en la Casa Municipal de Chincha Baja, a los 20 días de septiembre de 2007. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. EMILIO M. DEL SOLAR SALAZAR Alcalde 118088-1