Norma Legal Oficial del día 11 de octubre del año 2007 (11/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 11 de octubre de 2007

Articulo 3º.- Encargar a la Gerencia Municipal y Direccion de Administracion Tributaria y Rentas, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHINCHA BAJA
Declaran en situacion de emergencia los servicios de remocion de escombros, limpieza de avenidas y calles y eliminacion de desmonte
ACUERDO DE CONCEJO Nº 0130-07-MDCHB
EL CONCEJO MUNICIPAL DE CHINCHA BAJA VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 19-09-2007, con antecedentes de la Sesion de Concejo de fecha 07.09.2007 el Informe Tecnico Nº 687-07-DAT/MDCHB de fecha 17.09.07 y el Informe Legal Nº 017-2007-DMMALE/MDCHB, de fecha 18.09.07, sobre la exoneracion del MORDAZA de Seleccion para la Adquisicion de Maquinaria Pesada para la Municipalidad Distrital de Chincha Baja; CONSIDERANDO.Que, mediante Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM, modificado mediante D.S. Nº 076-2007-PCM, se declara en Estado de Emergencia el Departamento de Ica y la Provincia de Canete, por los efectos del fuerte sismo registrado el 15 de Agosto del presente ano. Que, mediante Ley Nº 29076 de fecha 22 de agosto del 2007 se autorizo a los Gobiernos Locales de las localidades afectadas por el sismo del 15 de Agosto y declaradas en emergencia, a utilizar, previa aprobacion del Concejo Municipal, los recursos que perciben por ingresos provenientes de canon, sobrecanon y regalia minera a que se refiere la Ley Nº 28528 para destinarlos exclusivamente a la asistencia y ayuda de la poblacion damnificada por dicho desastre natural y asi como la reconstruccion, rehabilitacion y reparacion de la infraestructura afectada. Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, senala que las municipalidades son los organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el Art. VIII de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades senala que los gobiernos locales estan sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitucion Politica del Peru, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Publico; asi como a las normas tecnicas referidas a los servicios y bienes publicos, y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio. Que, de acuerdo al articulo 32º de la Ley Nº 27972, Organica de Municipalidades es inherente a su gestion la funcion de brindar los servicios asegurando el equilibrio presupuestario de la Municipalidad. Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 0332007-GORE-Ica se declara en situacion de emergencia el territorio de la Region Ica. Que, en ese orden de ideas mediante Acuerdos de Concejo Nº 115-07-MDCHB y Nº 116-07-MDCHB, se acordo declarar al Distrito de Chincha Baja en Estado de Emergencia y aprobar una modificacion presupuestal respecto a los ingresos provenientes de canon, sobrecanon y regalia minera a que se refiere la Ley Nº 28528 para ser destinados exclusivamente a la asistencia y ayuda de la poblacion damnificada por dicho desastre natural y asi como la reconstruccion, rehabilitacion y reparacion de la infraestructura afectada hasta por un monto de S/. 551,000.00. Que, mediante el Informe Nº 027-07-GM/MCHB, la Gerencia Municipal da cuenta que la ayuda que se viene recibiendo del Gobierno Central, Gobierno Regional, y entidades particulares no permite solucionar la apremiante necesidad de remocion de escombros y limpiezas de calles y avenidas del distrito, habiendo transcurrido mas de treinta

dias del desastre sin poder solucionar esta situacion. Que, la situacion descrita pone en riesgo fisico y sanitario a la poblacion del distrito, asi mismo atenta contra el libre MORDAZA, la actividad economica y la posibilidad de iniciar la reconstruccion de las zonas afectadas. Que, el informe de Gerencia Municipal senala que es apremiante contar con una Retroexcavadora ­Cargador sobre ruedas, 4x4, de minimo 90 HP y un Volquete de 10m3, a tiempo completo, que sirvan en forma oportuna para atender la emergencia y ayudar a las poblaciones afectadas, acciones que no se pueden cumplir a falta de la maquinaria descrita. Igualmente se da cuenta que el costo de alquiler de dichas unidades, por lo prolongado del tiempo y la alta demanda en la MORDAZA, justifican que MORDAZA adquiridos por la Municipalidad y pasen a formar parte de su Patrimonio. Que, mediante el Informe Legal Nº 017-07-DMM-ALEM/ MDCHB, opina sobre la viabilidad a traves de Acuerdo de Concejo segun lo dispuesto en los Arts. 19º al 22º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el Art. 142º de su reglamento, que establece que las medidas a adoptar deben prever la atencion y satisfaccion de la necesidad sobrevenida. Que, ante esta situacion el MORDAZA legal vigente en materia de contrataciones y adquisiciones del Estado, permite adecuarse a la exoneracion de Procesos de Seleccion a traves de la declaratoria de situacion de emergencia, y estando al MORDAZA de las citadas normas es procedente que el Concejo Municipal, apruebe la adquisicion de una Retroexcavadora-Cargador, sobre ruedas, 4x4, de minimo 90HP, nueva, hasta por un monto de S/. 375,000.00 y un Volquete de 10m3, semi MORDAZA, hasta por un monto de S/. 176,000.00. Estando a lo expuesto y de conformidad con los articulos 9º, 32º y 74º de la Ley Nº 27972, Organica de Municipalidades, y lo previsto en los Arts. 19º a 22º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el Art. 142º de su Reglamento; y demas normas pertinentes con el MORDAZA unanime de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del acta. SE ACUERDA: Articulo 1º.- Declarar en situacion de emergencia los servicios de remocion de escombros, limpieza de avenidas y calles, y eliminacion de desmonte del distrito de Chincha Baja, Provincia de Chincha, Departamento de ICA, por un periodo de 180 dias. Articulo 2º.- En ejecucion de las acciones que corresponde adoptarse por el Estado de emergencia a nivel del ambito distrital de Chincha Baja, declarar de urgente necesidad la adquisicion de los bienes que se requieren para afrontar la situacion de emergencia que corresponde a los servicios de salubridad, asistencia, reconstruccion, reforzamiento de las vias, ductos y de transporte en el territorio y para la poblacion afectada del distrito de Chincha Baja, por el periodo precisado en el Articulo Primero de esta norma. Articulo 3º.- Exonerar del MORDAZA de seleccion que corresponda a la adquisicion una Retroexcavadora-Cargador, nueva, sobre ruedas, 4x4, de minimo 90HP, hasta por un monto de S/. 375,000.00 (Trescientos setenta y cinco mil y 00/100 nuevos soles) y un Volquete de 10 m3, semi MORDAZA, hasta por un monto de S/. 176,000.00 (ciento setenta y seis mil y 00/100 nuevos soles), que se efectuaran conforme a los procedimientos establecidos en los articulos 19º y 22º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, con cargo a los fondos de Canon y Sobrecanon Rubro 18; los montos senalados incluyen el IGV. Articulo 4º.- Autorizar a la Oficina de Abastecimiento de la Municipalidad Distrital de Chincha Baja, realizar todas las acciones y tramites conducentes a la formalizacion y ejecucion de la adquisicion de los Bienes descritos en el numeral 3º del presente Acuerdo conforme a los procedimientos establecidos en los articulos 19º, 20º y 22º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo 5º.- Encargar a la Secretaria General de la Municipalidad Distrital de Chincha Baja la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano conforme lo dispone el inciso c) del articulo 20º del Decreto Supremo Nº 003-2004-PCM, y se remita una MORDAZA del mismo y los informes que lo sustentan a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Adquisiciones y Contrataciones del Estado dentro de los plazos establecidos en la Ley. Dado en la MORDAZA Municipal de Chincha Baja, a los 20 dias de septiembre de 2007. Registrese, comuniquese, cumplase y publiquese. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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