NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (21/09/2007)
CANTIDAD DE PAGINAS: 64
TEXTO PAGINA: 4
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 21 de setiembre de 2007 353798 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA LEY Nº 29089 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA LA CONSTRUCCIÓN DE LA OBRA DE GRAN ENVERGADURA DENOMINADA “VÍA DE INTERCONEXIÓN DE LOS DISTRITOS DEL RÍMAC Y SAN JUAN DE LURIGANCHO”, EN LA PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA; ASÍ COMO LA EXPROPIACIÓN DE INMUEBLES PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA Artículo 1º.- Del objeto de la Ley Declárase de necesidad pública la construcción de la obra de gran envergadura denominada “Vía de interconexión de los distritos del Rímac y San Juan de Lurigancho”, en la provincia y departamento de Lima. Artículo 2º.- De la expropiación Formalízase la expropiación de dos (2) bienes inmuebles ubicados en el distrito del Rímac y de diecisiete (17) bienes inmuebles ubicados en el distrito de San Juan de Lurigancho, los mismos que se describen en el artículo 3º, por ser de necesidad pública para la construcción de la vía de interconexión vial de los distritos del Rímac y San Juan de Lurigancho, en la provincia y departamento de Lima. Artículo 3º.- De los inmuebles a expropiar Los inmuebles objeto de expropiación, para los fi nes señalados en el artículo 2º, son los que se detallan a continuación: En el distrito del Rímac 1.- El inmueble ubicado con frente a la Avenida Samuel Alcázar Nº 200-201, con un área de 76,632 m², inscrito en la Ficha Nº 1158112, continuada en la Partida Electrónica Nº 44038730 del Registro de Propiedad Inmueble de la O fi cina Registral de Lima y Callao. 2.- Parte del inmueble ubicado en las faldas de los cerros San Cristóbal y Santa Rosa, con un área de 12,052 m², inscrito en el Tomo 39, Fojas 470-471, Partida Nº 07014903, continuada en el Tomo 63; Folios 218, Partida Nº 07015887, continuada en el Tomo 300, Fojas 201, Partida Nº 46817273, del Registro de Propiedad Inmueble de la O fi cina Registral de Lima y Callao. En el distrito de San Juan de Lurigancho 1.- Parte del terreno de propiedad de la Asociación de Vivienda de Interés Social Vírgen de Fátima, inscrita en el Registro Predial Urbano con el Código de Predio Nº P02213471F, ubicado en la Manzana “G”, Lote 5, con un área de 150 m². 2.- Inmueble ubicado en la Manzana “J2”, Lote 14, de la Urbanización Caja de Agua, con un área de 160 m², inscrito en el Registro Predial Urbano con el Código de Predio Nº P02160619. 3.- Inmueble ubicado en la Manzana “J2”, Lote 15, de la Urbanización Caja de Agua, con un área de 160 m², inscrito en el Registro Predial Urbano con el Código de Predio Nº P02160620.4.- Inmueble ubicado en la Manzana “J2”, Lote 16, de la Urbanización Caja de Agua, con un área de 160 m², inscrito en el Registro Predial Urbano con el Código de Predio Nº P02160621. 5.- Inmueble ubicado en la Manzana “J2”, Lote 17, de la Urbanización Caja de Agua, con un área de 160 m², inscrito en el Registro Predial Urbano con el Código de Predio Nº P02160622. 6.- Inmueble ubicado en la Manzana “J2”, Lote 18, de la Urbanización Caja de Agua, con un área de 160 m², inscrito en el Registro Predial Urbano con el Código de Predio Nº P02160623. 7.- Inmueble ubicado en la Manzana “J2”, Lote 19, de la Urbanización Caja de Agua, con un área de 160 m², inscrito en el Registro Predial Urbano con el Código de Predio Nº P02160624. 8.- Inmueble ubicado en la Manzana “J2”, Lote 20, de la Urbanización Caja de Agua, con un área de 160 m², inscrito en el Registro Predial Urbano con el Código de Predio Nº P02160625. 9.- Inmueble ubicado en la Manzana “J2”, Lote 21, de la Urbanización Caja de Agua, con un área de 160 m², inscrito en el Registro Predial Urbano con el Código de Predio Nº P02160626. 10.- Inmueble ubicado en la Manzana “J”, Lote 22, de la Urbanización Caja de Agua, con un área de 160 m², inscrito en el Registro Predial Urbano con el Código de Predio Nº P02159679. 11.- Inmueble ubicado en la Manzana “J”, Lote 23, de la Urbanización Caja de Agua, con un área de 160 m², inscrito en el Registro Predial Urbano con el Código de Predio Nº P02159680. 12.- Inmueble ubicado en la Manzana “K2”, Lote 33, de la Urbanización Caja de Agua, con un área de 160 m², inscrito en el Registro Predial Urbano con el Código de Predio Nº P02161083. 13.- Inmueble ubicado en la Manzana “K2”, Lote 34, de la Urbanización Caja de Agua, con un área de 160 m², inscrito en el Registro Predial Urbano con el Código de Predio Nº P02161084. 14.- Inmueble ubicado en la Manzana “K2”, Lote 35, de la Urbanización Caja de Agua, con un área de 160 m², inscrito en el Registro Predial Urbano con el Código de Predio Nº P02161085. 15.- Inmueble ubicado en la Manzana “K2”, Lote 36, de la Urbanización Caja de Agua, con un área de 165.84 m², inscrito en el Registro Predial Urbano con el Código de Predio Nº P02161086. 16.- Inmueble ubicado en la Manzana “K2”, Lote 45, de la Urbanización Caja de Agua, con un área de 160 m², inscrito en el Registro Predial Urbano con el Código de Predio Nº P02161183. 17.- Inmueble ubicado en la Manzana “K2”, Lote 46, de la Urbanización Caja de Agua, con un área de 160 m², inscrito en el Registro Predial Urbano con el Código de Predio Nº P02161184. Los linderos y medidas perimétricas, de los inmuebles detallados en el presente artículo, serán publicados mediante acuerdos del Concejo expedidos por la Municipalidad Metropolitana de Lima, en los cuales se indicarán las coordenadas UTM de validez universal de cada uno de ellos, de conformidad con la Ley Nº 27117, Ley General de Expropiaciones. Artículo 4º.- De la justi fi cación de la expropiación El proceso de expropiación, materia de la presente Ley, tiene por objeto viabilizar la construcción de la vía de interconexión de los distritos del Rímac y San Juan de Lurigancho, en la provincia y departamento de Lima. Las razones de necesidad pública, que se establecen en el artículo 1º, obedecen a factores que coadyuvan al desarrollo vial metropolitano de la capital de la República del Perú, y que permitirán descongestionar el tránsito vehicular entre los distritos del Rímac y San Juan de Lurigancho, y distritos colindantes, bene fi ciando directamente a la población y al adelanto de la ciudad de Lima. Artículo 5º.- Del trámite de la expropiación La Municipalidad Metropolitana de Lima es el sujeto activo de la expropiación, materia de la presente Ley, facultándosele para que inicie los trámites correspondientes al proceso de expropiación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27117, Ley General de Expropiaciones.