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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (23/09/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 23 de setiembre de 2007 353932 el plazo legal para la accionante para la subsanación de requisitos dispuestos por la Resolución Ministerial Nº 130-2002-PRODUCE y que la presentación de los mismos no signi fique su extemporaneidad; REFORMANDOLA declararon improcedente, la medida cautelar innovativa solicitada por Alejandro Gómez Araya contra la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero; Que el artículo 4º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, establece que toda persona y autoridad está obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones judiciales o de índole administrativa, emanadas de autoridad judicial competente, en sus propios términos, sin poder cali ficar su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances, bajo la responsabilidad civil, penal o administrativa que la ley señala, asimismo que ninguna autoridad, cualquiera sea su rango o denominación, fuera de la organización jerárquica del Poder Judicial, puede avocarse al conocimiento de causas pendientes ante el órgano jurisdiccional, no se puede dejar sin efecto resoluciones judiciales con autoridad de cosa juzgada, ni modi ficar su contenido, ni retardar su ejecución, ni cortar procedimientos en trámite, bajo responsabilidad política, administrativa, civil y penal que la Ley determine en cada caso; Que conforme a lo establecido en el dictamen judicial dispuesto por la Sala Descentralizada Civil de Sullana, a través de la Resolución Nº CUATRO de fecha 17 de julio del 2007 y lo comunicado por la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Producción a través del el O ficio Nº 634-2007- PRODUCE/PP del 2 de agosto del 2007, corresponde dejar sin efecto en todos sus alcances la Resolución Directoral Nº 247-2007-PRODUCE/DGEPP del 15 de mayo del 2007, a través del cual en cumplimiento de la medida cautelar ordenado por Resolución Nº UNO del 17 de enero del 2007, se admitió a trámite el expediente y se otorgó permiso de pesca a favor de Alejandro Gomez Araya para operar la embarcación pesquera R-ELENA de matrícula SY-9935-PM; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto a través del Informe Nº 435-2007-PRODUCE/DGEPP-Dchi de fecha 2 de agosto del 2007 y con la opinión favorable de la instancia legal correspondiente; y en cumplimiento del artículo 4º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- En estricto cumplimiento del mandato judicial contenido en la Resolución Nº CUATRO de fecha 17 de julio del 2007, expedida por la Sala Civil Descentralizada de Sullana, se deja sin efecto en todos sus extremos la Resolución Directoral Nº 247-2007-PRODUCE/DGEPP de fecha 15 de mayo del 2007, a través del cual en cumplimiento de la medida cautelar ordenado por Resolución Nº UNO del 17 de enero del 2007, se admitió a trámite el expediente y se otorgó permiso de pesca a favor de Alejandro Gomez Araya para operar la embarcación pesquera R-ELENA de matrícula SY-9935-PM. Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Sala Civil Descentralizada de Sullana de la Corte Superior de Justicia de Piura, a la Procuraduría Pública encargada de los asuntos judiciales del Ministerio de la Producción, a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral, a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa y consignarse en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, cuya dirección es: www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE VÉRTIZ CALDERÓN Director General de Extracción yProcesamiento Pesquero 111884-4RELACIONES EXTERIORES Autorizan viaje de funcionario diplomático a EE.UU. para participar en el 62º Período de Sesiones de la Asamblea General de Naciones Unidas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1110/RE Lima, 17 de setiembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, del 24 de setiembre al 3 de octubre de 2007, se llevará a cabo en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, el Debate General del 62º Período de Sesiones de la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas; Que, el señor Ministro de Relaciones Exteriores, Embajador en el Servicio Diplomático de la República José Antonio García Belaúnde, tiene previsto participar en el 62º Período de Sesiones de la Asamblea General de Naciones Unidas del 24 al 28 de setiembre de 2007; Que, el señor Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores, Embajador Gonzalo Alfonso Gutiérrez Reinel, tiene previsto participar en el 62º Período de Sesiones de la Asamblea General de Naciones Unidas, del 2 al 4 de octubre de 2007; Que, la participación del Perú en dicho foro constituye una importante oportunidad para la promoción de los intereses nacionales inscritos dentro de los objetivos de desarrollo, cooperación, paz y seguridad de la política exterior del Estado peruano; Que, en el marco de la participación peruana en el 62º Período de Sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas, se ha previsto la realización de una Reunión de Alto Nivel sobre Cambio Climático, que tendrá lugar el 24 de setiembre de 2007, cita en la que se ha con firmado la participación del señor Ministro de Relaciones Exteriores; Que, asimismo, se ha previsto la celebración de reuniones de coordinación y consulta a nivel de la Comunidad Andina de Naciones y de la Cumbre Iberoamericana, con altos representantes de Organismos Internacionales; Que, se han previsto reuniones de coordinación y consulta en el marco del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, órgano en el que el Perú es Miembro No Permanente al haber resultado electo para ocupar dicho puesto durante los años 2006 y 2007; Que, en el marco de la Asamblea General de las Naciones Unidas, se realizarán también las reuniones de Ministros de Relaciones Exteriores del Grupo de Río con los Cancilleres de otros países y grupos regionales; Que, es necesario designar a los funcionarios diplomáticos que se integrarán a la delegación peruana que participará en el 62º Período de Sesiones de la Asamblea General de Naciones Unidas; Teniendo en cuenta el Memorándum (SME) Nº 1039/2007, de la Subsecretaría para Asuntos Multilaterales, de 10 de setiembre de 2007; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º inciso g) y 190º del Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República; en concordancia con el artículo con el artículo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, su modi ficatoria la Ley Nº 28807, que establece que los viajes oficiales al exterior de servidores y funcionarios públicos se realicen en clase económica; y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 015-2004, modi ficado por el Decreto de Urgencia Nº 025-2005, y el inciso b)