Norma Legal Oficial del día 29 de septiembre del año 2007 (29/09/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, sabado 29 de setiembre de 2007

NORMAS LEGALES

354307

en el cargo de la Directora de la Oficina de Logistica de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Agricultura. Articulo 2º .- Designar a partir de la fecha, al CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Director de la Oficina de Logistica de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Agricultura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Agricultura 114767-1

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion del servicio de publicidad escrita
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 191-2007-MINCETUR/DM MORDAZA, 27 de setiembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y TurismoMINCETUR tiene entre sus objetivos obtener las mejores condiciones de acceso y competencia para una adecuada insercion del MORDAZA en los mercados internacionales y promover el desarrollo de las actividades turisticas y artesanales, como un medio para contribuir al crecimiento economico y al desarrollo social del pais; Que, en orden al cumplimiento de sus objetivos, el MINCETUR ha trazado sus Planes Operativos Institucionales y Planes Estrategicos, cuyas metas en el periodo correspondiente a MORDAZA 2006 ­ MORDAZA 2007 han sido alcanzadas, debiendo destacarse los avances en materia del desarrollo de la cultura exportadora y turistica, incremento de las exportaciones y del turismo receptivo e interno y de la artesania, avances en la descentralizacion de competencias sectoriales, combate a la informalidad en materia de juegos de casino y maquinas tragamonedas, incremento del numero de empresas exportadoras y de mercados de destino, puesta en valor de atractivos turisticos, ejecucion de proyectos de inversion para la mejora y creacion de infraestructura turistica, entre otros; Que, se estima conveniente difundir los principales logros del Sector en el periodo senalado, por su incidencia en el desarrollo economico y social del pais; Que, la Ley Nº 28874 ­ Ley que regula la publicidad estatal, permite el uso de recursos publicos destinados a publicidad institucional cuando se trata, entre otros supuestos, de la difusion de la ejecucion de los planes y programas a cargo de las entidades y dependencias; Que, a tal efecto, mediante Requerimiento de fecha 20 de septiembre de 2007 e Informe Tecnico de fecha 21 de setiembre de 2007, el Director de la Oficina de Comunicaciones y Protocolo ha solicitado la contratacion de servicios de publicidad escrita por dos semanas; especificamente la contratacion de los grupos empresariales: Empresa Editorial El Comercio S.A. (diarios El Comercio, Trome y Gestion), Grupo la Republica S.A. (diario La Republica) y Empresa Periodistica Nacional S.A. (diarios Correo y Ojo); diarios que han sido seleccionadas en base al estudio de medicion de lectoria de diarios, suplementos y revistas en MORDAZA realizado por la empresa Kantar Media Research (KMR), entre enero y MORDAZA pasados, y al estudio de lectoria de diarios Market Report, del mes de MORDAZA, realizado por la empresa Compania Peruana de Estudios de MORDAZA y Opinion Publica S.A.C., segun los cuales estos diarios tienen llegada a nivel nacional (excepto el diario Gestion) y cubren los niveles socioeconomicos de interes para el servicio de publicidad requerido; Que, segun el Informe Nº 591-2007-MINCETUR/SGOASA, de fecha 26 de septiembre de 2007, la Oficina de

Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Oficina General de Administracion, ha verificado la informacion contenida en el Informe Tecnico MORDAZA mencionado, senalando que la contratacion de los servicios de publicidad requeridos debe atenderse bajo la figura de la exoneracion por la causal de servicios personalisimos, al MORDAZA del articulo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 063-2006-EF; Que, conforme al articulo MORDAZA mencionado, cuando exista la necesidad de proveerse de servicios especializados profesionales, artisticos, cientificos o tecnologicos, procede la exoneracion por servicios personalisimos para contratar con personas naturales o juridicas notoriamente especializadas siempre que su destreza, habilidad, experiencia particular y/o conocimientos evidenciados, apreciados de manera objetiva por la Entidad, permitan sustentar de modo razonable e indiscutible su adecuacion para satisfacer la complejidad del objeto contractual y haga inviable la comparacion con otros potenciales proveedores. Asimismo, dicha disposicion establece que se encuentran expresamente incluidos en la clasificacion de servicios personalisimos, los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicacion escrita, entre otros, en atencion a las caracteristicas particulares que los distinguen; Que, por lo expuesto, resulta procedente la exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica, para la contratacion del servicio de publicidad requerido, por la causal de servicios personalisimos, que debera realizarse en forma directa mediante acciones inmediatas, por un monto referencial de S/. 130,402.97 (Ciento treinta mil cuatrocientos dos con 97/100 nuevos soles), incluido IGV, que seran financiados por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados; De conformidad con el inciso f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, articulo 145º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 063-2006-EF, y el Reglamento de Organizacion y Funciones del MINCETUR aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002MINCETUR; De acuerdo con el Memorandum Nº 1189-2007MINCETUR/SG/OGA e Informe Nº 591-2007-MINCETUR/ SG-OASA de la Oficina General de Administracion, y con el Memorandum Nº 388-2007-MINCETUR/SG-AJ e Informe Nº 067-2007-MINCETUR/Ases.-JCM de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica, por relacion de items, para la contratacion del servicio de publicidad escrita, a nivel nacional, de los logros mas importantes obtenidos por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo en el periodo comprendido entre MORDAZA de 2006 y MORDAZA de 2007, por la causal de servicios personalisimos. Articulo 2º.- La Oficina General de Administracion, a traves de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, queda encargada de contratar los referidos servicios, en forma directa mediante acciones inmediatas, a las empresas: a) Empresa Periodistica Nacional S.A.: Diarios Correo y Ojo b) Grupo la Republica S.A.: Diario la Republica c) Empresa Editorial El Comercio S.A.: Diarios El Comercio, Trome y Gestion. Dichas empresas seran contratadas para la emision de un total de 18 avisos, por un periodo de dos (2) semanas, hasta por un monto total de S/. 130,402.97 (Ciento treinta mil cuatrocientos dos con 97/100 nuevos soles), incluido IGV; que sera financiado por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados. Articulo 3°.- La Oficina General de Administracion queda encargada de publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y a traves del SEACE, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su emision, asi como de remitir MORDAZA de la misma y de los

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.