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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (29/09/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de setiembre de 2007 354316 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan viaje de funcionario de PROINVERSIÓN a Colombia para realizar roadshow de proyectos en infraestructura y servicios públicos en temas de infraestructura vial RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 085-2007-EF Lima, 28 de setiembre de 2007 Visto el Ofi cio Nº 169-2007-PROINVERSIÓN/DE, de fecha 28 de setiembre de 2007, remitido por la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, sobre autorización de viaje. CONSIDERANDO: Que, el señor David Lemor Bezdin, Director Ejecutivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada -PROINVERSIÓN-, viajará a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, los días 1 y 2 de octubre de 2007, para reunirse con las principales empresas del citado país, a fi n de realizar un roadshow de los principales proyectos en infraestructura y servicios públicos en temas de infraestructura vial, saneamiento e hidrocarburos entre otros; Que, corresponde a PROINVERSIÓN, proponer y ejecutar la política nacional de tratamiento a la inversión privada, así como coordinar y crear un ambiente propicio para el desarrollo de las inversiones; y promover la ejecución de proyectos de promoción de inversión privada en obras públicas de infraestructura y otros; Que, en consecuencia y siendo de interés para el país, es necesario autorizar el viaje del referido funcionario, debiendo PROINVERSIÓN asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes, viáticos y Tarifa Uni fi cada de Uso de Aeropuerto (TUUA); De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27619 y 28927 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje del señor David Lemor Bezdin, Director Ejecutivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada -PROINVERSIÓN-, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 30 de setiembre al 2 de octubre de 2007, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al presupuesto de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada -PROINVERSIÓN, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 780,17 Viáticos : US$ 600,00 Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ 30,25 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje. Artículo 4º.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza.Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 114850-9 INTERIOR Sancionan con destitución a Inspectora de Migraciones de la Dirección General de Migraciones y Naturalización RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0761-2007-IN/1300 Lima, 27 de setiembre del 2007. VISTO, el Acta de Sesión Nº 014-2007- COPERPROADMI del 19 de junio de 2007, de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplínarios de los Organos No Policiales del Ministerio del Interior, designada por Resolución Ministerial Nº 150-2007-IN/0901 del 2 de marzo de 2007, en la que se emite pronunciamiento fi nal en el Procedimiento Administrativo Disciplinario instaurado a la servidora Rosario del Carmen ALVAREZ GOMEZ Inspectora de Migraciones de la Dirección General de Migraciones y Naturalización del Ministerio del Interior; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0389-2007- lN/1300 del 5 de junio del 2007, se instauró Proceso Administrativo Disciplinario a la Inspectora de Migraciones Rosario del Carmen ALVAREZ GOMEZ, por presunta falta de carácter disciplinario en la que habría incurrido por no ejercer un correcto control migratorio, por cuanto no verifi có la salida del país del ciudadano peruano Guillermo Augusto DE LA PUENTE DE LA BORDA, quien se encontraba requisitoriado por el Vigésimo Quinto Juzgado Penal de Lima; así como no aplicar las normas y procedimientos inherentes a la función que desempeña, lo que con fi guraría las faltas tipifi cadas en los incisos d) y h) del artículo 28º cte la Ley Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276; Que, la referida servidora fue noti fi cada, habiendo contado con todas las garantías de un debido proceso, presentando su descargo el 14 de junio del 2007, en el que señala que solicitó al pasajero señor Guillermo Augusto DE LA PUENTE DE LA BORDA, su pasaporte y veri fi có la legitimidad de dicho documento y los sellos obrantes en él, cumpliendo con lo dispuesto en el Título III, artículo 27º de la Ley de Extranjería aprobado por el Decreto Legislativo Nº 703; posteriormente ingresó a la base de datos los nombres del pasajero a fi n de determinar si tenía requisitoria o impedimento de salida, los que no fueron grabados por error del sistema informático; en referencia a la trasgresión al procedimiento 11 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de Migraciones (no debe permitirse la salida de un pasajero que tiene mandato de detención o impedimento de salida), la servidora re fi ere que ella habría efectuado el control, pero quizás el sistema se encontraría fallando desde días anteriores y por eso sería que los datos ingresados no grabaron, por lo que utilizó su criterio a fi n de no ser denunciada por abuso de autoridad por impedir la salida de una persona por fallas en el sistema; Que, en el presente caso, la servidora Rosario del Carmen ALVAREZ GOMEZ debió realizar un correcto