NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (29/09/2007)
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TEXTO PAGINA: 9
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de setiembre de 2007 354311 Artículo 6º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 114850-8 Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de ampliación de potencia y modificación del sistema de utilización de energía eléctrica en inmueble ubicado en el distrito de Jesús María RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 785-2007-DE/SG Lima, 27 de setiembre de 2007 Vistos, el Ofi cio Nº 906-2007-MINDEF/VAAE/DTA e Informe Nº 176-2007/MINDEF/ VAAE/DTA/OA, ambos de fecha 7 de setiembre de 2007, de la Dirección Técnica de Administración y la O fi cina General de Administración, respectivamente; y el Informe Nº 2673-MD-OAJ de fecha 27 de setiembre de 2007, de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa; CONSIDERANDO: Que, con fecha 17 de mayo de 2007, se suscribió un Contrato de Comodato entre el Ministerio de Defensa y el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, en calidad de comodatarios, y la Fuerza Aérea del Perú, en calidad de comodante, a fi n de que esta última ceda en uso al Ministerio de Defensa y al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, parte de los pisos del inmueble ubicado en la Avenida La Peruanidad s/n, Jesús María; Que, mediante el aludido Contrato se estableció que la Unidad Ejecutora 001: Administración General del Pliego 026: Ministerio de Defensa, quede encargada de la elaboración de los expedientes técnicos requeridos para la habilitación de los pisos del inmueble, asumiendo la ejecución correspondiente a los pisos que recibe en comodato, así como a las áreas de uso común; Que, en tal sentido, la Unidad Ejecutora 001: Administración General del Pliego 026: Ministerio de Defensa habiendo realizado las gestiones necesarias para evaluar la operatividad de las instalaciones existentes en el referido inmueble, presenta mediante Informe Nº 176-2007/MINDEF/VAAE/DTA/OA, de fecha 7 de setiembre de 2007, el Informe Técnico respecto de la Ampliación de Potencia a 2,000 Kw y Modifi cación del Sistema de Utilización en 22.9 Kv del aludido inmueble, en el cual se sustenta la necesidad que el Ministerio de Defensa efectúe la contratación de servicios especializados de la empresa Luz del Sur S.A. para la habilitación de la infraestructura eléctrica del citado inmueble, en condiciones que permitan asegurar su operatividad y e fi ciencia; Que, el referido Informe Técnico precisa los criterios de necesidad para la exoneración, resaltando el hecho que la citada empresa es la concesionaria para proveer energía eléctrica a la zona sur-este de Lima, brindando soluciones integrales a necesidades de suministro eléctrico de rápida respuesta frente a emergencias en sus instalaciones, dada la amplia disponibilidad de equipos y repuestos, y la más avanzada tecnología en equipos para pruebas, así como servicios de mantenimiento con redes energizadas, a cargo de un equipo de profesionales expertos de amplia experiencia y prestigio en proyectos de mediano y gran tamaño; lo que garantiza la calidad y seguridad del servicio; Que, dada la máxima demanda eléctrica proyectada resulta necesario derivar el uso del Sistema eléctrico existente en seis (6) Sub-sistemas: Sub-sistema estabilizado, Sistema Normal – Tomacorrientes, Sistema Normal – Alumbrado, Sistema de Fuerza – Ascensores, Sistema de Aire Acondicionado, y Sistema de Bombas; considerándose imprescindible la ampliación de la actual potencia contratada a una carga de 2,000 Kw, y la modifi cación del sistema de utilización en 22.9 KV, para el funcionamiento e fi ciente de la entidad; Que, adicionalmente se tiene presente que mediante documento SGNCE-07-310, de fecha 22 de junio de 2007, la empresa Luz del Sur S.A., en su calidad de concesionario, recomienda que el sistema de utilización esté preparado para operar en 22,9 Kv, debido a que el inmueble se encuentra ubicado en una zona donde se ha previsto desarrollar a futuro redes de distribución en 22,9 Kv, para lo cual deberá considerarse una potencia de corto circuito de 350 Mva y un tiempo de apertura de 0.2 segundos; Que, dada la necesidad real y vigente de parte del Ministerio de Defensa de mantener plenamente el funcionamiento e fi ciente de sus diversas unidades orgánicas, así como del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, en función de los objetivos de la Política de Defensa Nacional, previendo cualquier falencia que pudiera perturbar o poner en riesgo la seguridad nacional, siendo Luz del Sur S.A. la empresa concesionaria para proveer energía eléctrica a la zona sur-este de Lima, brindando soluciones integrales a necesidades de suministro eléctrico de rápida respuesta frente a emergencias en sus instalaciones, dada la amplia disponibilidad de equipos y repuestos, y la más avanzada tecnología en equipos para pruebas, así como servicios de mantenimiento con redes energizadas, a cargo de un equipo de profesionales expertos de amplia experiencia y prestigio en proyectos de mediano y gran tamaño, lo que garantiza la calidad y seguridad del servicio; resulta necesario efectuar la contratación de los servicios especializados de dicha empresa para la habilitación de la infraestructura eléctrica del citado inmueble, en condiciones que permitan asegurar su plena operatividad y e fi ciencia; Que, por tratarse de la empresa competente y autorizada para la fi scalización y supervisión del servicio, asumiendo las responsabilidades y obligaciones previstas en la normativa, la contratación de la empresa Luz del Sur para la prestación del re ferido servicio de ampliación de potencia y modifi cación del sistema de utilización en el inmueble de la Av. La Peruanidad s/n, Jesús María, signi fi caría un alto bene fi cio en términos de oportunidad y costos; Que, el servicio a contratar tendría un plazo de ejecución de dieciséis (16) semanas y generaría un costo ascendente a la suma de Un Millón Novecientos Cuarenta y Tres Mil Quinientos Veinticinco y 01/100 Nuevos Soles (S/. 1’943,525.01), i ncluido el Impuesto General a las Ventas, y cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda incidir sobre el valor fi nal del servicio a contratar, que correspondería a la realización de un proceso de selección de concurso público; Que, en tal sentido, la Ofi cina General de Administración, a través del Informe Nº 176-2007/MINDEF/VAAE/DTA/OA, considerando que existe la necesidad de la Entidad de proveerse de servicios especializados, sugiere proceder a la contratación por servicios personalísimos de la empresa Luz del Sur S.A., dada su experiencia particular y avanzada tecnología evidenciadas que permiten satisfacer la complejidad del objeto contractual, lo cual hace inviable la comparación con potenciales proveedores, e innecesaria la convocatoria a un proceso de selección para la contratación del referido servicio; Que, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; la aprobación de la exoneración por la causal de servicios personalísimos procede cuando exista la necesidad de proveerse de servicios especializados profesionales, artísticos, cientí fi cos o tecnológicos; Que, de acuerdo a lo previsto en la referida norma procede la exoneración por servicios personalísimos para contratar con personas naturales o jurídicas notoriamente especializadas siempre que su destreza, habilidad, experiencia particular y/o conocimientos evidenciados, apreciados de manera objetiva por la Entidad, permitan sustentar de modo razonable e indiscutible su adecuación para satisfacer la complejidad del objeto contractual y haga inviable la comparación con otros potenciales proveedores; Que, con Informe Nº 2673-MD-OAJ de fecha 27 de setiembre de 2007, la O fi cina de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa señala que de los antecedentes