NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (29/09/2007)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de setiembre de 2007 354313 conformación de la referida Comisión, incluyendo como integrante de la misma al Secretario General del Ministerio de Defensa; Que, mediante sentencia de fecha 22 Jul. 2006 recaída en el Expediente Nº 24207-05, el 61º Juzgado Especializado en lo Civil de Lima declaró FUNDADA la demanda sobre Acción de Cumplimiento interpuesta por la Asociación Mutualista “Almirante Miguel Grau Seminario” contra el Presidente de la República y el Ministro de Defensa; y, en consecuencia, ordenó a los citados funcionarios cumplan con reglamentar lo establecido en el artículo 60º del Decreto Legislativo Nº 608, que dispuso incorporar al personal civil nombrado de los Ministerios de Defensa e Interior en la categoría remunerativa de O fi ciales y Subalternos de las citadas entidades, fi jando su jerarquía de acuerdo al nivel y categoría que ostentaban dentro del Escalafón Civil y el tiempo de servicios reconocidos; Que, mediante sentencia de fecha 4 de julio de 2006, expedida por la Sexta Sala Civil de Lima, se CONFIRMÓ la sentencia de primera instancia referida en el párrafo anterior; Que, sobre la base de la sentencia con fi rmatoria antes citada, el 61º Juzgado Civil de Lima, en etapa de ejecución de sentencia, ha requerido mediante Resolución Nº 10 de 23 Ago. 2007, noti fi cada al Ministerio de Defensa el día 20 de setiembre de 2007, el cumplimiento de la reglamentación a que se contrae el artículo 60º del Decreto Legislativo Nº 608; Que, en consecuencia, resulta conveniente y necesario la creación y conformación de una Sub Comisión que tenga por objeto la elaboración del proyecto de Reglamento que incorpore al personal civil nombrado del Ministerio de Defensa en la categoría remunerativa de O fi ciales y Subalternos, como órgano dependiente de la Comisión Interinstitucional creada mediante Resolución Ministerial Nº 616-2007 DE/SG de 13 Ago. 2007 y modi fi cada por Resolución Ministerial Nº 748-2007 de 13 Set. 2007; en estricto cumplimiento del mandato judicial antes señalado; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27860 – Ley del Ministerio de Defensa y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2006 DE-SG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Crear la Sub Comisión encargada de elaborar el Reglamento que incorpore al personal civil nombrado del Ministerio de Defensa en la categoría remunerativa de Ofi ciales y Subalternos, como órgano dependiente de la Comisión Interinstitucional para el estudio de la situación del personal civil en el Sector Defensa y sus órganos de ejecución, creada mediante Resolución Ministerial Nº 616-2007 DE/SG de 13 Ago. 2007, modi fi cada por Resolución Ministerial Nº 748-2007 DE/SG de 13 Set. 2007. Artículo 2º.- La mencionada Sub Comisión estará integrada por los siguientes representantes: - Contralmirante Ernesto Lermo Rengifo (Director Técnico de Personal del Ministerio de Defensa), quien actuará como Presidente; - Ingeniero Juana López Escobar (Directora Técnica de Economía del Ministerio de Defensa); - Doctor Arturo Ernesto Delgado Vizcarra (Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica); y, - Doctor Andrés Corrales Angulo (Asesor del Viceministerio de Asuntos Administrativos y Económicos del Ministerio de Defensa). Artículo 3º.- La Sub Comisión encargada deberá presentar a la Comisión Interinstitucional creada por Resolución Ministerial Nº 616-2007 DE/SG, el proyecto de Reglamento a que se re fi ere el artículo 1º del presente dispositivo, para su posterior elevación al Ministro de Defensa; en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 60º del Decreto Legislativo Nº 608 y lo ordenado en la Resolución Nº 10 de 23 Ago. 2007 (Expediente Nº 24207-05) emitida por el 61º Juzgado Especializado en lo Civil de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 114737-1Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de la República de Chile y de los Estados Unidos de América RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 788-2007-DE/SG Lima, 27 de setiembre de 2007 CONSIDERANDO:Que, mediante Facsímil (DGS) Nº 1190 de fecha 18 de setiembre de 2007, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Chile, sin armas de guerra; Que, en el marco de la III Reunión Bilateral de Estados Mayores entre los Ejércitos de Perú y Chile, realizado en la ciudad de Santiago de Chile en noviembre del 2005, se acordó efectuar el Programa de Intercambio de Ejércitos; actividad que ha sido considerada en el Plan de Intercambio de Personal Militar entre ambos Países, habiéndose coordinado que los Ofi ciales de la República de Chile visiten el Perú en el período comprendido del 1 al 5 de octubre de 2007; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modi fi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la con fi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especi fi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable del Ejército del Perú y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley No. 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de la República de Chile, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 1 al 5 de octubre de 2007, para participar en el programa de intercambio entre el Ejército de Chile y el Ejército del Perú. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modi fi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 114737-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 789-2007-DE/SG Lima, 27 de setiembre de 2007 CONSIDERANDO:Que, mediante Facsímil (DGS) Nº 1191 de fecha 18 de setiembre de 2007, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Chile, sin armas de guerra;