Norma Legal Oficial del día 29 de septiembre del año 2007 (29/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, sabado 29 de setiembre de 2007

NORMAS LEGALES

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normas de bioseguridad, prevencion y gestion de riesgos hospitalarios; De conformidad con los articulos 1° y 2° del Decreto Supremo N° 001-2001-RE, de 3 de enero de 2001 y el inciso m) del articulo 5° del Decreto Ley N° 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 29 de diciembre de 1992; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Oficializar el Curso Internacional "Bioseguridad, Identificacion, Evaluacion y Control de Infecciones Intrahospitalarias en Establecimientos de Salud", que tendra lugar en la MORDAZA de MORDAZA, del 28 al 30 de setiembre de 2007. Articulo Segundo.- La presente Resolucion no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Defensa Ministro (e) del Despacho de Relaciones Exteriores 114771-2

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Incrementan la Remuneracion Minima MORDAZA de los trabajadores sujetos al regimen laboral de la actividad privada
DECRETO SUPREMO Nº 022-2007-TR EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 24º, tercer parrafo, de la Constitucion Politica del Peru establece que corresponde al Estado la regulacion de las remuneraciones minimas, con participacion de las organizaciones representativas de trabajadores y empleadores; Que, en desarrollo del articulo constitucional citado en el considerando precedente, el articulo 13º de la Ley Nº 27711 y el numeral 8) del articulo 2º del Decreto Supremo Nº 001-2005-TR, Reglamento de Organizacion y Funciones del Consejo Nacional de Trabajo y Promocion del Empleo, establecen que es funcion de dicho Consejo participar, en su rol de organo consultivo, en la regulacion de las remuneraciones minimas conforme a lo establecido en la Ley Nº 28318; Que, el Consejo Nacional de Trabajo y Promocion del Empleo ha aprobado criterios para determinar el incremento de la remuneracion minima MORDAZA en base a la inflacion y productividad; Que, corresponde al Estado, conforme al mandato constitucional y a lo dispuesto por los Convenios Nºs. 26 y 99 de la Organizacion Internacional del Trabajo - OIT, ratificados por las Resoluciones Legislativas Nºs. 14033 del 4 de MORDAZA de 1962 y 13284 del 1 de febrero de 1960, respectivamente, y que forman parte del derecho nacional, fijar la remuneracion minima de los trabajadores sujetos al regimen laboral de la actividad privada; Que, el reajuste de la remuneracion minima MORDAZA que se dispone toma en cuenta el analisis de los indices de inflacion y productividad, con el objeto que dicho incremento refleje el desempeno economico de nuestro MORDAZA, asi como asegure el poder adquisitivo de los trabajadores; En uso de la atribucion conferida por el articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley de Poder Ejecutivo; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, DECRETA: Articulo 1º.- Objeto de la MORDAZA Incrementar en S/. 50.00 nuevos soles la Remuneracion Minima MORDAZA de los trabajadores sujetos al regimen laboral de la actividad privada, con lo que la Remuneracion Minima MORDAZA pasara a ser de S/. 500.00 nuevos soles a S/. 550.00 nuevos soles. El incremento citado en el parrafo anterior, se otorgara conforme al siguiente detalle: - A partir del 1 de octubre de 2007, se otorgara la suma S/. 30.00 nuevos soles - A partir del 1 de enero de 2008, se otorgara la suma de S/. 20.00 nuevos soles. Articulo 2º.- Regulacion complementaria El Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, mediante Resolucion Ministerial, dictara las normas que MORDAZA necesarias para la mejor aplicacion del presente Decreto Supremo. Articulo 3º.- Refrendos El presente Decreto Supremo, sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por la Ministra

Oficializan la "Convencion Internacional de Tributacion", a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1154/RE MORDAZA, 27 de setiembre de 2007 VISTO: El Oficio 112-2007-CCPL de fecha 15 de agosto de 2007, mediante el cual, el Decano del Colegio de Contadores Publicos de La MORDAZA y Presidente de la Comision Organizadora, solicita la oficializacion del evento internacional "Convencion Internacional de Tributacion" cuyo lema es "Hacia una Reforma Tributaria" que se llevara a cabo, del 27 al 29 de setiembre en la MORDAZA de Trujillo. CONSIDERANDO: Que es una atribucion de los Colegios de Contadores Publicos, la organizacion de certamenes nacionales e internacionales con el fin analizar y/o difundir los avances doctrinarios y tecnicos de la Profesion Contable. De conformidad con los articulos 1° y 2° del Decreto Supremo N° 001-2001-RE, de fecha 3 de enero de 2001 y el inciso m) del articulo 5° del Decreto Ley N° 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 29 de diciembre de 1992. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Oficializar, el evento internacional "Convencion Internacional de Tributacion", que se llevara a cabo en la MORDAZA de MORDAZA, del 27 al 29 de setiembre de 2007, cuyo lema es "Hacia una Reforma Tributaria Integral". Articulo Segundo.- La presente Resolucion no irrogara gastos al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Defensa Ministro (e) del Despacho de Relaciones Exteriores 114771-3

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