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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (29/09/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de setiembre de 2007 354322 la exoneración corresponderá a un período de tres meses cuyo monto asciende, de conformidad con la indagación de mercado efectuada, a la cantidad de S/. 48, 664,64, incluido impuestos de ley; Que, mediante Informe Nº 1041-2007-FONDEPES/ OPP, la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto informa sobre la existencia de disponibilidad presupuestal para la contratación del servicio de seguridad y vigilancia, conforme al citado monto; De conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del artículo 19º y el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, los artículos 141º, 146º, 147º y 148º de su Reglamento, así como en la normativa complementaria que resulte aplicable; En ejercicio de las funciones establecidas en el inciso c) del Art. 17 del Reglamento de Organización y Funciones del FONDEPES, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2006-PRODUCE, y con el visado de la Ofi cina de Administración y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar en desabastecimiento inminente el servicio de vigilancia y seguridad de los locales del FONDEPES en Lima y Callao de conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del artículo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado . Artículo Segundo.- Exonerar del proceso de selección correspondiente para la contratación del servicio de vigilancia y seguridad de los locales del FONDEPES en Lima y Callao en atención a lo dispuesto en el artículo 1º de la presente Resolución. Artículo Tercero.- Autorizar a la Unidad de Abastecimiento de la O fi cina de Administración para que proceda a la contratación del servicio de seguridad y vigilancia mediante acciones inmediatas conforme a lo previsto por la normativa de contrataciones y adquisiciones del Estado hasta por un monto de S/. 48,664.64 nuevos soles, incluido impuestos de ley, por el plazo máximo de tres (3) meses hasta que se realice el proceso de selección correspondiente para seleccionar a la empresa que provea el servicio antes descrito. Artículo Cuarto.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución será afectado al Programa 003 “Administración”, Actividad 1.000267, “Gestión Administrativa”; Componente 3.000693 “Gestión Administrativa” con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios y Recursos Directamente Recaudados Ejercicio Fiscal 2007. Artículo Quinto.- Poner la presente Resolución y los informes que la sustentan en conocimiento de la Contraloría General de la República y el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE), dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación, de conformidad con lo establecido en el artículo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Sexto.- Disponer que la Unidad de Abastecimiento de la O fi cina de Administración, en el plazo máximo de cinco (05) días hábiles siguientes a la expedición de la presente Resolución, publique la misma en el Diario O fi cial El Peruano y en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE). Artículo Séptimo.- Remitir al Órgano de Control Institucional a fi n que inicie las acciones que corresponda para determinar si existe responsabilidad de funcionarios cuya conducta hubiese originado la presencia o confi guración de la situación de desabastecimiento que se aprueba por la presente resolución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. PERCY HUMBERTO PEREZ BARLABAS Presidente del Consejo DirectivoFondo Nacional de Desarrollo Pesquero 114718-1RELACIONES EXTERIORES Oficializan el “I Foro Internacional de GLP” y el Curso Internacional “Bioseguridad, Identificación, Evaluación y Control de Infecciones Intrahospitalarias en Establecimientos de Salud”, a realizarse en la ciudad de Lima RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1152/RE Lima, 27 de setiembre de 2007 VISTO:El Ofi cio Nº 277-2007-MEM/VME de fecha 20 de setiembre de 2007 mediante el cual se solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores, la o fi cialización del “I Foro Internacional de GLP”, organizado por la Revista Gas & Negocios, que tendrá lugar en la ciudad de Lima, el 27 y 28 de setiembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, es uno de los objetivos del evento, el convocar a las principales empresas envasadoras de GLP, así como a especialistas en el sector que puedan aportar conocimientos al manejo y desarrollo de la referida industria; De conformidad con los artículos 1° y 2° del Decreto Supremo N° 001-2001-RE, de 3 de enero de 2001 y el inciso m) del artículo 5° del Decreto Ley N° 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 29 de diciembre de 1992; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Ofi cializar, el “I Foro Internacional de GLP”, que tendrá lugar en la ciudad de Lima, del 27 al 28 de setiembre de 2007 Artículo Segundo.- La presente Resolución no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de DefensaMinistro (e) del Despacho de Relaciones Exteriores 114771-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1153/RE Lima, 27 de setiembre de 2007 VISTO: El Ofi cio 671-2007-DVM/MINSA de fecha 28 de agosto de 2007 mediante el cual el Viceministro de Salud remite al Ministerio de Relaciones Exteriores, el expediente presentado por la Federación Centro Unión de Trabajadores del Seguro Social de Salud-ESSALUD del Perú, que solicita la o fi cialización del “Curso Internacional: Bioseguridad, Identi fi cación, Evaluación y Control de Infecciones Intrahospitalarias en Establecimientos de Salud”, a realizarse en la ciudad de Lima, del 28 al 30 de setiembre de 2007. CONSIDERANDO: Que, el objetivo del presente evento es concientizar a los trabajadores de salud sobre la importancia de la prevención de riesgos en el trabajo hospitalario y que mediante la bioseguridad se identi fi ca y controla el factor de riesgo biológico en los establecimientos de salud; Que, es necesaria la capacitación de todos los profesionales de la salud y técnicos en aplicación de las