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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (29/09/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 55

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de setiembre de 2007 354357 necesario para resolver la situación y llevar a término el Proceso de Licitación Publica, correspondiente. Que, asimismo el Art. 21º de la precitada norma establece que la aprobación de la exoneración en virtud de la causal de situación de desabastecimiento inminente no constituye dispensa, exención o liberación de responsabilidades de los funcionarios o servidores de la Entidad, cuya conducta hubiese originado la presencia o confi guración de dicha causa. Que, de igual forma el Art. 146º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones aprobado con D.S. Nº 084-2004-PCM establece que “Las Resoluciones o Acuerdos que aprueben la exoneración de los procesos de selección, al amparo de las causales contenidas en el Art. 19º del D.S. Nº 083-2004-PCM, requieren obligatoriamente el informe técnico legal previo emitido por las áreas técnicas y de Asesoría Jurídica de la entidad. Dicho informe contendrá la justifi cación técnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneración. Que, es necesario remarcar que dicha adquisición se efectuará mediante acciones inmediatas, de conformidad a lo establecido por el Art. 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; y dando estricto cumplimiento a lo establecido en el Art. 148º del Reglamento de la Ley invocada, la entidad efectuará las adquisiciones o contrataciones en forma directa, mediante acciones inmediatas, requiriéndose invitar a un proveedor, cuya propuesta cumpla con las características y condiciones establecidas en las bases. La misma podrá ser obtenida por cualquier medio de comunicación, incluyendo el fax y el correo electrónico. Que, el literal c) del Art. 20º del Texto Único Ordenado de la Ley precitada señala “Que las exoneraciones se aprobarán mediante Acuerdo del Concejo Municipal”; asimismo, este artículo señala que esta facultad de aprobar exoneraciones es indelegable, requiere obligatoriamente de un informe técnico - legal previo y serán publicadas en el Diario O fi cial “El Peruano”. De igual manera, copia del Acuerdo y el Informe que lo sustenta deberán remitirse a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Asimismo, establece este artículo que las adquisiciones se realizarán mediante acciones inmediatas. Que, mediante los informes de vistos, se cumple con el requisito de sustentar técnica y legalmente la justifi cación de la adquisición o contratación y de la necesidad de exoneración fundamentando la necesidad de Declarar en Situación de Desabastecimiento Inminente de los insumos del Programa del Vaso de Leche. Estando a lo expuesto, a los Informes mencionados en los Vistos; a lo aprobado por Mayoría en Sesión Ordinaria de Concejo Distrital; y en uso de las atribuciones conferidas por los Arts. 9º y 41º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta. ACUERDA: Artículo Primero.- DECLARAR LA SITUACIÓN DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE de la Quinua perlada respecto al ITEM 2 de la Licitación Pública Nº 001-2007-CE/PVL; destinado al Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Perené, por un período de 8 meses, a partir de enero 2007 al mes de agosto del 2007. Artículo Segundo.- ENCARGAR al Área de Abastecimiento y Almacén la ejecución del proceso de selección por exoneración, por el período que dure la Situación de Desabastecimiento Inminente declarada, de conformidad a la normatividad vigente, cuyo monto Básico es de S/. 3.40 nuevos soles como Valor Unitario, equivalente a S/. 113,561.70 que será fi nanciado íntegramente por los recursos de la Cuenta Programa Vaso de Leche, según el siguiente detalle: ITEM CANT. UNIDAD MEDIDADESCRIPCIÓN DEL PRODUCTOVALOR UNITARIOVALOR TOTAL S/. Ítem II 33,400.51 Kilos Quinua Perlada desaponi fi cado envasado x 786 gr.2.30 76,821.20 TOTAL 76,821.20PRECIO BASE : 3.40 Equivalente a S/. 113,561.70 nuevos soles Límite Máximo (110% del precio referencial) ITEM CANT. UNIDAD MEDIDADESCRIPCIÓN DEL PRODUCTOVALOR UNITARIOVALOR TOTAL S/. Ítem II 33,400.51 Kilos Quinua Perlada desaponi fi cado envasado x 786 gr.3.70 123,581.90 TOTAL 123,581.90 Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Ofi cina de Asesoría Jurídica realice las acciones pertinentes que correspondan para determinar las responsabilidades derivadas de tal situación de desabastecimiento inminente, de conformidad a lo señalado por el Art. 47º de la Ley, en concordancia con el Art. 21º de la Ley en mención. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Ofi cina de Secretaría General del Concejo, la publicación del presente acuerdo en el Diario O fi cial “El Peruano” dentro de los diez (10) días hábiles de adoptado el presente acuerdo; así como remitir a la Contraloría General de la República y al CONSUCODE, copia del acuerdo y del informe legal, que dieron origen al presente documento, dentro del plazo de Ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ANTONIO ROMÁN CASTILLO Alcalde 114078-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YANAHUARA Autorizan compra de inmuebles para la obra “Construcción y Mejoramiento de la Vía Metropolitana” ACUERDO MUNICIPAL Nº 117-2007-MDY Yanahuara, 20 de agosto del 2007 VISTOS: El Acuerdo de Concejo Nº 094-2007- MPA, Convenio de Transferencia de Recursos entre la Municipalidad Provincial de Arequipa y la Municipalidad Distrital de Yanahuara; Informe Nº 0117-2007-PRES-MDY; e Informe Técnico Legal Nº 004-2007-GOPDU-GAJ-MDY. CONSIDERANDO: Que las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política modi fi cado por la Ley de reforma Constitucional, Ley Nº 27680, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, con Convenio de Transferencia de Recursos entre la Municipalidad Provincial de Arequipa y la Municipalidad Distrital de Yanahuara; la Municipalidad Provincial de Arequipa se compromete a transferir recursos fi nancieros a la Municipalidad Distrital de Yanahuara por el monto de S/. 3 093.192.63 (Tres Millones Noventa y tres mil Ciento Noventa y Dos con 63/100 Nuevos Soles), para ser destinados a fi nanciar el presupuesto de la Obra de Construcción y Mejoramiento de la Vía Metropolitana, que será ejecutado por la Municipalidad Distrital de Yanahuara; Que, con Acuerdo de Concejo Nº 094-2007-MPA el Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial de Arequipa, acuerda aprobar la celebración del Convenio de Transferencia de recursos por el cual la Municipalidad