Norma Legal Oficial del día 29 de septiembre del año 2007 (29/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, sabado 29 de setiembre de 2007

NORMAS LEGALES
ANEXO
Garitas o puntos de peaje Serpentin de Pasamayo El Paraiso MORDAZA Ubicacion

354343

Administradora de Peaje: RUC Nombre o Razon Social 1 2 3 4 5 6 7 8 20505377142 Norvial S.A. 20505377142 Norvial S.A. 20511465061 Concesionaria Vial del Peru S.A. 20511465061 Concesionaria Vial del Peru S.A. 20511465061 Concesionaria Vial del Peru S.A. 20503503639 Provias Nacional 20503503639 Provias Nacional 20505377142 Norvial S.A.

Km. 48 Panamericana Norte Km. 138 Panamericana Norte Km. 66 Panamericana Sur

Jahuay Chincha Km. 187 Panamericana Sur Ica Corcona Casaracra Variante de Pasamayo Km. 275 Panamericana Sur Km. 48 Carretera Central (Lima - La Oroya) Km. 10 La Oroya - Tingo MORDAZA Km.47 Panamericana Norte

Que, la Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental Ley Nº 28245 senala en su Art. 22º que los Gobiernos Regionales deben implementar el sistema de gestion ambiental, sobre la base de los organos que desempenen diversas funciones ambientales en el Gobierno Regional. Que, en el Reglamento de la Ley Nº 28245, Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental aprobado con D.S. Nº 008-2005-PCM, en su Art. 30º establece que corresponde a los Gobiernos Regionales decidir la creacion de Grupos Tecnicos dentro del ambito de sus jurisdicciones. Que, es atribucion del Consejo Regional, aprobar normas que regulen asuntos de caracter general y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional, segun lo establecido por la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y sus modificatorias, asi como por el Reglamento Interno del Consejo, por lo que el Pleno, en ejercicio regular de dichas atribuciones, ha aprobado la siguiente norma. ORDENANZA REGIONAL Articulo Primero.- Declarese de necesidad publica y prioridad Regional la CONSERVACION, PRESERVACION Y USO ADECUADO DE LOS RECURSOS HIDRICOS de la Region Cusco. Articulo Segundo.- Conformese el Grupo Tecnico Especializado del Sistema Regional de Gestion Ambiental del MORDAZA "Plataforma de Gestion Integrada de Recursos Hidricos de la Region Cusco", con la finalidad de que plantee soluciones politicas, normativa, tecnicas, financieras, administrativas; orientadas a la conservacion, preservacion y uso adecuado del recurso agua en la Region Cusco. Articulo Tercero.- Deleguese a la Gerencia de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente del Gobierno Regional del MORDAZA, conformar y presidir el Grupo Tecnico Especializado del Sistema Regional de Gestion Ambiental del MORDAZA "Plataforma de Gestion Integrada de los Recursos Hidricos de la Region Cusco", el cual debera estar integrada por un representante de cada una de las instituciones siguientes: - Direccion Regional de Agricultura - Administracion Tecnica de Riego de la Convencion - Administracion Tecnica de Riego de CanchIs - Administracion Tecnica de Riego del MORDAZA - Comision de Regantes de la Provincia de Espinar - Direccion Regional de Salud - PRONAMACHS - SENAMHI - Proyecto Especial Regional del Instituto de Manejo de Agua y Medio Ambiente - Proyecto Especial Regional PLAN MERISS II - INRENA MORDAZA - UNSAAC - Junta de Usuarios de la Convencion - Junta de Usuarios de Canchis - Junta de Usuarios de MORDAZA - SAMBASUR - Proyecto MASAL - Representante de la Municipalidades Provinciales - Representante de las Municipalidades Distritales - Mancomunidad de Municipalidades del MORDAZA Sur - Comite de Gestion de la MORDAZA del Vilcanota - Representante de Organizaciones No Gubernamentales - Camara de Comercio del Bajo Urubamba - Otras Instituciones Publicas o Privadas que lo solicite. El Grupo Tecnico Especializado del Sistema Regional de Gestion Ambiental del MORDAZA denominado "Plataforma de Gestion Integrada de Recursos Hidricos en la Region Cusco", se instalara dentro de los tres primeros dias habiles de vigencia de la presente MORDAZA regional; y concluira dentro de dos anos de instalada, presentando un informe detallado y exponiendo sus logros alcanzados; pudiendo ser ampliada a peticion de la misma. Articulo Cuarto.- La MORDAZA regional entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Articulo Primero.- El Grupo Tecnico Especializado para su funcionamiento elaborara su reglamento interno dentro de los quince dias de instalado. Articulo Segundo.- Se conformara una Secretaria Tecnica, la cual sera designada por los Integrantes de este Grupo Tecnico Especializado.

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GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Declaran de necesidad publica y prioridad regional la conservacion, preservacion y uso adecuado de los recursos hidricos de la Region MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 013-2007-CR-GRC.CUSCO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en Sesion de fecha trece de septiembre del dos mil siete, ha debatido y aprobado la siguiente MORDAZA regional: CONSIDERANDO: Que, es politica institucional el uso adecuado de los recursos naturales y la conservacion de la calidad ambiental en el ambito regional, y que es de imperiosa necesidad integrar, organizar y armonizar la participacion de las instituciones tanto publicas como privadas que posean competencias en la conservacion ambiental y uso adecuado de los recursos naturales. Que, en fecha 25 de enero del ano en curso presidido por Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente del Gobierno Regional MORDAZA, se efectuo una reunion de trabajo con representantes de instituciones involucradas en el tema, siendo ellos: Proyecto Especial Regional IMA, SAMBASUR, PRONAMACHS, Proyecto Especial Regional PLAN MERISS II, Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional MORDAZA, Proyecto MASAL, Municipalidad Distrital de Paccarectambo a efectos de conformar el Grupo Tecnico Especializado del Sistema Regional de Gestion Ambiental del MORDAZA denominada: GESTION INTEGRADA DE RECURSOS HIDRICOS DE LA REGION MORDAZA, asi como elaborar la Propuesta de Ordenanza Regional de creacion de dicho Grupo Tecnico Especializado. Que, la Ley Organica de Gobiernos Regionales; Ley Nº 27867, Articulo 53º senala que son funciones del Gobierno Regional: inciso a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia ambiental y de ordenamiento territorial, en concordancia con los planes de los gobiernos locales; inciso h) Controlar y supervisar el cumplimiento de las normas, contratos, proyectos y estudios en materia ambiental y sobre uso racional de los recursos naturales, en su respectiva jurisdiccion. Imponer sanciones ante la infraccion de normas ambientales regionales. Que, los articulos 9º y 10º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establecen competencias constitucionales, competencias exclusivas y competencias compartidas a los Gobiernos Regionales en materia ambiental.

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