NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (29/09/2007)
CANTIDAD DE PAGINAS: 56
TEXTO PAGINA: 41
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de setiembre de 2007 354343 ANEXO Administradora de Peaje: Garitas o puntos Ubicación RUC Nombre o de peaje Razón Social 1 20505377142 Norvial S.A. Serpentín de Km. 48 Panamericana Norte Pasamayo2 20505377142 Norvial S.A. El Paraíso Km. 138 Panamericana Norte3 20511465061 Concesionaria Vial Chilca Km. 66 Panamericana Sur del Perú S.A.4 20511465061 Concesionaria Vial Jahuay Chincha Km. 187 Panamericana Sur del Perú S.A.5 20511465061 Concesionaria Vial Ica Km. 275 Panamericana Sur del Perú S.A.6 20503503639 Provías Nacional Corcona Km. 48 Carretera Central (Lima - La Oroya)7 20503503639 Provías Nacional Casaracra Km. 10 La Oroya - Tingo María8 20505377142 Norvial S.A. Variante de Km.47 Panamericana Norte Pasamayo 114830-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO Declaran de necesidad pública y prioridad regional la conservación, preservación y uso adecuado de los recursos hídricos de la Región Cusco ORDENANZA REGIONAL Nº 013-2007-CR-GRC.CUSCO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, en Sesión de fecha trece de septiembre del dos mil siete, ha debatido y aprobado la siguiente norma regional: CONSIDERANDO: Que, es política institucional el uso adecuado de los recursos naturales y la conservación de la calidad ambiental en el ámbito regional, y que es de imperiosa necesidad integrar, organizar y armonizar la participación de las instituciones tanto públicas como privadas que posean competencias en la conservación ambiental y uso adecuado de los recursos naturales. Que, en fecha 25 de enero del año en curso presidido por Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Gobierno Regional Cusco, se efectuó una reunión de trabajo con representantes de instituciones involucradas en el tema, siendo ellos: Proyecto Especial Regional IMA, SAMBASUR, PRONAMACHS, Proyecto Especial Regional PLAN MERISS II, Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional Cusco, Proyecto MASAL, Municipalidad Distrital de Paccarectambo a efectos de conformar el Grupo Técnico Especializado del Sistema Regional de Gestión Ambiental del Cusco denominada: GESTIÓN INTEGRADA DE RECURSOS HÍDRICOS DE LA REGIÓN CUSCO, así como elaborar la Propuesta de Ordenanza Regional de creación de dicho Grupo Técnico Especializado. Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Ley Nº 27867, Artículo 53º señala que son funciones del Gobierno Regional: inciso a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia ambiental y de ordenamiento territorial, en concordancia con los planes de los gobiernos locales; inciso h) Controlar y supervisar el cumplimiento de las normas, contratos, proyectos y estudios en materia ambiental y sobre uso racional de los recursos naturales, en su respectiva jurisdicción. Imponer sanciones ante la infracción de normas ambientales regionales. Que, los artículos 9º y 10º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establecen competencias constitucionales, competencias exclusivas y competencias compartidas a los Gobiernos Regionales en materia ambiental.Que, la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental Ley Nº 28245 señala en su Art. 22º que los Gobiernos Regionales deben implementar el sistema de gestión ambiental, sobre la base de los órganos que desempeñen diversas funciones ambientales en el Gobierno Regional. Que, en el Reglamento de la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental aprobado con D.S. Nº 008-2005-PCM, en su Art. 30º establece que corresponde a los Gobiernos Regionales decidir la creación de Grupos Técnicos dentro del ámbito de sus jurisdicciones. Que, es atribución del Consejo Regional, aprobar normas que regulen asuntos de carácter general y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional, según lo establecido por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y sus modi fi catorias, así como por el Reglamento Interno del Consejo, por lo que el Pleno, en ejercicio regular de dichas atribuciones, ha aprobado la siguiente norma. ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- Declárese de necesidad pública y prioridad Regional la CONSERVACIÓN, PRESERVACIÓN Y USO ADECUADO DE LOS RECURSOS HÍDRICOS de la Región Cusco. Artículo Segundo.- Confórmese el Grupo Técnico Especializado del Sistema Regional de Gestión Ambiental del Cusco “Plataforma de Gestión Integrada de Recursos Hídricos de la Región Cusco”, con la fi nalidad de que plantee soluciones políticas, normativa, técnicas, fi nancieras, administrativas; orientadas a la conservación, preservación y uso adecuado del recurso agua en la Región Cusco. Artículo Tercero.- Deléguese a la Gerencia de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Gobierno Regional del Cusco, conformar y presidir el Grupo Técnico Especializado del Sistema Regional de Gestión Ambiental del Cusco “Plataforma de Gestión Integrada de los Recursos Hídricos de la Región Cusco”, el cual deberá estar integrada por un representante de cada una de las instituciones siguientes: - Dirección Regional de Agricultura- Administración Técnica de Riego de la Convención- Administración Técnica de Riego de CanchIs - Administración Técnica de Riego del Cusco- Comisión de Regantes de la Provincia de Espinar- Dirección Regional de Salud- PRONAMACHS- SENAMHI- Proyecto Especial Regional del Instituto de Manejo de Agua y Medio Ambiente - Proyecto Especial Regional PLAN MERISS II- INRENA Cusco- UNSAAC- Junta de Usuarios de la Convención- Junta de Usuarios de Canchis- Junta de Usuarios de Cusco- SAMBASUR- Proyecto MASAL- Representante de la Municipalidades Provinciales- Representante de las Municipalidades Distritales- Mancomunidad de Municipalidades del Valle Sur- Comité de Gestión de la Cuenca del Vilcanota- Representante de Organizaciones No Gubernamen- tales - Cámara de Comercio del Bajo Urubamba- Otras Instituciones Públicas o Privadas que lo solicite. El Grupo Técnico Especializado del Sistema Regional de Gestión Ambiental del Cusco denominado “Plataforma de Gestión Integrada de Recursos Hídricos en la Región Cusco”, se instalará dentro de los tres primeros días hábiles de vigencia de la presente norma regional; y concluirá dentro de dos años de instalada, presentando un informe detallado y exponiendo sus logros alcanzados; pudiendo ser ampliada a petición de la misma. Artículo Cuarto.- La norma regional entra en vigencia al día siguiente de su publicación. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Artículo Primero.- El Grupo Técnico Especializado para su funcionamiento elaborará su reglamento interno dentro de los quince días de instalado. Artículo Segundo.- Se conformará una Secretaría Técnica, la cual será designada por los Integrantes de este Grupo Técnico Especializado.