Norma Legal Oficial del día 11 de abril del año 2008 (11/04/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 54

370496

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

El Peruano MORDAZA, viernes 11 de MORDAZA de 2008

Modifican Ordenanza N° 248-MPL modificada por Ordenanza N° 263-MPL, referidas a la Tasa de Estacionamiento Vehicular en el distrito de Pueblo Libre
ORDENANZA Nº 268-2007-MPL

Pueblo Libre, 19 de Noviembre de 2007 POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE En Sesion Extraordinaria Nº 24 de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, los gobiernos locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de estas, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley, respetando los principios de reserva de Ley y los de igualdad y respeto de los derechos fundamentales de la persona, conforme lo establece el articulo 74º de la Constitucion Politica, en concordancia con el articulo IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario; Que, el literal d) del articulo 68º de la Ley de Tributacion Municipal establece que la tasa por

estacionamiento vehicular es la tasa que debe pagar todo aquel que estacione su vehiculo en zonas comerciales de alta circulacion, conforme lo determine la municipalidad del distrito correspondiente, con los limites que determine la municipalidad provincial respectiva y en el MORDAZA de las regulaciones sobre MORDAZA que dicte la autoridad competente del Gobierno Central; Que, mediante Ordenanza Nº 248-MPL, modificada por la Ordenanza Nº 263-MPL, se establecio el regimen legal para el cobro de la tasa por estacionamiento vehicular en el distrito de Pueblo Libre, el cual ha sido observado por el Servicio de Administracion Tributaria ­ SAT de Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, dentro del MORDAZA de ratificacion regulado por la Ordenanza Nº 739-MML; Que, en ese contexto es necesario modificar las citadas Ordenanzas a efectos de dar cumplimiento a lo senalado por el Servicio de Administracion Tributaria ­ SAT de Municipalidad Metropolitana de Lima; y, En uso de las facultades conferidas por los articulos 9º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, se aprobo por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, la siguiente:
ORDENANZA

Articulo Unico.- Modificatoria de los Anexos Modifiquese los Anexos I y II de la Ordenanza Nº 248-MPL, modificada por la Ordenanza Nº 263-MPL conforme a los anexos que forman parte de la presente Ordenanza. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA NORMAND MORDAZA

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m., adjuntando la solicitud y los documentos refrendados por la persona acreditada en el Diario Oficial. 2.- Las normas y sentencias cuya publicacion se solicite para el dia siguiente no deberan exceder de diez (10) paginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario Oficial para la publicacion correspondiente deberan estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 paginas, el contenido del disquete o correo electronico sera considerado MORDAZA fiel del original para su publicacion. 5.- Si la entidad no remitiese la MORDAZA o sentencia en disquete, debera enviar el documento al correo electronico: normaslegales@editoraperu.com.pe 6.- Si las normas contuvieran tablas o MORDAZA, estas deberan estar trabajadas en EXCEL, con una linea por celda sin justificar y, si se agregasen graficos, su MORDAZA sera en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. 7.- Las tablas o MORDAZA deberan ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una pagina apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografia minima a utilizar debera ser de 7 puntos.

LA DIRECCION

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.