Norma Legal Oficial del día 12 de abril del año 2008 (12/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, sabado 12 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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Articulo 4º.- En el MORDAZA de la Ley Nº 27806 ­ Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y la Municipalidad Provincial de MORDAZA, publicaran en su pagina web, el resultado de las acciones y detalle de gastos realizados, en un plazo que no exceda el primer trimestre del ano 2009, de los recursos autorizados con Decreto Supremo Nº 044-2008-EF, sin perjuicio de las acciones de control que correspondan. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros

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AGRICULTURA

Aprueban el "Calendario de Caza Comercial de Especies No Amenazadas de Invertebrados Terrestres para el periodo 2008"
RESOLUCION MINISTERIAL N° 241-2008-AG
MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2008 VISTO: El Informe Tecnico Nº 718-2007-INRENA-IFFS-DCB, de la Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, proponiendo la aprobacion del Calendario de Caza Comercial de Especies No Amenazadas de Invertebrados Terrestres para el ano 2008; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el numeral 3.4, del articulo 3º concordado con el articulo 20º de la Ley Nº 27308 Ley Forestal y de Fauna MORDAZA del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA es el organo encargado de la gestion y administracion de los recursos forestales y de fauna MORDAZA a nivel nacional; en tal condicion, le corresponde autorizar el manejo y aprovechamiento de la fauna MORDAZA en las modalidades y condiciones previstas en la referida Ley y su Reglamento; Que, el numeral 3 del articulo 21º de la Ley Nº 27308 ­ Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, establece que por Resolucion

Ministerial del Ministerio de Agricultura se aprueba los Calendarios de Caza que regulan el aprovechamiento de la fauna MORDAZA a traves de la caza deportiva o comercial, disponiendose en el articulo 234º del Reglamento de la referida Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001AG, que la caza comercial se autoriza a traves de calendarios de caza en forma anual; Que, en el Informe del visto se concluye que las especies del Phylum Mollusca: Clase Gateropoda (Helix aspersa) y del Phylum Arthropoda: Clase Insecta (insectos), Clase Arachnida (aranas), Diplopoda (milpies), Chilopoda (ciempies), no se encuentran amenazadas y que la actividad comercial de captura de las mismas no afecta su supervivencia; por lo que debe aprobarse el Calendario de Caza Comercial de Invertebrados Terrestres, Clases Insecta, Arachnida, Diplopoda, Chilopoda y Gasteropoda, para el periodo 2008, con vigencia hasta la aprobacion del Calendario de Caza Comercial de Invertebrados del ano siguiente, asi como establecer el ambito geografico por Administraciones Tecnicas Forestales y de Fauna MORDAZA (ATFFS) y el monto de derecho de aprovechamiento por ejemplar; Que, igualmente es necesario fomentar el valor agregado en las exportaciones de fauna MORDAZA, facilitandose las exportaciones de productos, tales como las artesanias elaboradas con especimenes de invertebrados terrestres taxidermizados; De conformidad con la Ley Organica del Ministerio de Agricultura, dada por Decreto Ley Nº 25902, la Ley Nº 27308 - Ley Forestal y de Fauna MORDAZA y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el "Calendario de Caza Comercial de Especies No Amenazadas de Invertebrados Terrestres para el periodo 2008", conforme al Anexo Nº 1, que forma parte de la presente Resolucion Ministerial, en el que se establece las clases, el ambito geografico por Administraciones Tecnicas Forestales y de Fauna MORDAZA (ATFFS) del INRENA fuera de las Areas Naturales Protegidas por el Estado, comprendidas en el area de caza, asi como el monto de derecho de aprovechamiento por ejemplar. Articulo 2º.- La comercializacion de las especies indicadas en el articulo precedente se realizara unicamente si los ejemplares se encuentran disecados, salvo en el caso de los especimenes de la Phyllum Mollusca. Articulo 3º.- Las autorizaciones de caza con fines comerciales de las especies de invertebrados terrestres incluidos en el Calendario aprobado, seran otorgadas mediante Resolucion Administrativa emitida por el

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS DIRECCION NACIONAL DE CONTABILIDAD PUBLICA COMUNICADO Nº 006-2008-EF/93.01 Se recuerda a las autoridades de los Gobiernos Locales del MORDAZA que desde el 1 de enero del presente ejercicio, se encuentra vigente con caracter obligatorio, la utilizacion del Sistema Integrado de Administracion Financiera del Sector Publico SIAF-SP, para el registro de las transacciones de acuerdo a lo dispuesto en el articulo Nº 10 de la Ley 28112 ­ Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico. La informacion generada mediante la utilizacion del SIAF-SP sera el unico medio oficial para el registro y MORDAZA de la informacion de los reportes requeridos por los organos rectores del Sistema de Administracion Financiera del Estado. Los Gobiernos Locales que a partir del 1 de enero no hayan iniciado el registro de sus operaciones utilizando el SIAF-SP, deben actualizar sus registros para la MORDAZA de la informacion correspondiente al I Trimestre del ejercicio 2008 dentro de los plazos establecidos. MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2008 CPC. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Contador General de la Nacion

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