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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 12 de abril de 2008 370551 productos que se obtengan en estas actividades, que permitan constituir mercados nacionales y de exportación como instrumentos de lucha contra la pobreza y de generación de empleo productivo; Que, asimismo, dicho dispositivo legal creó el Organismo Público Descentralizado denominado Sierra Exportadora, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, el cual cuenta en su estructura orgánica con un Consejo Directivo; Que, el artículo 6º de la precitada norma dispone que el Consejo Directivo es la máxima autoridad de Sierra Exportadora, siendo responsable de establecer las políticas y normas que rijan su actividad, el cual estará conformado, entre otros, por el Ministro de la Producción, o su representante; Que, en ese sentido, resulta oportuno designar al representante del Ministro de la Producción ante el Consejo Directivo de Sierra Exportadora; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 28890, Ley que crea Sierra Exportadora, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Designar al señor Gustavo Jesús González Prieto, Asesor del Despacho Viceministerial de Industria, como representante del Ministro de la Producción, ante el Consejo Directivo de Sierra Exportadora. Artículo 2º.- Remitir a Sierra Exportadora copia de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAFAEL REY REY Ministro de la Producción 187090-1 RELACIONES EXTERIORES Crean el Consulado del Perú en San Petersburgo, Federación Rusa DECRETO SUPREMO Nº 013-2008-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, es prioridad del Gobierno del Perú mantener una activa labor de protección y promoción de los intereses y derechos de los peruanos, a través de un constante apoyo y asistencia consular a las comunidades peruanas en el exterior; así como también promover los intereses del país, especialmente los vinculados a las esferas económico-comercial, cultural y turístico; Que, la ciudad de San Petersburgo es uno de los puertos más importantes de la Federación Rusa por el que ingresan casi todas las exportacionies que realizan diversos países europeos y el Perú en el caso específi co de la harina de pescado; Que, la ciudad rusa de San Petersburgo se constituye en un gran centro industrial, especialmente en las materias de construcción, energía, minería, gas y la construcción de centrales hidroeléctricas; Que, mediante mensaje Nº 167, del 4 de marzo de 2008, la Embajada del Perú en Moscú remitió copia de la Nota Nº 8058/kd a través de la cual el Ministerio de Relaciones Exteriores de la Federación Rusa brindó su conformidad para la apertura del Consulado del Perú en San Petersburgo con circunscripción en la ciudad en mención, en la República de Karelia, y en las regiones de Vologda, Leningrado, Murmansk, Nóvgorod, Pskov y Arjánguelsk; Con la opinión favorable de la Subsecretaría de Comunidades Peruanas en el Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores y de la Embajada del Perú en Moscú, Federación Rusa; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º inciso 11) de la Constitución Política del Perú; en los artículos 37º y 38º del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 076-2005-RE del 5 de octubre de 2005; así como en la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares;DECRETA: Artículo Primero.- Crear el Consulado del Perú en San Petersburgo, Federación Rusa, a cargo de un funcionario consular honorario, con circunscripción en la ciudad de San Petersburgo, en la República de Karelia, y en las regiones de Vologda, Leningrado, Murmansk, Nóvgorod, Pskov y Arjánguelsk. Artículo Segundo.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de abril del año dos mil ocho. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 187763-2 Designan funcionario responsable de la publicación y actualización de documentos legales en el Portal del Estado Peruano y en el Portal Institucional RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0453-2008-RE Lima, 7 de abril de 2008 CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2º de la Ley Nº 29091, las entidades públicas a las que se refi ere el artículo I del Título Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, están obligadas a publicar en el Portal del Estado Peruano y en sus Portales Institucionales los siguientes documentos: Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Cuadro de Asignación de Personal (CAP), Reglamentos Internos, Lineamientos, Directivas, y otros que la Presidencia del Consejo de Ministros disponga mediante Decreto Supremo; Que, el funcionario responsable de la elaboración de los Portales de Internet al que se refi ere el artículo 5º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, es responsable de cumplir con la publicación de los documentos indicados en dicha norma; Que, es necesario designar al funcionario responsable de la elaboración de los Portales de Internet y su actualización; Que, es necesario también, que los diversos funcionarios, servidores, y demás responsables del manejo de la información que alimenta dichos portales, presten las debidas facilidades al funcionario responsable, para que dichos Portales se encuentren debidamente actualizados; Teniendo en consideración lo instruido en la Hoja de Trámite (GAC) Nº 1079, de 3 de marzo de 2008, del Gabinete de Coordinación del Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores, y estando a lo opinado por la Dirección General de Asuntos Legales, mediante Memorándum (DGL) Nº 494/2008, de 11 de marzo de 2008; De conformidad con el artículo 3º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, el artículo 2º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; y el Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; en concordancia con el artículo 6º de la Ley Nº 29091, que establece la publicación de diversos dispositivos y documentos en el Portal del Estado Peruano y en el Portal Institucional del Ministerio de Relaciones Exteriores; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar al Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Augusto Ernesto Salamanca Castro, a partir de la fecha, como funcionario responsable de la publicación y actualización de los documentos legales a que se refi ere el artículo 5º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia Descargado desde www.elperuano.com.pe