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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (18/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 83

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 18 de abril de 2008 370877 el predio. La inscripción se efectuará en el Registro de Predios a favor del Estado. Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales ha emitido las Directivas Nºs. 001-2002/SBN y 003-2004-SBN, sobre Trámites de Inscripción de la Primera de Dominio de Predios a Favor del Estado, aprobadas con Resolución Nº 011-2002/SBN y Resolución Nº 014-2004/SBN, respectivamente. Que, según se desprende del Informe Técnico Legal Nº 012-2007-GRA-OOT emitido por la Ofi cina de Ordenamiento Territorial de la Ofi cina Regional de Planeamiento Presupuesto y Ordenamiento Territorial y de la documentación alcanzada, se tiene que, se ha observado el procedimiento establecido en la normatividad aplicable, contando con la documentación requerida para la primera inscripción de dominio del terreno antes señalado. Que, en consecuencia, es procedente que el Gobierno Regional de Arequipa, emita la resolución correspondiente a fi n de que se inscriba en primera de dominio a favor del Estado Peruano, el terreno eriazo de 2 027.86 M2. ubicado en Matarani, distrito de Islay, Provincia de Islay, departamento de Arequipa. Que, de conformidad con lo establecido en las Directivas Nº 001-2002/SBN y 003-2004-SBN, la presente resolución es visada por los funcionarios que suscribieron el informe técnico legal del presente procedimiento. Con Informe Nº 224 -2008-GRA/ORAJ emitido por la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica y de conformidad con lo prescrito en la Ley N° 27783 Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27867, Ley N° 27444, Ordenanza Regional N° 010-AREQUIPA y con las facultades conferidas mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 337-2007-GRA/PR; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer la primera inscripción de domino a favor del Estado Peruano, del terreno eriazo de 2 027.86 M2. ubicado en Matarani, distrito de Islay, Provincia de Islay, departamento de Arequipa, conforme a los documentos técnicos que sustentan la presente resolución y que son parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- La Zona Registral Nº XII Sede Arequipa, de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado Peruano del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Arequipa. Artículo Tercero.- Disponer que la presente resolución sea publicada por unica vez en el Diario Ofi cial El Peruano y un extracto en el diario de mayor circulación de la Región Arequipa. Dada en la Sede del Gobierno Regional de Arequipa, a los siete días del mes de abril del dos mil ocho. Regístrese y comuníquese BERLY JOSÉ GONZÁLES ARIAS Gerente General Regional 189706-1 RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL Nº 124-2008-GRA/PR-GGR VISTO:El Expediente Nº 002-2008-GRA/OOT, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado, de un terreno eriazo de 257 160.33 M2. La Pampa, distrito de Samuel Pastor, provincia de Camaná departamento de Arequipa. CONSIDERANDO:Que, el artículo 62º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, respecto a funciones en materia de administración y adjudicación de terrenos de propiedad del Estado, señala en el inc.b), que es función de los Gobiernos Regionales: “b) Realizar los actos de inmatriculación, saneamiento, adquisición, enajenación, administración y adjudicación de los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdicción, con excepción de los terrenos de propiedad municipal.” Que, en virtud de lo establecido en la Resolución Gerencial Nº 045-2006-CND/GTA y Acta de Transferencia de Funciones Sectoriales a los Gobiernos Regionales, de fecha 26 de mayo de 2006, se ha concretado la transferencia de funciones al Gobierno Regional de Arequipa las que se encuentran establecidas en los incisos a), b) y c) del artículo 62º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, el artículo 38º del Decreto Supremo Nº 007-2008- Vivienda, Reglamento de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, establece que la primera inscripción de dominio de predios estatales será sustentada y aprobada por los Gobiernos Regionales o la SBN de acuerdo a sus respectivas competencias. La Resolución que dispone la primera inscripción de dominio del predio del Estado se publicará por unica vez en el Diario Ofi cial El Peruano y un extracto en un diario de mayor circulación en la Región en que se encuentre el predio. La inscripción se efectuará en el Registro de Predios a favor del Estado. Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales ha emitido las Directivas Nº 001-2002/SBN y 003-2004-SBN, sobre Trámites de Inscripción de la Primera de Dominio de Predios a Favor del Estado, aprobadas con Resolución Nº 011-2002/SBN y Resolución Nº 014-2004/SBN, respectivamente. Que, según se desprende del Informe Técnico Legal Nº 001-2008-GRA-OOT emitido por la Ofi cina de Ordenamiento Territorial de la Ofi cina Regional de Planeamiento Presupuesto y Ordenamiento Territorial y de la documentación alcanzada, se tiene que, se ha observado el procedimiento establecido en la normatividad aplicable, contando con la documentación requerida para la primera inscripción de dominio del terreno antes señalado. Que, en consecuencia, es procedente que el Gobierno Regional de Arequipa, emita la resolución correspondiente a fi n de que se inscriba en primera de dominio a favor del Estado Peruano, el terreno eriazo de 257 160.33 M2. ubicado en La Pampa, distrito de Samuel Pastor, provincia de Camaná, departamento de Arequipa. Que, de conformidad con lo establecido en las Directivas Nº 001-2002/SBN y 003-2004-SBN, la presente resolución es visada por los funcionarios que suscribieron el informe técnico legal del presente procedimiento. Con Informe Nº 225 -2008-GRA/ORAJ emitido por la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica y de conformidad con lo prescrito en la Ley N° 27783 Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27867, Ley N° 27444, Ordenanza Regional N° 010-AREQUIPA y con las facultades conferidas mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 337-2007-GRA/PR; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer la primera inscripción de domino a favor del Estado Peruano, del terreno eriazo de 257 160.33 M2. ubicado en La Pampa, distrito de Samuel Pastor, provincia de Camaná, departamento de Arequipa, conforme a los documentos técnicos que sustentan la presente resolución y que son parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- La Zona Registral Nº XII Sede Arequipa, de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución efectuará la inscripción en primera de dominio a favor del Estado Peruano del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Arequipa. Artículo Tercero.- Disponer que la presente resolución sea publicada por única vez en el Diario Ofi cial El Peruano Descargado desde www.elperuano.com.pe