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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (18/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 66

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 18 de abril de 2008 370860 hasta por la suma de S/. 11´000,000.00 (Once Millones y 00/100 Nuevos Soles) de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios; Que, si bien la inclusión en el PAAC y la aprobación de la exoneración son dos actos diferenciados, en atención al Principio de Economía previsto en el numeral 6 del artículo 3º del TUO de la Ley, se ha considerado concentrar ambos en un solo acto administrativo, debiendo tenerse en cuenta que la aprobación de la exoneración debe realizarse mediante Resolución Ministerial, puesto que dicha facultad es indelegable por mandato del artículo 20 del TUO de la Ley; Que, si bien la facultad para aprobar el PAAC y sus modifi caciones ha sido delegada en el Secretario General, conforme con lo indicado en el tercer considerando precedente, el Despacho Ministerial puede reasumir dicha facultad por avocación y con el debido sustento, en vía de aplicación analógica de los artículos 67º, 69º y 70º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, en función a lo previsto en el artículo IV del Título Preliminar del Código Civil; Que, estando a lo dispuesto en el artículo 20º del TUO de la Ley y el artículo 147º del Reglamento, se debe remitir copia de la Resolución Ministerial que aprueba la exoneración y de los informes que lo sustentan a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación, y ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles de su emisión, debiendo adicionalmente efectuarse las publicaciones correspondientes en el SEACE; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA y modifi cado por el Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA, así como en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Incluir en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones -PAAC- del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento del Año Fiscal 2008, aprobado por Resolución de Secretaría General Nº 003-2008-VIVIENDA/SG de fecha 17 de enero del 2008, el Proceso de Licitación Pública destinado a la “Adquisición de Módulos Temporales de Vivienda”, según el detalle consignado en el Anexo Nº 01 que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Exonerar del Proceso de Licitación Pública a la “Adquisición de Módulos Temporales de Vivienda” por la causal de Situación de Urgencia prevista en el literal c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, hasta por la suma de S/. 11´000,000.00 (Once Millones y 00/100 Nuevos Soles) y con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios. Artículo 3º.- Remítase copia de la presente Resolución Ministerial y de los Informes que la sustentan a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su expedición. Artículo 4º.- Publíquese la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE. Regístrese, comuníquese y publíquese.ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 190296-1PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Autorizan viaje de representante del Poder Judicial a Bolivia para participar en el Seminario “Grandes Sistemas de Información para la Gestión de Recursos Humanos” RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 068-2008-CE-PJ Lima, 24 de marzo de 2008VISTA: La comunicación cursada por María Teresa Núñez Gascón, Coordinadora General de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo - AECID, y; CONSIDERANDO: Primero: Que, María Teresa Núñez Gascón, Coordinadora General de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo - AECID, comunica a este Órgano de Gobierno que como parte de las actividades del Programa Iberoamericano de Formación Técnica Especializada 2008, el Ministerio de Administraciones Públicas (MAP) de España y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), han organizado el Seminario “Grandes Sistemas de Información para la Gestión de Recursos Humanos”, que se llevará a cabo en el Centro de Formación de la Cooperación Española en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra – Bolivia, del 21 al 25 de abril del presente año, para lo cual solicita la participación de un representante de este Poder del Estado; Segundo: Que, el propósito del referido evento académico es identifi car a través del análisis y el intercambio de experiencias las principales ventajas e inconvenientes del uso de grandes sistemas de información para la gestión de recursos humanos en organizaciones públicas, comparando las alternativas que se han venido implantando en las diferentes realidades; todo ello a efectos de desarrollar un escenario propicio para el planteamiento de soluciones y alternativas que puedan servir mejor en la gestión estratégica de los recursos humanos y la mejora de la gestión pública, coadyuvando desde esa perspectiva a la modernización y fortalecimiento de las entidades involucradas tanto como en la mejora de la prestación de los servicios públicos a los ciudadanos de cada país; Tercero: Que, siendo así, y dada la trascendencia de los temas a tratar en el mencionado certamen, resulta conveniente designar en representación de este Poder del Estado al doctor Manuel Miranda Canales, Vocal provisional de la Corte Suprema de Justicia de la República, a efectos de que participe en el referido Encuentro; correspondiendo al Poder Judicial asumir los gastos no cubiertos por la entidad organizadora, teniendo en cuenta el itinerario de viaje; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 3 del artículo 241°, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Designar al doctor Manuel Miranda Canales, Vocal provisional de la Corte Suprema Descargado desde www.elperuano.com.pe