Norma Legal Oficial del día 18 de abril del año 2008 (18/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 18 de MORDAZA de 2008

Primero, aprobar en via de regularizacion la transferencia efectuada por el Ministerio de Trabajo y Promocion Social a favor del Fuero Privativo de Trabajo y Comunidades Laborales del Poder Judicial, respecto a los bienes patrimoniales en uso; Que, el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, a pesar de tener conocimiento de la existencia de las Resoluciones Ministeriales precisadas en los parrafos precedentes, solicito a la Superintendencia de Bienes Nacionales, el saneamiento fisico legal del Edificio que ocupa, al MORDAZA del Decreto Supremo 130-2001-EF logrando inscribir la titularidad asi como la Declaratoria de Fabrica en la Ficha Nº 137680 - Partida 40931767 del Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA, consignando como propietario el Estado representado por el Ministerio de Trabajo y Promocion Social, sin respetar el derecho de propiedad del Poder Judicial sobre los ambientes que ocupa en el primer y MORDAZA piso del Edificio ubicado en Av. Salaverry y Jr. MORDAZA MORDAZA, Distrito de MORDAZA MORDAZA, Provincia y Departamento de Lima; Que, la Gerencia General de este Poder del Estado solicito a la Secretaria General del Ministerio de Trabajo mediante Oficios Nº 247-2004-GG/PJ de fecha 11 de Febrero del 2004 y 504-2004-GG/PJ de fecha 23 de Marzo del 2004, MORDAZA certificada de la Resolucion Ministerial Nº 104-A-85-TR de fecha 30 de MORDAZA de 1985, los antecedentes que motivaron su expedicion asi como MORDAZA de los inventarios Fisicos y Pedidos - Comprobantes de Salida que forman parte integrante del Acta de Entrega - Recepcion de bienes de fecha 13 de Febrero de 1985, donde se detallan las caracteristicas y valores de los Bienes Materiales que entrega en propiedad el Ministerio de Trabajo y Promocion Social al Fuero Privativo de Trabajo y Comunidades Laborales incorporado al Poder Judicial; Que, asimismo la Gerencia General del Poder Judicial ha remitido el Oficio Nº 2000-2004-GG/PJ de fecha 21 de MORDAZA del 2004 dirigido al Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo, el mismo que fue reiterado bajo el Nº 9362006-GG/PJ con fecha 24 de MORDAZA del 2006, solicitando al Titular brinde sus buenos oficios para regularizar la situacion de las oficinas ocupadas por el Poder Judicial en el primer y MORDAZA nivel del Edificio del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo no habiendose obtenido respuesta alguna; Que, el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con el Articulo 1º del Decreto Ley Nº 17537, establece que la defensa de los intereses del Estado esta a cargo de los Procuradores Publicos conforme a ley. El Estado esta exonerado del pago de gastos judiciales; Que, dentro de este contexto legal, es necesario emitir el correspondiente acto administrativo con la finalidad de autorizar a la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial, el inicio de acciones legales correspondientes que permitan esclarecer y regularizar la situacion registral del inmueble ubicado en Av. Salaverry y Jr. MORDAZA MORDAZA, Distrito de MORDAZA MORDAZA, Provincia y Departamento de MORDAZA, cuyas oficinas y ambientes que se encuentran en el primer y MORDAZA nivel son ocupadas por el Poder Judicial; Que, en uso de las facultades conferidas en el Articulo 76º de la Ley Organica del Poder Judicial, modificado por Ley Nº 27466 y Ley Nº 27536 y; estando a lo opinado por la Oficina de Asesoria Legal de la Gerencia General del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR a la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial, el inicio de las acciones legales que permitan esclarecer y regularizar la situacion registral del inmueble ubicado en la Av. Salaverry y Jr. MORDAZA MORDAZA, Distrito de MORDAZA MORDAZA, Provincia y Departamento de MORDAZA, cuyas oficinas y ambientes que se encuentran en el primer y MORDAZA nivel son ocupadas por el Poder Judicial, por las razones expuestas en los considerandos de la presente Resolucion.

Articulo Segundo.- TRANSCRIBIR la presente Resolucion, asi como los antecedentes del caso, a la mencionada Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial, para los fines a que se contrae el presente resolutivo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Poder Judicial 190298-1

ORGANISMOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA

Aprueban Reglamento de Certificados de Deposito con Negociacion Restringida emitidos por el Banco Central de Reserva del Peru
CIRCULAR Nº 019-2008-BCRP MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2008 Ref.: Reglamento de Certificados de Deposito con Negociacion Restringida del Banco Central de Reserva del Peru El Directorio de este Banco Central ha resuelto dejar sin efecto la Circular N° 018-2008-BCRP, sustituyendola por la presente, que rige a partir del dia de su publicacion. En esta oportunidad, se amplia la lista de participantes en las subastas de colocacion primaria de los Certificados de Deposito con Negociacion Restringida del Banco Central de Reserva del Peru, permitiendo la participacion limitada de las sociedades administradoras de fondos mutuos autorizados a operar en el MORDAZA local. MORDAZA ROSSINI MINAN Gerente General REGLAMENTO DE CERTIFICADOS DE DEPOSITO CON NEGOCIACION RESTRINGIDA EMITIDOS POR EL BANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERU Los Certificados de Deposito con Negociacion Restringida del Banco Central de Reserva del Peru, en adelante CDBCRP-NR se sujetaran a las condiciones que se establece en el presente reglamento. 1. DE LAS CARACTERISTICAS DE LOS CDBCRPNR a) Los CDBCRP-NR son valores emitidos por el Banco Central de Reserva del Peru, en adelante BCRP, que representan pasivos de este ultimo a favor del adquirente, con la finalidad de regular la cantidad de dinero del sistema financiero. Estan representados por anotaciones en cuenta y son emitidos a descuento. b) La colocacion de los CDBCRP-NR se efectua mediante el mecanismo de subasta o mediante colocacion directa. c) El monto de los CDBCRP-NR a emitir lo determina el BCRP de acuerdo con los requerimientos de politica monetaria. Se emiten con montos nominales minimos de S/. 100 000,00 cada uno y en multiplos de ese monto. d) Con arreglo del presente reglamento, los CDBCRPNR podran negociarse solo entre las instituciones autorizadas a participar en las subastas de colocacion primaria. e) El BCRP puede pactar compromisos de recompra en las adquisiciones de CDBCRP-NR, asi como realizar las demas operaciones que considere necesarias.

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