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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (28/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 3

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 28 de abril de 2008 371385 varias disposiciones del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría para el Proyecto Camisea; Que, mediante Resolución Suprema Nº 052-2002- EM, de fecha 27 de noviembre de 2001, se designó a la Pontifi cia Universidad Católica del Perú como la entidad encargada de conducir las tareas de la Defensoría para el Proyecto Camisea; Que, el artículo 4º del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría para el Proyecto Camisea, modifi cado por el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 245-2003-EM, establece que la citada Defensoría tendrá un Consejo Directivo, integrado por cinco (5) miembros, a razón de tres (3) representantes designados por la persona jurídica que sea designada en la Defensoría para el Proyecto Camisea, un (1) representante de la Presidencia del Consejo de Ministros y un (1) representante del Ministerio de Energía y Minas; señalándose en dicha norma que los representantes de la Presidencia del Consejo de Ministros y del Ministerio de Energía y Minas serán designados por Resolución del Titular de las respectivas entidades; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 308-2003-MEM/ DM, de fecha 21 de julio de 2003, se designó como miembro del Consejo Directivo de la Defensoría para el Proyecto Camisea en representación del Ministerio de Energía y Minas, al señor Carlos Federico Garaycochea Mejía; Que, se ha considerado conveniente dar por concluida dicha designación y designar al miembro del Consejo Directivo de la Defensoría para el Proyecto Camisea, que lo reemplazará en representación del Ministerio de Energía y Minas; De conformidad con las atribuciones establecidas en el Decreto Ley Nº 25962 – Ley Orgánica del Sector Energía y Minas y el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM – Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 030-2002-EM, la Resolución Ministerial Nº 446-2002-EM y la Resolución Ministerial Nº 245-2003-EM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida designación de miembro del Consejo Directivo de la Defensoría para el Proyecto Camisea. Dar por concluida la designación del Ing. Carlos Federico Garaycochea Mejía, como miembro del Consejo Directivo de la Defensoría para el Proyecto Camisea, en representación del Ministerio de Energía y Minas, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo Segundo.- Designación de miembro del Consejo Directivo de la Defensoría para el Proyecto Camisea en representación del Ministerio de Energía y Minas. Designar como miembro del Consejo Directivo de la Defensoría para el Proyecto Camisea, en representación del Ministerio de Energía y Minas, a la arquitecta Luisa Nelly Galarza Lucich. Artículo Tercero.- Trascripción de la presente Resolución. Poner en conocimiento de la Defensoría para el Proyecto Camisea, los alcances de la presente Resolución, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 193847-1 PRODUCE Aprueban el “Programa de Extensión Pesquera Artesanal 2008” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 456-2008-PRODUCE Lima, 24 de abril de 2008Vistos: el Informe Nº 036-2008-PRODUCE/DGPA-Dpp y el Ofi cio Nº 967-2008-PRODUCE/DGPA-Dpp de la Dirección General de Pesca Artesanal, los Informes Nºs. 44-2008- PRODUCE/OGPP-Opir y 345-2008-PRODUCE/OGPP-Op de la Ofi cina de Planeamiento, Inversiones y Racionalización y de la Ofi cina de Presupuesto, respectivamente, de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto, la Nota Nº 103-2008- PRODUCE/OC de la Ofi cina de Contabilidad de la Ofi cina General de Administración, así como los Informes Nºs. 070 y 073-2008-PRODUCE/OGAJ-EAF de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 60º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, dispone que el Ministerio de Pesquería (hoy Ministerio de la Producción), promueve la gestión empresarial, transferencia de tecnología y la capacitación a favor de los pescadores y procesadores artesanales organizados en instituciones sociales, sindicatos, gremios, cooperativas, asociaciones y otras modalidades asociativas reconocidas por Ley, utilizando para ello medios y recursos provenientes tanto del sector público como del sector privado; Que, mediante el Informe Nº 036-2008-PRODUCE/ DGPA-Dpp, la Dirección General de Pesca Artesanal sustenta técnicamente la implementación del “Programa de Extensión Pesquera Artesanal 2008”, a través de las Direcciones Regionales de la Producción de los Gobiernos Regionales de Ancash, Arequipa, Ica, Lambayeque, La Libertad, Lima Provincias, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Tacna, Ucayali, y el Gobierno Regional del Callao, durante el período abril - noviembre 2008; Que, de acuerdo a lo informado, el “Programa de Extensión Pesquera Artesanal 2008”, tiene por objetivo promover la actividad pesquera artesanal, mediante acciones de sensibilización, asesoramiento y capacitación de sus agentes, en los mismos lugares donde desarrollan sus actividades, incidiendo en aspectos de carácter técnico-productivo y organizacional que permita al colectivo de los pescadores y procesadores artesanales incrementar sus niveles de ingresos, basados en la explotación sostenible de los recursos pesqueros y la comercialización de productos de calidad; Que, la Dirección General de Pesca Artesanal, las Ofi cinas de Presupuesto y de Planeamiento, Inversiones y Racionalización de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto, así como la Ofi cina General de Administración, mediante los documentos de vistos, han emitido opinión respecto a la viabilidad del Programa propuesto; Que, de acuerdo al último párrafo del artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función, siempre que la normatividad lo autorice, en concordancia con lo establecido en el artículo 8º de la Ley Nº 27789, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; Con el visado del Despacho Viceministerial de Pesquería, de la Dirección General de Pesca Artesanal y de las Ofi cinas Generales de Planifi cación y Presupuesto, de Administración, y de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27789, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y el Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el “Programa de Extensión Pesquera Artesanal 2008”, (período abril – noviembre 2008), cuyo presupuesto total asciende a la suma de S/. 400 000,00 (Cuatrocientos Mil y 00/100 Nuevos Soles), el mismo que será ejecutado de conformidad con el Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial y mediante las siguientes modalidades: Ejecución directa: Dirección General de Pesca Artesanal Pliego 038: Ministerio de la ProducciónMonto: S/. 57 871,00 (Cincuenta y Siete Mil Ochocientos Setenta y Uno y 00/100 Nuevos Soles) Ejecución por encargo: Gobiernos Regionales de Ancash, Arequipa, Callao, Ica, Lambayeque, La Libertad, Descargado desde www.elperuano.com.pe