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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE AGOSTO DEL AÑO 2008 (15/08/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 48

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 15 de agosto de 2008 378174 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SALAS Exoneran de proceso de selección la contratación de supervisión de la obra de ampliación y construcción de los sistemas de agua potable del C.P . Nuestra Señora de Guadalupe ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL Nº 024-2008-MDS/ALC Salas, 1 de agosto de 2008 VISTO: EN SESIÓN ORDINARIA PUBLICA de fecha 01 de Agosto 2008 contando con el Informe Técnico Nº 003-2008- DSU/MDS de la División de Servicios Urbanos y el Informe Legal Nº 144-2008-ALE/MDS de la Ofi cina de Asesoría Legal Externa; contando con el Quórum de Ley; CONSIDERANDO:Que, el Inc. “C” del Art. 19º del Decreto Supremo Nº 083 – 2004-PCM, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 – Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado- establece que están exonerados de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situación de Emergencia declaradas, según la citada ley. Que, de conformidad con el Art. 22º de la norma citada en el considerando precedente, se entiende como situación de emergencia aquella en la cual la Entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastrófi cas, quedando la entidad exonerada de la tramitación del expediente administrativo pudiendo ordenar la ejecución de lo estrictamente necesario para remediar el evento producido y satisfacer la necesidad sobrevenida, sin sujetarse a los requisitos formales de la citada Ley. Que, el Art. 142 del Decreto Supremo Nº 084-2004- PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 26850- Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estad- señala que la Entidad debe adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir y atender desastres, así como para satisfacer las necesidades sobreviviente, después de lo cual deberá convocar el proceso de selección que corresponda. Que, el precipitado Art. 142 señala además que toda contratación o Adquisición realizada para enfrentar una situación de emergencia deberá regularizarse dentro de los (10) días siguientes de la fi nalización del evento que la produjo, incluyendo el proceso en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad publicando la resolución correspondiente, remitiéndolo Junto con el Informe técnico –legal sustentatorio a la Contraloría General de la República y al Consejo superior de Adquisiciones y Contrataciones del Estado -CONSUCODE- así como emitiendo los demás documentos contractuales que correspondan según el estado de ejecución de las prestaciones. Que, con Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM se declaró en estado de emergencia en el departamento de ICA y provincia de Cañete el departamento de Lima, por el Plazo de 60 (sesenta) días naturales, disponiéndose que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, entre otros ejecutaran las acciones necesarias para la atención de la Emergencia y la Rehabilitación de zonas afectadas. Que, con Decretos Supremos Nº 071-2007-PCM, Nº 084-2007-PCM, Nº 097-2007-PCM donde se prorroga el estado de emergencia de la zona sur del país afectada por el sismo acontecido el 15 de Agosto de 2007. Que, con Decreto Supremo Nº 011-2008-PCM publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” de fecha 09 de febrero del 2008; amplia el Estado de Emergencia de la Zona Sur por 60 (sesenta) días de la zona afectada por el sismo acontecido el 15 de Agosto de 2007. Que, con Acuerdo de Concejo Municipal Nº 06-2008- MDS/ALC se acordó Declarar en Situación de Emergencia la ejecución de la Obra “Ampliación y construcción de los sistemas de Agua Potable del C.P Nuestra Señora de Guadalupe-Distrito de Salas –ICA-ICA” Que, con Informe Técnico Nº 003-2008-DSU-MDS de fecha 01 de Agosto; concluye en la necesidad inmediata de licitar la SUPERVISION DE OBRA; de conformidad con lo estipulado en la Ley Nº 26850- Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. Asimismo se indica que debido a las difi cultades surgidas con la Transferencia de Recursos del Ministerio de Vivienda y del Programa Agua para Todos, produjeron un retraso en la Convocatoria del Proceso de Selección Correspondiente por falta de fi nanciamiento. Que, la SUPERVISION DE OBRA es un componente del Proyecto de Inversión Pública según R.D. Nº 003-2006-EF/68.01 modifi cado R.D. 003-2006-EF/ 68.01debidamente fi nanciado en el Plan de Ejecución del Proyecto. Que, con PRIMER ADDENDA DE CONTRATO del Proceso de Exoneración Nº 04-2008-MDS suscrito entre la Municipalidad de Salas y El Contratistas se concuerda que por la naturaleza y envergadura de la Obra se hace necesario cambiar la Inspección de Obra por la Supervisión de Obra; en concordancia con los Artículos 247º y 248º; Adenda está debidamente refrendada por Resolución de Alcaldía Nº 633-2008-MDS/ALC. Que, con Informe del Área Legal Externa N 144-2008- ALE-MDS; ha emitido opinión legal favorable acerca de la Procedencia de la Exoneración del Proceso de Selección al que diera lugar la Supervisión de la Obra “Ampliación y construcción de los sistemas de Agua Potable del C.P Nuestra Señora de Guadalupe-Distrito de Salas –ICA-ICA”; la misma que es parte integrante del PIP antes mencionado en concordancia con el Proceso de Exoneración N 004- 2008-MDS debidamente refrendada con Acuerdo de Concejo Municipal N 006-2008-MDS/ALC. De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones Adquisiciones del Estado; aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y estando a lo acordado por la sesión de concejo de fecha 10 de Abril de 2008 en aplicación del Inc. 9 del articulo 35º y Inc. 3 Artículo 20 de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades – y además normas pertinente luego del debate correspondiente con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta, por Unanimidad; SE ACUERDA: Artículo 1º.- APROBAR, la Exoneración de Proceso de Selección correspondiente a la Supervisión de Obra del PIP “Ampliación y construcción de los sistemas de Agua Potable del C.P Nuestra Señora de Guadalupe- Distrito de Salas –ICA-ICA”; por la suma de hasta S/. 220,000.00 Nuevos Soles. Artículo 2º.- DESIGNAR; al Área de Abastecimiento como órgano responsable de llevar a cabo el proceso de Exoneración de conformidad con el Artículo 148º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo 3º.- DISPONER; la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Ofi cial EL PERUANO, dentro de los 10 (DIEZ) días hábiles siguientes de su aprobación y disponer su publicación en el SEACE –CONSUCODE de acuerdo con el Artículo 147º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones. Artículo 4º.- ENCARGAR; que la Gerencia Municipal remita en forma inmediata copia del presente Acuerdo de Concejo y de los informes técnicos y legal a la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JUAN C. QUIJANDRIA LAVARELLO Alcalde 238727-1Descargado desde www.elperuano.com.pe