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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 15 de agosto de 2008 378161 las avenidas El Porvenir, Collique y Víctor Andrés Belaunde y la Calle M. Gonzáles en el distrito de Comas, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida registral Nº 46624866 del Registro de Predios de Lima respectivamente, y con Registros Nº 905 del Sistema de Información Nacional de Bienes Estatales - SINABIP, correspondiente al departamento de Lima; - Predio de 321 939,50 m², ubicado a la altura del Km. 13.75 de la carretera Panamericana Norte, entre las avenidas El Porvenir, Collique y Víctor Andrés Belaúnde y la Calle M. Gonzáles en el distrito de Comas, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Ficha Nº 340391 con continuación en la Partida Nº 42646350 del Registro de Predios de Lima respectivamente, y con Registro Nº 16865 del Sistema de Información Nacional de Bienes Estatales - SINABIP, correspondiente al departamento de Lima; Que, sobre parte de los predios antes citados venían funcionando la Escuela de Aviación Civil y el Aeródromo de Collique. Que, mediante Carta Nº 575-2008/FMV-GG de fecha 02 de julio de 2008, el Fondo MIVIVIENDA S.A., comunica que la Comisión de Coordinación creada mediante Decreto Supremo Nº 010-2002-MTC, en su Vigésima Octava Sesión, identificó los predios submateria y a través del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento se le confirió el encargo para la realización del concurso público correspondiente para que se destinen a fines de vivienda social; Que, mediante Carta Nº 692-2008-FMV/GG de fecha 08 de agosto de 2008, el Fondo MIVIVIENDA S.A., solicita la transferencia en dominio fiduciario de los predios submateria y la constitución de un fideicomiso de administración para así poder garantizar la viabilidad del proceso en curso cuya finalidad es la construcción de viviendas de interés social y poder destinar los ingresos que se generen de la venta de los inmuebles a las finalidades específicas que correspondan; Que, a fin de atender lo antes señalado, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales debe autorizar la constitución de un Patrimonio Fideicometido, bajo la administración del Fondo MIVIVIENDA S.A., a fin de que se realice la transferencia a título oneroso de los inmuebles submateria de propiedad del Estado y asimismo asegurar la intangibilidad de los recursos obtenidos como consecuencia de la citada transferencia; Que, una vez que el Fondo MIVIVIENDA proceda a la transferencia de los inmuebles que forman parte del Patrimonio Fideicometido, los recursos que se generen deben observar el siguiente destino: los recursos provenientes de la disposición del inmueble inscrito en la Partida Nº 46624866 del Registro de Predios de Lima, serán destinados al fomento de la aviación civil teniendo en cuenta que sobre parte de dicho predio venía funcionando el Aeródromo de Collique y la Escuela para Formación de la Aviación Civil. Respecto a los recursos provenientes de la disposición del inmueble inscrito en la Ficha Nº 340391 con continuación en la Partida Nº 42646350 del citado Registro, los mismos deberán serán destinados por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales conforme a la normatividad vigente; Que, para formalizar la presente transferencia en dominio fi duciario y asegurar la intangibilidad de los recursos obtenidos como consecuencia de la transferencia onerosa de los inmuebles, que en su momento deberá realizar el Fondo Mivivienda, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN y el Fondo Mivivienda como Fideicomitente y Fiduciario respectivamente, celebrarán un Contrato de Fideicomiso en el cual se detallará el objeto del contrato, la administración del Fondo Fideicometido, las Obligaciones, Responsabilidades y demás acciones a realizarse;Que, el artículo 60º del Reglamento de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA el Fondo MIVIVIENDA establece que es procedente la transferencia en dominio fiduciario de bienes inmuebles de dominio privado del Estado y será aprobada por Resolución de la SBN; Que, la constitución y ejecución del presente Fideicomiso se rige por la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y demás normas sobre la materia; Que, el predio de 320 934,53 m², inscrito en la Partida registral Nº 46624866 del Registro de Predios de Lima ha sido tasado, fijándose su valor comercial en la suma de S/. 26 040 467,31 (Veintiséis millones cuarenta mil cuatrocientos sesenta y siete y 31/100 nuevos soles). A su vez, el predio de 321 939,50 m², inscrito en la Ficha Nº 340391 con continuación en la Partida Nº 42646350 del Registro de Predios de Lima ha sido tasado, fijándose su valor comercial en la suma de S/. 29 001 239,81 (Veintinueve millones mil doscientos treinta y nueve y 81/100 nuevos soles); Que, de acuerdo a los literales b) y l) del artículo 41º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales, aprobado mediante Resolución de Superintendencia Nº 315- 2001/SBN, de fecha 03 de setiembre del 2001, corresponde a la Jefatura de Adjudicaciones realizar las transferencias patrimoniales de la propiedad inmobiliaria estatal, así como, emitir en primera instancia las Resoluciones de su competencia; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA y Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN; y, Estando a lo expuesto en los Informes Técnicos Legales Nº 340-2008-SBN-GO-JAD y Nº 341-2008-SBN-GO-JAD, de fecha 13 de agosto de 2008; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia en dominio fiduciario del terreno de propiedad del Estado de 320 934,53 m² ubicado a la altura del km. 13.75 de la carretera Panamericana Norte, entre las avenidas El Porvenir, Collique y Víctor Andrés Belaunde y la Calle M. Gonzáles en el distrito de Comas, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida registral Nº 46624866 del Registro de Predios de Lima, para la constitución de un Patrimonio Fideicometido bajo la administración del Fondo Mivivienda S. A., a fin que se ejecute el proyecto de programa de viviendas de interés social y se destinen los ingresos generados de la venta del inmueble al fomento de la aviación civil. Artículo 2º.- Aprobar la transferencia en dominio fi duciario del terreno de propiedad del Estado de 321 939,50 m², ubicado a la altura del km. 13.75 de la carretera Panamericana Norte, entre las avenidas El Porvenir, Collique y Víctor Andrés Belaunde y la Calle M. Gonzáles en el distrito de Comas, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Ficha Nº 340391 con continuación en la Partida Nº 42646350 del Registro de Predios de Lima para la constitución de un Patrimonio Fideicometido bajo la administración del Fondo Mivivienda S. A., a fi n que se ejecute el proyecto de programa de viviendas de interés social y se destinen los ingresos generados por la venta del inmueble, serán destinados por la SBN conforme a lo establecido en la normatividad legal vigente. Artículo 3º.- La presente transferencia se encuentra sujeta a la suscripción de un Contrato de Fideicomiso a celebrarse entre la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN y el Fondo Mivivienda, como Fideicomitente y Fiduciario respectivamente.Descargado desde www.elperuano.com.pe