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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE AGOSTO DEL AÑO 2008 (15/08/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 40

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 15 de agosto de 2008 378166 ACORDÓ: Artículo Primero.- Dispóngase la ampliación de los extremos del Acuerdo de Consejo Regional Nº 008-2008-CR/GRM. de fecha 25.02.2008. Artículo Segundo.- Apruébese la exoneración de los procesos de selección y contratación de la infraestructura y servicios, en la demolición y/o reconstrucción de la Institución Educativa Simón Bolívar, nivel secundario, de conformidad con lo establecido en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado su TUO y Reglamento, pudiendo disponerse la modalidad de concurso oferta si el caso fuere necesario. Artículo Tercero.- Disponer que el presente Acuerdo de Consejo Regional, se publique en el Diario Ofi cial El Peruano, dentro de los días hábiles siguientes a su aprobación, así como se registre en el SEACE. Artículo Cuarto.- Disponer que dentro de los dentro de los diez días hábiles siguientes a la aprobación del Acuerdo de Consejo Regional, la Secretaria Técnica del Consejo Regional, dé cumplimiento a lo dispuesto por el Art. 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones Artículo Quinto. Encárguese a Presidencia Regional; Gerencia General Regional; Gerencia Regional de Desarrollo Social; Organismo competente de la Dirección Regional de Educación de Moquegua; Dirección de la UGEL Mariscal Nieto; Dirección de la I.E. Simón Bolívar, nivel secundaria; Consejeros Regionales electos por Mariscal Nieto el cumplimiento del presente Acuerdo. Artículo Sexto.- Remítase copia del presente Acuerdo Regional a Presidencia Regional; Vicepresidencia Regional; Consejeros Regionales; Gerencia General Regional; DREMO; UGEL Mariscal Nieto; Dirección de la I.E. Simón Bolívar, nivel secundario, y al Órgano de Control Institucional para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUCRECIA MORA MALDONADO CUADROS Consejera Delegada 238054-1 GOBIERNO REGIONAL DE TACNA Aprueban Política Ambiental de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Tacna ORDENANZA REGIONAL Nº 014-2008-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha uno de agosto del año dos mil ocho, en Sesión Extraordinaria, aprobó la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191 de la Constitución Política del Estado, señala que: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, y administrativa en los asuntos de su competencia”; Que, el Artículo 36.c) de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización”, establece que “Son competencias compartidas de los Gobiernos Regionales: . . . c) la promoción, gestión y regulación de actividades económicas y productivas en su ámbito y nivel, correspondientes a los sectores agricultura. . ., transportes, comunicaciones y medio ambiente”; Que, el Artículo 9.g) de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, prescribe como una de las competencias constitucionales de los Gobiernos Regionales: “Promover el desarrollo socioeconómico regional; así como promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesquería (…), comunicaciones, educación, salud y medio ambiente conforme a ley”; Que, es deber regional promover la conservación y proyección de nuestro medio ambiente. Por lo que es necesaria la formación de una conciencia social en materia ambiental, promoviendo la transmisión de los conocimientos y la formación de valores en torno de los procesos ecológicos esenciales, los sistemas vitales de la diversidad biológica y del uso sostenido de los recursos; Que, el Gobierno Regional de Tacna, previendo el desarrollo de proyectos tendientes a mejorar la calidad de vida de la población regional, viene ejecutando el Proyecto “Fomento de la Educación Ambiental como Herramienta para el Desarrollo Sostenible de la Región Tacna”, por el cual, la sociedad tacneña en su conjunto, adquiere conciencia de su medio, es decir, genera una conciencia ambiental con el objetivo de contribuir al mejoramiento sostenible de la calidad de vida de la población de la Región. Asimismo, uno de los objetivos regionales, es establecer una adecuada implementación de políticas ambientales por lo que se ha incluido el tema ambiental en el Plan Institucional de los diferentes sectores; Que, con Ofi cio Nº 325-2008-GGR-PR-GOB.REG. TACNA la Presidencia Regional solicita al Consejo Regional, apruebar la Política Ambiental de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Tacna, adjuntando al mismo el Informe Nro. 0486-2008-ORAJ/ G.R.TACNA de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, y el Informe Nº 020-2008-GRRNyGMA/GOB.REG.TACNA de la Gerencia Regional Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, ambos documentos opinan, recomiendan y sustentan la aprobación de la Política Ambiental de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36 y 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y el artículo 27º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Extraordinaria de la fecha, ha aprobado la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR la Política Ambiental de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Tacna, la misma que anexa forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional y Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Ambiente del Gobierno Regional de Tacna; y, a la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Tacna, para que en coordinación con las demás entidades públicas, implementen la ejecución de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal electrónico de la Institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgación. En la ciudad de Tacna, al día uno de agosto del año dos mil ocho. Descargado desde www.elperuano.com.pe