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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (10/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 30

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 10 de diciembre de 2008 384852 la Gerencia de Servicios Generales manifi esta que el Concurso Público Nº 11-2008-MP-FN-CE, convocado para la provisión del servicio de Seguridad y Vigilancia Zona Sur, de acuerdo al cronograma estaba establecido otorgar la Buena Pro el 19 de noviembre de 2008; mediante Carta Nº 225-MORGAN/NOV/2008 de fecha 10 de noviembre de 2008, el postor Morgan del Oriente SAC, realiza el pago ante el CONSUCODE, solicitando la elevación de las Bases y los actuados al CONSUCODE de acuerdo al Artículo 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, con Informe Técnico Nº 001-2008-MP-FN-CE, de fecha 13 de noviembre de 2008, el Presidente del Comité Especial eleva las Bases al CONSUCODE, sobre las observaciones no acogidas en el pliego de absolución de consultas y observaciones; Que, asimismo, la Gerencia de Servicios Generales manifi esta que la declaración de situación de desabastecimiento inminente del Servicio de Seguridad y Vigilancia de la Zona Sur debe efectuarse por un lapso de noventa (90) días a partir del 06 de diciembre de 2008, y por el monto de S/. 885,963.45 (Ochocientos Ochenta y Cinco Mil Novecientos Sesenta y Tres y 45/100 Nuevos Soles), dejándose constancia que si antes de dicho plazo se logra suscribir el nuevo contrato de servicios, la declaratoria de desabastecimiento inminente concluirá en dicha oportunidad; Que, mediante el Memorándum Nº 1126-2008-MP- FN-GECFIN/01, de fecha 04 de Diciembre del 2008, la Gerencia Central de Finanzas ha otorgado el Certifi cado de Crédito Presupuestario solicitado para la contratación del servicio de Seguridad y Vigilancia por declaración de Desabastecimiento Inminente, por un total máximo de S/. 885,963.45 (Ochocientos Ochenta y Cinco Mil Novecientos Sesenta y Tres y 45/100 Nuevos Soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento 1. Rubro 00: Recursos Ordinarios; Que, la Ofi cina de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 1776 -2008-MP-FN-OAJ, de fecha 5 de diciembre de 2008, señala que la situación fáctica presentada corresponde a la procedencia de una Declaratoria de Situación de Desabastecimiento Inminente del referido servicio prevista por el artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, modifi cado por Ley Nº 28267 y el Artículo 141º de su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, debido a que el Contrato Complementario al Contrato Nº 009-2007-CP-MP-FN-GECLOG, vence el 05 de diciembre del 2008, y se han presentado hechos de fuerza mayor que tienen incidencia en la secuela del trámite del proceso de selección pertinente, los mismos que consisten en que el Concurso Público Nº 11-2008-MP-FN-CE, convocado para la provisión del servicio de Seguridad y Vigilancia Zona Sur, ha sido reprogramado desde la fase de la Integración de Bases, apreciándose por otra parte que el servicio en mención tiene el carácter de esencial para el desarrollo normal de las funciones del Ministerio Público, constando en el Informe Nº 823-2008-MP-FN-GECLOG-GESER, que se ha previsto la contratación de los servicios mencionados solo por el tiempo y cantidad necesarios para resolver la situación y continuar con el proceso de selección; Que, en tal sentido, los hechos descritos precedentemente constituyen una situación inusual e involuntaria que pudiera poner en riesgo la continuidad de un servicio que resulta esencial para el desarrollo normal de las actividades que están a cargo del Ministerio Público, como lo es el servicio de Seguridad y Vigilancia Zona Sur, por lo que en salvaguarda de los intereses de la institución, se debe proceder a una Declaratoria de Situación de Desabastecimiento Inminente respecto a la contratación del mencionado servicio, con estricta sujeción a lo previsto en la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE; Que, conforme se encuentra previsto en el artículo 21º, segundo acápite, del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, corresponde disponer el inicio de las acciones concernientes al deslinde de las responsabilidades a que hubiere lugar; Con las visaciones de la Gerencia General, de la Gerencia Central de Logística, de la Gerencia Central de Finanzas y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 19° inciso c) del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y los artículos 141° y 148° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, y la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DECLARAR EN SITUACION DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE, la contratación del Servicio de Seguridad y Vigilancia en la Zona Sur, por un período máximo de noventa (90) días contados a partir del 06 de diciembre de 2008, pudiendo reducirse dicho período en el momento en que se suscriba el nuevo contrato de servicios, como consecuencia del proceso de selección que se tramita, fi jándose un monto contractual máximo de hasta S/. 885,963.45 (Ochocientos Ochenta y Cinco Mil Novecientos Sesenta y Tres y 45/100 Nuevos Soles), egreso que se afectará con cargo a la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- EXONERAR a la Gerencia Central de Logística de la realización del proceso de selección correspondiente y AUTORIZARLA a efectuar la contratación del Servicio de Seguridad y Vigilancia en la Zona Sur, mediante una acción inmediata, invitando a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las características y condiciones mínimas requeridas en las Bases, dejando constancia que si antes del plazo de noventa (90) días se logra suscribir el nuevo contrato del servicio, la situación de Desabastecimiento Inminente concluirá en dicha oportunidad. Artículo Tercero.- Disponer el inicio de las acciones correspondientes al deslinde de las responsabilidades a que hubiera lugar, conforme a lo dispuesto en los artículos 21º, segundo párrafo y 47º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Artículo Cuarto.- Disponer se efectúe la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”, así como en el SEACE, remitiéndose copia de la misma y de los informes pertinentes la Contraloría General de la República y al Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, CONSUCODE, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su aprobación. Artículo Quinto.- Remitir copia de la presente Resolución a la Gerencia General, Gerencias Centrales de Logística, Finanzas y Ofi cina de Asesoría Jurídica para los fi nes pertinentes. Regístrese , comuníquese y publíquese.GLADYS MARGOT ECHAIZ RAMOS Fiscal de la Nación 288561-1 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE Designan Secretario General del IPD RESOLUCIÓN Nº 533-2008-P/IPD Lima, 09 de Diciembre de 2008CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Secretario General del Instituto Peruano del Deporte; Que, es necesario designar al funcionario que desempeñe dicho cargo público de confi anza, a efecto de garantizar la continuidad del servicio; Descargado desde www.elperuano.com.pe